En el Código Civil Catalán no se establece ningún límite respecto al coste y cuotas, ya que se ha de aprobar en junta y todos los propietarios deberán asumir el coste.
Ayudas y subvenciones para instalar una rampa en una comunidad
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ofrece ayudas en el fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas. Esto viene regulado por cada comunidad autónoma, si bien hay reglas generales:
El objetivo es financiar la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal tanto en edificios de viviendas de tipología residencial como en viviendas unifamiliares ya sean urbanas o rurales y en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial.
Beneficiarios
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Las sociedades cooperativas.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
Tipo de vivienda que engloba
- Viviendas unifamiliares, viviendas dentro de un edificio residencial colectivo y edificios.
- Antigüedad preferentemente anterior 1996
- 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda
- 50% viviendas del edificio deben constituir domicilio habitual
Límite de la ayuda
- Con carácter general 40% de la inversión.
- 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM o de obras de accesibilidad cuando los residentes sean personas discapacitadas o sean mayores de 65 años.
Cuantía de la ayuda
- Hasta 3.000 €
- Hasta 8.000€/ vivienda
- Hasta 14.000€/ vivienda para personas con discapacidad
- Hasta 17.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€/ vivienda
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
“Los administradores de la finca tenemos la misión de buscar la mejor solución para los vecinos a la hora de mejorar la accesibilidad, tanto a nivel técnico como económico, con el objetivo ofrecer alternativas a los vecinos y la solución a quien tiene una necesidad tan importante como poder acceder a su hogar” afirma Mercedes Blanco, Directora de Vecinos Felices Administració de Finques i Lloguers.
Ayudas ‘Sin Barreras’ de la Fundación Mutua de Propietarios
Además de las ayudas del Ministerio de Vivienda, según cada Comunidad Autónoma, la Fundación Mutua de Propietarios a través del Programa ‘Sin Barreras’ ofrece subvenciones para la realización de obras de supresión de barreras arquitectónicas de los edificios de viviendas en el que residan personas con movilidad reducida.
El programa ´Sin Barreras’ es una iniciativa de la Fundación Mutua de Propietarios que pone al alcance de las comunidades vecinales los recursos financieros y técnicos para mejorar la accesibilidad a las áreas comunes de un edificio. Esto incluye proyectos diversos como la instalación de un ascensor, la supresión de desniveles, adecuación o ensanchamiento de puertas, construcción de pasillos o ampliación de paradas, mejora de accesibilidad de ascensores, construcción de rampas y la instalación de plataformas elevadoras.
La Fundación Mutua de Propietarios cuenta con dos tipo de convocatorias del Programa ´Sin Barreras’, la Convocatoria de ayudas directas para Comunidades de Propietarios situados en Barcelona, Área Metropolitana de Barcelona, Madrid y Comunidad de Madrid donde subvencionan el 50% de los costes de las obras y los honorarios de proyectos hasta un máximo de 15.000 € por comunidad y la Convocatoria de ayudas para la financiación de obras de accesibilidad al 0% de interés para comunidades de propietarios situadas en todo el territorio español, en ambos casos, para la solicitud de las ayudas deben residir personas con movilidad reducida-personas con discapacidad con afectación a la movilidad o personas mayores.
El pliego de las bases del Programa Sin Barreras, así como las fechas de apertura y cierre de las convocatorias se publican en la web de la Fundación Mutua de Propietarios.
Hace 7 meses instalamos una silla salva escaleras y en 3 meses se efectuaron trabajos para reducir a cota 0 el acceso al zaguán. No se ha pedido por parte de la administración de la comunidad ninguna ayuda a la comunidad Valenciana ,quien tiene que solicitar la ayuda? Cada comunero ,o la administradora ,? Gracias.
Mi edificio tiene 2 escaleras.
El coste de la rampa para los exteriores es alrededor de 5 veces a la de la rampa de los apartamentos Escalera B
En la Junta el Administrador ha dado en presupuesto de las 2 juntas para la derrama de 30.000 €.
Estimo 25.000 y 5.000 respectivamente.
Tiene recorrido reclamar el gasto de las rampas y su derrama de cada uno su escalera A y B