Estudio de viabilidad económica: el primer paso para saber si se debe quitar la calefacción central

El plazo previsto para que los edificios con calefacción central facturen por su consumo individual finaliza el próximo mes de mayo, pero no todos están obligados a realizar este cambio. Te contamos todo lo que deberías saber.

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El plazo fijado para que las comunidades de vecinos con calefacción central facturen por su consumo individual está llegando a su fin. Así lo regula el Real Decreto 736/2020, que establece como plazo máximo, para activar esta nueva lectura de consumos energéticos en edificios, el 1 de mayo de 2023. De esta manera, nuestro país cumple con la Directiva de eficiencia Energética 2021/27 de la Unión Europea, que obliga a instalar sistemas de contabilización individualizada de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.

El objetivo que persigue esta legislación es mejorar el comportamiento térmico de estas edificaciones. Cada usuario pagará por su consumo personal, lo que permite minimizar los costes innecesarios y reducir la huella de carbono del edificio en cuestión.

¿Qué edificios tienen la obligación de individualizar su calefacción central?

No todas las comunidades de vecinos con sistema de calefacción central están obligados a realizar este cambio. Además, la normativa establece una serie de plazos que tampoco son los mismos para todas las edificaciones. Si tendrán que hacerlo en una fecha u otra, dependerá también del año de construcción del edificio y el lugar donde esté ubicado. La obligatoriedad de contar con un sistema de calefacción central con contadores individuales también estará vinculada a la rentabilidad económica de adaptarse a este sistema.

La obligatoriedad para instalar sistemas de consumo individualizado dependerá del año de construcción y localización geográfica del edificio.

De manera general, esta legislación afecta a aquellas comunidades de vecinos con calefacción central que se hayan construido antes de 1998, momento en el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), que ya obliga a instalar aparatos de contabilización individual. Sin embargo, dentro de esta categoría solo estarán obligados los edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación que establece el Código Técnico de la Edificación (CTE).

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señalan que esta medida afectará a más de un millón y medio de viviendas y muchas de ellas se verán obligadas a instalar repartidores de costes de calefacción o contadores individuales y válvulas termostáticas. Aunque es importante destacar que la obligación de la norma estará sujeta a que el cambio sea técnicamente viable y económicamente rentable.

¿Qué edificios quedan exentos del cambio?

Los inmuebles ubicados en las zonas climáticas más calurosas A y B (Islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta o Melilla) no estarán obligadas a implementar estos cambios, al no considerarse rentables. Para calcular dicha rentabilidad se tiene en cuenta que la instalación de contadores individuales permite un ahorro económico del 24% relativo al consumo energético y, por lo tanto, en la mayoría de los casos la inversión necesaria para la instalación queda amortizada en el plazo de 4 años.

¿Qué es el estudio de viabilidad económica para la calefacción central?

Cuando la edificación no se encuentra entre las excepciones, el primer paso a seguir será analizar la rentabilidad de la instalación. Es decir, la comunidad de vecinos debe solicitar un estudio técnico previo y, si este resulta positivo, pedir un estudio de viabilidad económica. Este último documento va a analizar la rentabilidad del cambio a calefacción central con contadores individuales. Si uno de estos documentos, o ambos, aportan un resultado negativo, ese edificio no estará obligado a realizar el cambio.

Si el estudio técnico previo o el de viabilidad económica aportan un resultado negativo, el edificio no estará obligado a realizar la instalación.

Hay que tener en cuenta que el plazo establecido para obtener el presupuesto del estudio de viabilidad finalizó en febrero de 2022. Actualmente, el plazo para realizar la instalación de repartidores de costes o sistemas alternativos es el que se encuentra en curso. En este caso, los titulares deberán haber solicitado algún presupuesto para realizar la instalación a alguna empresa especializada.

Pasos a seguir tras el estudio de viabilidad económica

Si el resultado del estudio previo es positivo, será necesario realizar la instalación de contadores individuales o repartidores de costes en cada una de las viviendas en el edificio. La implantación de uno u otro sistema, dependerá de si la calefacción funciona por anillos o por columnas. Resulta más sencillo colocar los contadores que establecen el gasto exacto en kilovatios hora, pero esto solo puede hacerse en sistemas de calefacción por anillos, que supone un 40% del total.

Los sistemas de calefacción central por anillos son más fáciles de adaptar que la distribución en columnas.

Las instalaciones más antiguas suelen estar distribuidas en columnas, lo que quiere decir que los radiadores de las diferentes viviendas están unidos entre sí de forma vertical. Esto dificulta la instalación, ya que habrá que colocar un medidor en cada uno de los radiadores, lo que se conoce como repartidor de costes, y también habrá que instalar una unidad que centralice las lecturas. También es recomendable colocar válvulas termostáticas en los radiadores, que son los aparatos que permiten regular la temperatura.

¿Cuánto cuestan estos aparatos para individualizar el consumo de la calefacción central?

Desde la OCU señalan que el coste de la instalación, con contadores individuales o los repartidores de costes, las válvulas termostáticas y la derrama para la adecuación de las zonas comunes oscila entre los 700 y los 1.100 euros por vivienda. Con el objetivo de reducir este gasto, algunas empresas especializadas ofrecen estos aparatos en alquiler.

¿Cuáles son los plazos previstos para realizar la instalación?

La normativa establece dos acciones diferenciadas y cada una de ellas contará con un plazo máximo concreto. La fecha límite para contar con un presupuesto para realizar la instalación ya ha finalizado en todos los casos. Actualmente, se encuentra en vigor la fecha tope para realizar la instalación. En este último caso, podemos hablar de los siguientes plazos:

  1. Comunidades de vecinos con 20 o más viviendas construidas en la zona climática D, o con menos de 20 viviendas en la zona E. 1 de octubre de 2022 (finalizado).
  2. Edificios con menos de 20 viviendas en la zona climática D o con más de 20 en la zona C. 1 de marzo de 2023.
  3. Comunidades de vecinos con 20 o menos viviendas ubicadas en la zona C, o edificios con calefacción central y usos diferentes a vivienda en las zonas C, D y E. 1 de mayo de 2023.

Hay otra fecha que debemos tener en cuenta, ante la subida de los precios de la energía, el Gobierno ha puesto en marcha una nueva tarifa para los edificios con calefacción central. Se conoce como TUR vecinal y para poder optar a ella, los edificios deben adquirir el compromiso de instalar estos sistemas de contabilización individual antes del 30 de septiembre de 2023, independientemente de la zona climática en la que se encuentren. Evidentemente, las edificaciones deberían cumplir con los plazos previstos en función de su ubicación, pero es posible que las comunidades de vecinos que no estén obligadas a realizar la instalación se planteen hacerlo para optar a esta tarifa más ventajosa, en cuyo caso deberán adaptarse antes de la fecha establecida.

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