Parece ser que uno de los grandes desacuerdos es el reparto de las competencias de las administraciones, y es que la nueva Ley de vivienda ha de convivir con la numerosa legislación autonómica dictada en materia de vivienda.
Desde Fotocasa consideramos que esta ley debe centrarse en los dos ejes fundamentales que intervienen en el mercado del alquiler: ofrecer seguridad a los propietarios y proteger a los colectivos vulnerables, dos componentes elementales para la estabilidad del mercado.”
Justificar la intervención de los precios, uno de los motivos del rechazo
El borrador del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, elaborado por el vocal Álvaro Cuesta –quien fuera diputado del PSOE–, considera que es un instrumento normativo adecuado para consagrar y dotar de contenido el derecho a la vivienda que recoge la Constitución, pero entiende que se da una «falta de concreción» en algunos puntos, especialmente en los preceptos que determinan las reglas de intervención de precios del mercado de alquiler de viviendas.
Entre otras consideraciones, la propuesta de informe advierte de la «inconcreción e imprecisión» que afecta a algunos enunciados y contenidos del anteproyecto, lo que dificulta la definición precisa del derecho que se pretende garantizar. Como ejemplo de ello, y sin perjuicio de las competencias autonómicas en la materia, señala la ausencia de un mínimo grado de concreción en la definición de conceptos como infravivienda, vivienda digna y adecuada y condiciones asequibles conforme al esfuerzo financiero o en el establecimiento de los deberes del ciudadano en relación con las actuaciones de conservación, reparación o mejora de la vivienda.
También echa de menos que el anteproyecto especifique los medios que se emplearán para hacer efectiva la tutela del derecho a la vivienda. Pese a su carácter básico, señala la propuesta de informe, el anteproyecto «requiere un mayor grado de claridad», por ejemplo, en la identificación del titular del derecho y del sujeto obligado y respecto del modo en que puede exigirse el cumplimiento de dicho derecho.