Hacer uso y disfrute de las zonas comunes de la comunidad de propietarios es un derecho de todos los vecinos, tanto si son propietarios como inquilinos. Sin embargo, existe mucho desconocimiento sobre si, por ejemplo, las personas que son ajenas al edificio pueden entrar a este o, por el contrario, existe alguna restricción.
¿Quién tiene derecho a usar la piscina comunitaria y el resto de espacios comunes? ¿Se puede restringir el acceso a vecinos morosos? En este artículo de Fotocasa desgranamos qué dice al respecto la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la normativa encargada de regular todo lo relativo a las comunidades de propietarios en España.
Ley de propiedad horizontal sobre elementos comunes: ¿qué dice al respecto?
El artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que «La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones, siempre que no puedan reputarse abusivas o desproporcionadas o que afecten a la habitabilidad de los inmuebles».
Por lo tanto, según la ley, si se acuerda en los estatutos de la comunidad, los vecinos podrán prohibir el uso de algunas de las zonas comunes de la finca a los vecinos que no abonan las cuotas de la comunidad. Pero ¿qué sucede con las personas ajenas al edificio? ¿Existe algún artículo de la LPH o del Código Civil que recoja si estas tienen pleno derecho a acceder a este?









Si
Cuando hablan de zonas comunes hacen referencia al art. 26 el cual no existe.
Se puede restringir el uso del ascensor mediante poner una llave para todos los vecinos menos a los morosos