«Medidas que crean mucha inseguridad jurídica, y por ello tratan de protegerse al máximo buscando inquilinos que les aporten más solvencia económica o mayores garantías para poder afrontar los problemas que les puedan surgir, sobre todo por los tiempos tan exagerados que se tardan en recuperar las viviendas, en casos de desahucios.”, apunta Zurdo.
No se puede exigir al inquilino el pago por adelantador de más de una mensualidad
Es cierto que algunos arrendadores pueden contravenir la Ley exigiendo a los inquilinos garantías que no les corresponden, explican desde ANA.
Actualmente las garantías que se puede exigir a los arrendatarios en el alquiler de viviendas no son libres. El límite actual de garantías que permite la LAU (artículo 36) solicitar a un arrendatario está en un mes en concepto de fianza y hasta dos meses más en concepto de garantía complementaria, excepto en los contratos de larga duración, en los que las garantías que se pueden solicitar a los arrendatarios son libres y por tanto no tienen límites. Tampoco se puede exigir a los inquilinos el pago anticipado de más de una mensualidad de renta porque lo prohíbe la Ley (artículo 17 LAU).
En este sentido, informan desde ANA, exigir a los inquilinos el pago anticipado de seis mensualidades de renta, una práctica usada por algunos arrendadores, es una práctica ilegal. Como mucho, para cumplir con el mandato legal, se podría solicitar a los inquilinos el pago del mes en curso y el anticipo de la siguiente mensualidad.
Los más vulnerables son los más perjudicados por una falta de política social de vivienda por parte del ejecutivo
Esta cantidad de requisitos que actualmente se solicitan a los arrendatarios, añade José Ramón Zurdo, realmente a quienes están perjudicando más es a las clases más vulnerables de nuestra sociedad, que son las que tienen menos ingresos para poder endeudarse con las rentas que se solicitan, o las que tienen los empleos más inestables. Es en estos sectores donde si debe intervenir el Sector Público ofreciendo alquileres sociales o asequibles, pero sin que tengan que ser los arrendadores privados los que le resuelvan la papeleta al Estado asumiendo perfiles de inquilinos con un alto riesgo de incumplimiento, y sin contraprestación alguna.