¿Cuándo informar a los inquilinos de la venta del piso de alquiler?

Desde Fotocasa, te contamos cómo debes proceder para informar a los inquilinos de que vas a vender tu vivienda alquilada

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Prefieres vender tu piso alquilado para obtener liquidez o ya no quieres tener que seguir gestionando la entrada y salida de nuevos inquilinos a tu propiedad cada cierto tiempo. Existen múltiples razones por las que un propietario decide vender su vivienda alquilada, sin embargo, ¿es legal vender un piso con inquilinos?, ¿cómo se debe proceder?

Si quieres vender una vivienda alquilada aunque no haya finalizado el contrato de alquiler, desde Fotocasa, aclaramos las dudas más frecuentes sobre vender una vivienda con inquilinos, cuáles son los plazos y qué derechos tiene el alquilado respecto a la venta.

¿Se puede vender un piso alquilado con inquilino?

La respuesta es sí. Es posible, pero bajo algunas condiciones. Como propietario, tienes dos obligaciones: por un lado, avisar a los inquilinos que se encuentran viviendo en el inmueble con un contrato de arrendamiento en vigor sobre tu intención de vender la propiedad y, por otro, explicar a los interesados en adquirir la vivienda que esta se encuentra alquilada.

Veamos cuáles son las claves para informar a los inquilinos de la venta del piso:

  • De acuerdo con el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), se debe notificar a los inquilinos de la intención de vender la vivienda. Estos tendrán un plazo de 30 días naturales para decidir si ejercen su derecho de compra preferente (tanteo), por lo que si deciden que quieren comprar la vivienda bajo las condiciones especificadas en la notificación de venta, tiene preferencia respecto al resto de interesados.
  • La notificación debe redactarse y enviarse por escrito a los inquilinos. En la notificación escrita debe figurar el precio de venta y la fecha en la que se prevé la formalización de la compraventa. Se aconseja enviar un burofax para tener acuse de recibo.
El propietario está obligado a notificar al inquilino sobre su intención de vender la vivienda por escrito

¿Cómo comunicar al inquilino la venta de la vivienda?

La notificación enviada por escrito por el propietario de la vivienda al inquilino debe incluir la siguiente información esencial:

  • Localidad, día, mes y año.
  • Nombre completo del propietario y domicilio.
  • Motivo de la notificación.
  • Nombre y domicilio del inquilino.
  • Fecha del contrato de alquiler.
  • Notificar sobre el derecho de adquisición preferente al inquilino, si lo tiene.
  • Avisar al inquilino de que tiene un plazo de 30 días naturales para ejercer su derecho de tanteo, si lo tiene.
  • Informar sobre las condiciones de la venta en caso de tener derecho de tanteo: el precio o la situación registral del inmueble.

Además de avisar al inquilino, también debemos hablar con los posibles interesados para informarles sobre la situación, indicándoles que existe un contrato de alquiler vigente.

¿Qué plazo tiene el inquilino para ejercer su derecho de tanteo?

El inquilino de la vivienda alquilada en venta tiene un plazo de 30 días naturales para contestar a la notificación, a contar desde el siguiente día a su recepción. Si han pasado más de 30 días naturales y no se ha obtenido respuesta por su parte, el propietario tendrá libertad para vender la vivienda a cualquier interesado.

¿Se puede echar a un inquilino en alquiler por venta de vivienda?

Aunque vendamos el piso, no podemos cancelar el contrato y echar a los inquilinos. La LAU establece que el comprador de una vivienda con inquilinos está obligado a mantener el contrato de alquiler hasta su vencimiento. No obstante, los caseros que venden su vivienda suelen negociar con los inquilinos la salida del piso a cambio de una indemnización o bien, se decantan por vender la vivienda a inversores interesados en continuar con el arrendamiento.

¿Qué pasa si el contrato contiene una cláusula de renuncia del derecho de tanteo?

En ese caso, la notificación al inquilino sobre la intención de vender el piso sigue siendo obligatoria. Tanto si en el contrato existe o no la cláusula de renuncia a la adquisición preferente de la vivienda en caso de venta, el casero está obligado a informar al inquilino de la venta del piso. En caso de que el contrato de arrendamiento contemplara dicha cláusula, en la notificación no será necesario indicar su derecho de tanteo.

¿Es ilegal obligar al inquilino a recibir visitas?

Si este no quiere recibir visitas en su casa, tiene derecho a negarse. El inquilino cuenta con el derecho de uso sobre el inmueble, por lo que el propietario no puede obligarlo a hacer visitas en la vivienda alquilada. Por esa razón, para poder llegar a un acuerdo, siempre se recomienda mantener una buena relación con el inquilino.

El inquilino tiene un plazo de 30 días naturales para tomar la decisión de compra preferente de la vivienda alquilada

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Becca
1 año

Con que antelación se debe avisar a los inquilinos si no tienen adquisición preferente

Juan Carlos de la Hoz
10 meses

Tengo un anexo de contrato firmado y acordado con el inquilino dando su consentimiento por la venta del apartamento que ocupa. Debo comunicarle pasado los 30 días que debe abandonar el apartamiento o qué solución tengo, acudir a los tribunales? la primera prórroga vence el 17/09//2025. gracias, saludos