La mayoría de las piscinas comunitarias de España ya han abierto sus puertas, coincidiendo con la llegada del mes de junio, y permanecerán abiertas hasta finales de septiembre en la mayoría de las comunidades de propietarios. Y, como cada año, suelen aparecer dudas sobre el uso y las normas que se deben aplicar en las piscinas comunitarias.
Una de las más comunes hace referencia al uso de éstas en el caso de que se trate de un piso de alquiler. ¿Quién tiene derecho a ello: el casero, el inquilino o ambos? Desde Fotocasa analizamos qué dice la normativa al respecto y qué debemos tener en cuenta.
¿Quién puede usar la piscina comunitaria en un piso de alquiler?
Álvaro Crespo, responsable del área jurídica de Alquiler Seguro, explica que “para responder a esta cuestión debemos acudir a lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que señala que el arrendatario de una vivienda tiene derecho a disfrutar tanto el espacio privativo habitable, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador. Por lo que el uso de la piscina comunitaria sería del inquilino, y el propietario no podrá acceder porque ha cedido su uso”.









Muy interesante !!
Y si el propietario no está al corriente de pago de las cuotas comunitarias ?
En nuestra comunidad se sometió a votación si a los morosos se les hacía entrega de los carnés para el uso de piscina y se decidió que no se les hacía entrega por lo que no podían hacer uso de la piscina. Todo esto se hizo con la orientación del administrador y de forma en teoría legal.
Tienen derecho Lis propietarios a invitar a personas ajenas a la comunidad a disfrutar de la piscina?
Y si soy propietario de una plaza de garaje?
He leído que no. Porque con el pago de la plaza no está pagando las cuotas de mantenimiento de la piscina.
Evidentemente no. La propiedad de una plaza de garaje no da derecho a nada, igual que si eres propietario de un local, la piscina a no ser que la comunidad de propietarios decida lo contrario es de uso exclusivo de propietarios de viviendas (y viviendas de verdad, tampoco los locales convertidos en vivienda)
Eso es una ley? Dónde lo pone? Yo pago mi comunidad.
Y el dueño de una plaza de garaje puede usar la piscina?
Perfecto. Muy esclarecedor. Necesario diría yo. Agradecido.
Y si alquilo mi local por dias para eventos y celebraciones pueden hacer uso de la piscina y zonas comunes la persona que me lo ha alquilado y sus invitados?
Vivo en una casa desde hace tres años, cuando entramos aquí no vivía nadie y el propietario nos dijo que el no se hacía cargo de la piscina, en el contrato no se refleja.
Ahora su hija se está arreglando la casa colindante y nos han puesto candado en la piscina, pueden hacerlo.