¿Se puede vender un piso con deudas de comunidad?

Fotocasa
Fotocasa Actualidad y cultura inmobiliaria

Promedio de puntuación 3 / 5. Recuento de votos: 2

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Uno de los problemas más comunes a los que tienen que hacer frente muchos dueños de inmuebles son las deudas en las comunidades de propietarios,  que en los últimos años han incrementado debido a los problemas de solvencia económica a los que se han enfrentado muchas personas.

El impago de los gastos de la comunidad por parte de algún vecino puede conllevar el abono de multas muy elevadas y, además, perjudicar al resto de propietarios, que en muchos casos deberán repartirse la deuda. Sin embargo, como decimos, se trata de una situación bastante habitual.

El impago de gastos de la comunidad conlleva el pago de multas elevadas

Es por ello que muchas personas se mudan a viviendas con deudas en la comunidad, lo que implica que muchos propietarios venden sus inmuebles a pesar de tener pagos pendientes. Pero ¿es legal hacerlo? ¿Qué dice la normativa? Lo analizamos en este artículo.

¿Es obligatorio pagar los gastos de la comunidad de propietarios?

De la misma manera que algunos propietarios ocultan ciertos desperfectos cuando venden su vivienda, otros tantos lo hacen con las deudas pendientes, como las de los suministros o las de los gastos de comunidad, entre otras. De hecho, algunos de ellos deciden vender sus inmuebles porque no quieren o no pueden hacer frente a los impagos que tienen pendientes.

Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal, que regula todo lo relativo a los gastos comunitarios, estipula que todos los propietarios de inmuebles están obligados a abonarlos en los periodos establecidos.

Por ley, todos los propietarios de inmuebles están obligados a pagar gastos de comunidad

No obstante, tenemos que diferenciar entre dos tipos de gastos comunitarios: los ordinarios, que son los obligatorios y que sirven para el mantenimiento del edificio y de las zonas comunes de la comunidad de propietarios, y los extraordinarios, que no están previstos en el presupuesto anual.

El abono de éstos últimos sólo será obligatorio si están destinados a mejorar la accesibilidad y/o seguridad del edificio; en el caso de que sean sólo para mejorar la apariencia de la construcción los vecinos que así lo consideren podrán negarse a pagarlos.

Las derramas solo son obligatorias cuando sirven para mejorar la seguridad y accesibilidad del edificio

¿Es legal vender una vivienda con deudas en la comunidad de propietarios?

Como hemos mencionado, la Ley de Propiedad Horizontal es clara al respecto: todos los propietarios tienen que pagar los gastos de la comunidad que les correspondan en función de la cuota de participación, en los periodos establecidos.

Además exige que en el momento de firmar el contrato de compraventa del inmueble será necesario disponer de un documento en el que el antiguo propietario demuestre que está al corriente de todos los pagos de la comunidad. Éste deberá estar firmado por el administrador de fincas, el presidente y el secretario de la comunidad.

El vendedor debe entregar un justificante que verifique que está al corriente de los pagos de la comunidad

En el caso de sí existan deudas pendientes en la comunidad el presidente o el administrador de fincas deberán dar a conocer el importe pendiente de pago. 

Sin embargo, si esto ocurre, lo más habitual es que la parte vendedora y la compradora lleguen a un acuerdo mediante el cual la primera se compromete a hacerse cargo de las deudas pendientes en un plazo de tiempo determinado o, en su defecto, rebajar el precio de venta de la vivienda, a cambio de que el nuevo propietario pague los importes pendientes.

Es importante mencionar que en el caso de que el vendedor no cumpla con su parte del trato, es decir, no acabe pagando sus deudas con la comunidad éstas pasarán a ser responsabilidad del nuevo propietario, que al adquirir la propiedad también adquirirá los pagos pendientes.

Para que esto no suceda, es recomendable solicitar al vendedor que contrate un seguro de impago y, de esta manera, asegurarse de que el proceso se llevará a cabo según lo previsto y sin sorpresas de última hora.

Si existen impagos, el nuevo titular será quien deba abonarlos

Según la Ley de Propiedad Horizontal, el nuevo propietario estará obligado a pagar los gastos de la comunidad de los últimos tres años anteriores a la compra, más los del año en curso. Desde el año 2015 el plazo de prescripción para reclamar los gastos en una comunidad de vecinos es de 5 años.

Por ello, como hemos podido comprobar, antes de comprar una vivienda es recomendable averiguar quién es el propietario del inmueble y si tiene algún tipo de deuda.

En Fotocasa, contamos con un excelente equipo de profesionales dedicados a crear contenido relevante para nuestros lectores. Si te ha gustado este artículo, estaremos encantados de que lo publiques en tu web. En tal caso, no olvides que debes mencionar a Fotocasa como la fuente original del contenido. Muchas gracias por tu apoyo

Integridad editorial de Fotocasa Life

0 Comentarios
Más antiguo
El mas nuevo
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios