En los condicionados de Mapfre leemos, por ejemplo, que no cubren “las inundaciones extraordinarias, huracanes, tempestades, erupciones volcánicas, movimientos sísmicos…”
Lo mismo ocurre con los de Caser, donde excluyen: “los siniestros ocurridos en caso de: incendios, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes y otros fenómenos sísmicos y meteorológicos similares…”. El resto de condicionados analizados por Acierto.com resultan muy similares.
Para Arantxa Goenaga, abogada y socia de Circulo Legal Barcelona, el primer paso que se deben hacer cuando ocurre una desgracia como la que ha sucedido, “es informar a todas las entidades con las que tengamos un seguro, no sólo el de la casa sino también de Salud o de las tarjetas de crédito, porque a veces tienen protecciones que desconocemos y que nos pueden ayudar”.
Consorcio de Compensación de Seguros, quien se encarga de pagar los daños
Entonces, si los seguros de hogar no cubren las erupciones volcánicas, ¿quién se haría cargo entonces? Tal y como indica el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero – por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios – en este caso deberíamos acogernos al Consorcio de Compensación de Seguros. Se trata de una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, que se encuentra al servicio del asegurador y que actúa con carácter subsidiario para cubrir a los asegurados en situaciones como la del volcán Cumbre Vieja.
Ahora bien, para estar cubierto, Acierto.com indica que el afectado necesariamente deberá contar con un seguro. Es decir, para que cubra los daños de la vivienda, deberá tener contratado un seguro de hogar y estar al corriente del pago de las cuotas. Lo mismo sucede con la póliza del coche si, por ejemplo, la lava lo engulle o la ceniza daña el motor. El asegurado deberá reclamar al Consorcio.
El Consorcio de Compensación de Seguros siempre dará a los afectados que estén asegurados una indemnización por la vivienda destruida. Aunque, como destaca Goenaga, “no será del valor del mercado de la vivienda, siempre suelen ser inferiores”. Aún y ser inferior, la abogada apunta que “los afectados por la catástrofe natural deben estar atentos a las ayudas estatales y europeas porque pueden cubrir esas diferencias”.
Por suerte, actualmente en nuestro país, el 75% de las viviendas tiene contratado un seguro de hogar. Incluso aunque no sea obligatorio. En el caso del seguro de auto, sí se trata de una póliza necesaria, incluso si el vehículo está parado.
El Gobierno se hace cargo si se trata de una “catástrofe natural”
Todo esto cambia cuando el hecho (en este caso la erupción volcánica) se declara como una catástrofe natural. Será entonces cuando se haga cargo el Gobierno, y no el Consorcio de Compensación de Seguros ni la aseguradora.
¿Cómo reclamar al seguro por daños volcánicos?
El comparador de seguros explica también cómo actuar tras la catástrofe. Lo primero será acceder al domicilio (en caso de que sea posible) cuando los técnicos nos lo indiquen. Es importante hacer un listado lo más exacto posible de las pérdidas materiales que hemos sufrido, así como presentar las facturas de los gastos que se han tenido como consecuencia de no poder acceder a la vivienda.
En esta coyuntura es posible ponerse en contacto directamente con la aseguradora, que nos indicará la documentación necesaria y nos remitirá al Consorcio. O también podemos hacerlo a través de la web de la propia entidad.