¿Podemos prohibir las fiestas de Nochevieja en nuestra comunidad de vecinos?

Las fiestas de Nochevieja son una tradición en nuestro país. Sin embargo, no todo vale en cuestión de ruidos y hay una serie de límites que se deben respetar

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Las fiestas de Nochevieja ya tienen una arraigada tradición en nuestro país. La idea de despedir el año por todo lo alto choca con el descanso de los vecinos. Es entonces donde surge esta pregunta: ¿es posible prohibir una fiesta de Nochevieja en un piso? 

Desde Fotocasa vemos cómo podríamos actuar si sufrimos un exceso de ruido en casa, si una comunidad puede impedir fiestas de Nochevieja y cómo actuar teniendo en cuenta la normativa y la ley.

¿En Nochevieja se pueden hacer ruidos en casa por la noche?

En España, el marco general lo proporciona la Ley 37/2003, del Ruido, que obliga a prevenir y reducir la contaminación acústica (artículos 11 y 12). Además, habilita a las administraciones para fijar límites y horarios a través de reglamentos y ordenanzas.

A esa ley la desarrolla, entre otros textos legales, el Real Decreto 1367/2007 (especialmente sus artículos 3, 4 y 14), que regulan los periodos día-tarde-noche y la evaluación acústica. 

La Ley 37/2003 y el RD 1367/2007 regulan el ruido y los ayuntamientos fijan sus horarios en base a ello, generalmente hasta las 22h

Sobre esa base, cada ayuntamiento concreta límites, horarios y prohibiciones de actividades que no podemos hacer en casa en sus ordenanzas municipales. Pero en general, la mayor parte de los ayuntamientos establecen que se puede hacer ruido en casa hasta las 21 o 22 horas.

¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en Nochevieja?

En este punto tratamos lo importante: por ser Nochevieja no se suspenden los horarios y obligaciones derivadas de la Ley del Ruido. 

Tampoco se aplica una normativa especial por ser una fecha señalada, por lo que siguen vigentes las ordenanzas municipales.

En otras palabras, puede intervenir policía, derivar en sanciones y, si es reiterado, la comunidad puede ejercer la acción de cesación, es decir, obligar judicialmente a un vecino a dejar de hacer ruido, en virtud del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal  siempre y cuando:

  • Se supera el límite de decibelios fijados por la ordenanza municipal.
  • Se molesta gravemente a los vecinos.
En Nochevieja rigen las mismas normas de ruido: puede haber sanciones y la comunidad puede pedir la cesación si el vecino insiste

Sin embargo, deberíamos recordar que cada ciudad tiene su propia regulación y existen excepciones. Los ejemplos más claros son Sevilla y Barcelona:

  • La Ordenanza de Sevilla establece un régimen singular: permite reuniones en viviendas durante la noche, siempre que no superen niveles molestos y respeten una franja clave (entre las 16:00 h y las 00:00 h), incluso en días festivos como el 31 de diciembre.
  • Barcelona posee una de las ordenanzas más desarrolladas (Ordenança de Medi Ambient): define límites por zonas, franjas y requisitos específicos para fiestas o actividades que puedan generar ruido. Su Título III regula los niveles acústicos en interiores y las actuaciones de la Guardia Urbana.

¿Puede la comunidad de vecinos prohibir una fiesta en Nochevieja?

A priori, una comunidad de vecinos no podría prohibir una fiesta privada en una vivienda. Tampoco los estatutos pueden anular el derecho de un propietario a realizar un uso normal de su domicilio.

La propia Constitución Española reconoce el derecho de propiedad privada y su ejercicio mientras no se vulnere la ley ni perjudique a terceros (artículo 33 CE).

No obstante, y como hemos visto antes, en un edificio, la herramienta legal para prohibir una fiesta de Nochevieja molesta es la “acción de cesación” del Artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Debemos ser conscientes de lo que podemos y lo que no al vivir en comunidad:

“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él (…) actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.”

El Artículo 7.2 nos dice cómo actuar frente actividades molestas en una vivienda o local como puede ser una fiesta descontrolada de Nochevieja

Por lo que no se puede prohibir de antemano una fiesta de Nochevieja, pero sí exigir el cumplimiento de los límites de ruido, horarios municipales y actuar si hay molestias, como nos dice la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Y si la fiesta de Nochevieja afecta a las zonas comunes?

En este caso, la comunidad tiene más margen de actuación y podría:

  • Fijar horarios de ruido en Nochevieja (o en cualquier momento puntual del año con tendencia a celebraciones).
  • Limitar aforos.
  • Prohibir música alta.
  • Cerrar terrazas comunitarias a ciertas horas.

Esto se debe a que las zonas comunes son regulables por los estatutos, porque no forman parte del derecho privativo del propietario (artículo 3, 5 y 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal).

La comunidad puede regular las zonas comunes a través de los estatutos, fijando horarios, límites de aforo o normas de convivencia

Conocer los estatutos nos permite entender bien cuáles son los límites en nuestro edificio: desde organizar fiestas o reuniones, hasta cuestiones de convivencia como adornar el balcón en Navidad o realizar pequeñas reparaciones que afecten a la estética del edificio.

Además de regular el uso de zonas comunes, la comunidad también podría aprobar normas internas que refuercen la convivencia (por ejemplo, avisos previos, medidas de respeto, prohibición del acceso a zonas comunes a personas ajenas al edificio, etc.).

Nochevieja y vecinos: ¿cómo celebrar fin de año de forma responsable?

En una noche tan señalada como la del 31, el objetivo no es prohibir las celebraciones, sino compatibilizar la fiesta con el derecho al descanso, especialmente en viviendas donde hay menores, personas mayores o vecinos con horarios sensibles. 

Aunque la Ley de Propiedad Horizontal (art. 7.2) y las ordenanzas municipales de ruido no exigen silencio absoluto, prohíben actividades que generen molestias graves; de modo que pequeños gestos pueden marcar la diferencia y evitar conflictos cuando los vecinos hacen ruido en fiestas navideñas. 

Cosas muy sencillas que podemos hacer:

  • Avisar en el grupo de vecinos o con un cartel en el portal indicando que habrá reunión o pequeña fiesta.
  • Mantener la música moderada, sobre todo a partir de las 02:00, cuando el horario nocturno tiene plena vigencia.
  • Usar accesorios para reducir el ruido como alfombras o superficies blandas para amortiguar vibraciones si se prevé movimiento o baile.
  • No sacar la fiesta al rellano o zonas comunes, ya que ahí sí se aplica estrictamente la prohibición de molestias.
  • Ventilar con moderación, evitando abrir ventanas hacia patios interiores donde el sonido rebota y se amplifica.

¿Qué hacer si hay una fiesta molesta en Nochevieja en casa de un vecino?

La Ley de Propiedad Horizontal (art. 7.2) es clara: si un propietario realiza actividades “molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”, la comunidad podría  iniciar la acción de cesación.

El procedimiento es sencillo, empezaría con un aviso formal del presidente de la Comunidad (llamado Requerimiento fehaciente) y si persistiera, podríamos llamar a la Policía Local y medición del ruido.

Desde nuestro punto de vista, tratándose de una celebración como Nochevieja que es un momento puntual, la vía de la mediación suele funcionar y no sería necesario ir más lejos.

Pero en caso de que exista un problema reiterado y grave, se podría imponer una sanción municipal y hasta una demanda judicial para cesar la fiesta.

Despedir el año puede ser un momento memorable de dejar el pasado atrás, a través de una convivencia responsable, podemos hacer que el año entrante no nos depare situaciones desagradables ni tensiones vecinales si utilizamos la empatía y el respeto.

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