¿Puedo cerrar mi terraza o jardín si pertenece a una comunidad de vecinos?

Desde Fotocasa hemos investigado qué ocurre en estos casos y qué dice la Ley de Propiedad Horizontal al respecto

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La falta de metros cuadrados en la vivienda o el hecho de querer contar con una mayor privacidad hace que muchas personas que disponen de una terraza o jardín quieran cerrarlo o bien instalar muros divisorios.

De hecho, las empresas de reformas aseguran que una de las peticiones más demandadas en nuestro país es, precisamente, este tipo de obras. ¿Pero qué dice la normativa? ¿Es legal cerrar una terraza o un jardín, si pertenece a una comunidad de propietarios? Desde Fotocasa hemos investigado qué ocurre en estos casos y qué dice la Ley de Propiedad Horizontal al respecto.

 

Para ganar metros cuadrados y privacidad, muchas personas que disponen de una terraza o jardín quieren cerrarlo o instalar muros divisorios

¿A quién pertenece mi terraza o jardín si vivo en una comunidad de propietarios?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es la normativa encargada de regular todo lo relativo a las comunidades de propietarios en España, es decir, aspectos como el uso de las zonas comunes, tanto de uso privado como público, así como las posibles obras o reparaciones que se tengan que llevar a cabo en ellas.

La Ley de Propiedad Horizontal es la normativa encargada de regular todo lo relativo a las comunidades de propietarios en España

Recordemos que las zonas de uso público son todas aquellas que pertenecen a todos los propietarios del edificio, tanto en lo que respecta a la propiedad como a su uso; es decir, todos los vecinos pueden usarlas.

Por su parte, las zonas comunes de uso privado de una comunidad de propietarios son todas aquellas cuya propiedad pertenece a la comunidad de vecinos pero que, no obstante, su uso corresponde a uno propietario que habitan en los pisos del edificio. La mayoría de estas zonas suelen ser las terrazas de los áticos y de los pisos bajos, los terrados, o los patios interiores.

Dado que, como decimos, son de uso privado, muchos propietarios se plantean cerrarlas; pero ¿pueden hacerlo? ¿Qué estipula la Ley de Propiedad Horizontal?

¿Puedo cerrar mi terraza o jardín si vivo en una comunidad de propietarios?

La Ley de Propiedad Horizontal establece que los propietarios de zonas comunes de uso privativo no están autorizados a modificar ni la estructura ni la configuración de estas áreas. Esto significa que no pueden añadir elementos fijos anclados a la pared o el suelo, o instalar cerramientos o techos, sin contar con el consentimiento y la aprobación por parte de la comunidad de propietarios.

Ningún propietario puede modificar ni la estructura ni la configuración de terrazas o jardines de uso privado sin el permiso de la comunidad

Es decir, si quieren instalar un cerramiento de obra en su terraza o jardín, tendrán que consultarlo con el resto de vecinos en una junta de propietarios. Incluso, si este cerramiento no precisa de obras pero sí de un anclaje a la pared o al suelo, también necesitarán la autorización de la comunidad.

Y no sólo eso. Si se trata de una obra, aunque sea menor, se necesitarán, además, permisos y licencias de obras, para determinar si la infraestructura del edificio está preparada para su instalación y, por lo tanto, si se puede llevar a cabo.

De hecho, al llevar a cabo la instalación del cerramiento se provoca algún daño, todos los gastos relativos en la estructura del edificio irán a cargo del propietario.

Además de la aprobación del resto de vecinos, si se quiere cerrar una terraza o jardín se necesitarán permisos y licencias de obras

¿Puedo delimitar mi terraza o jardín si vivo en una comunidad de vecinos?

En el caso de que queramos delimitar nuestra terraza o jardín con cerramientos para ganar privacidad podremos hacerlo siempre que los elementos de separación sean removibles y no permanentes, a pesar de permanecer siempre allí. De nuevo, si necesitan algún tipo de un anclaje a la pared o al suelo, también necesitarán la autorización por parte de la comunidad de propietarios.

Si queremos delimitar nuestra terraza o jardín con cerramientos podremos hacerlo siempre que los elementos de separación sean removibles

Es muy importante que tengamos en cuenta todos estos puntos que hemos analizado desde Fotocasa. Y es que si rompemos alguna de estas normas que establece la Ley de Propiedad Horizontal, podemos llegar a tener que enfrentarnos a multas de miles de euros, en función de la infracción. También la comunidad de propietarios nos podrá denunciar por no haber pedido su permiso para hacerlo.

En cualquier caso, siempre podemos recurrir a otros elementos que nos permitan ganar espacio y privacidad, y que no requieran ningún tipo de obra ni de permiso, como biombos, sombrillas o mallas de ocultación, entre otros.

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IMMA
2 años

Bueno, esta és la lei, pero como te salga un vecino que hace lo que quiere sin preguntar a nadie, por mas que demuncies, nadie hace nada y en consecuencia el vecino gorron, se cre el rey y te amarga la vida. Las leyes ni se cumplen ni hay nadie ue vele para que se cumplan, lo he vivido y el resultado ha sido vender el piso para preserbar mi seguridad. Saludos.

Miguel
2 años
Responder a  IMMA

No entiendo por que la ley no se aplica para todo igual me siento indefenso y lo unico que se es que tengo que pagar cada dia mas para todos los servicios que no se cumplen. Deberia haber mas respeto y mejor aplicacion de la ley.

ROSA
2 años

Por que no miran la normativa de los Planes de Urbanismo. en general nunca salvo que reste edificabilidad se pueden cubrir áticos , ni espacios libres de parcela.