¿Qué pasa si tengo problemas con un vecino que es de otro edificio?

Analizamos detenidamente qué establece la Ley de Propiedad Horizontal y el Código Civil al respecto

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Vivir en una comunidad de propietarios implica, en muchas ocasiones, tener que lidiar con problemas con otros vecinos. Éstos pueden ser de distinta índole, como impagos en las cuotas, uso impropio de las zonas comunes de la comunidad de propietarios, ruidos molestos…

Estos conflictos suelen darse entre los habitantes del mismo edificio, pero ¿qué sucede si el problema es con un vecino que pertenece a otra comunidad de propietarios? Desde Fotocasa analizamos qué dice la normativa y cómo debemos proceder en estos casos. ¡Toma nota!

¿Cómo se regulan los problemas entre vecinos?

La Ley de Propiedad Horizontal es la normativa que regula todo lo relativo a las comunidades de propietarios en España, tanto de manera individual como colectiva; es decir, tanto dentro de un mismo edificio como entre distintas comunidades.

Regula, por lo tanto, aspectos como la convivencia entre vecinos, el pago de los gastos de la comunidad, la celebración de juntas, las funciones del presidente de la comunidad y del administrador de fincas, las posibles obras y reparaciones que se tengan que llevar a cabo en el edificio, etc. En definitiva, vela por el buen funcionamiento de las comunidades de propietarios y sus integrantes, y también regula cómo deben resolverse los posibles conflictos entre ellos.

La Ley de Propiedad Horizontal es la normativa que regula todo lo relativo a las comunidades de propietarios en España

También lo hace el Código Civil. Tanto éste como la LPH establecen los deberes y los derechos que tienen todas aquellas personas que pertenecen a las comunidades de propietarios, entre las que se encuentran respetar tanto sus instalaciones como a sus habitantes.

Como hemos mencionado, los problemas entre vecinos suelen ser habituales en las comunidades. Y cuando hablamos de vecinos nos referimos también a aquellos que quizás no residan en el mismo edificio pero que comparten zonas comunes o, incluso, que vivan en propiedades colindantes. ¿Cómo deben resolverse en este caso?

¿Cómo se deben resolver los problemas entre vecinos?

En el momento en el que un propietario no respeta la convivencia para con el resto de los vecinos estará incumpliendo alguno de los artículos del Código Civil y/o de la Ley de Propiedad Horizontal en los que se recogen los deberes que tienen para con el resto los propietarios y el edificio y sus zonas comunes.

Y no sólo del mismo edificio. En muchas ocasiones sucede que algunos vecinos que pertenecen a distintos edificios comparten zonas comunes, como el garaje, el jardín y/o la piscina comunitaria, o incluso la puerta de entrada principal. También es habitual que éstos vivan en fincas colindantes, pegadas unas a otras.

A pesar de no pertenecer al mismo edificio, es común que muchos propietarios compartan zonas comunes o vivan en fincas colindantes

En el momento en el que uno o varios de ellos no respetan la normativa tanto el resto de propietarios como el presidente de la comunidad y/o el secretario, así como el administrador de fincas, estarán en pleno derecho de tomar cartas en el asunto. Hablamos de cualquier problema que afecte a la convivencia para con el resto, como obras, ruidos, insalubridad…

Hablar con el vecino para resolver los posibles problemas

En primer lugar, lo recomendable es hablar de forma amistosa con el vecino en cuestión y exponerle qué nos molesta de forma pacífica y educada para exponerle qué nos molesta y, entre los dos, intentar encontrar una solución al problema.

Recurrir al presidente de su comunidad de vecinos para exponer la situación 

Si después de hablar con nuestro vecino e intentar solucionar los posibles conflictos con él no cambia su conducta o no resuelve la situación lo ideal es hablar con el presidente de su comunidad, dado que el conflicto se genera donde reside el vecino en cuestión, y exponer de nuevo lo sucedido.

El presidente deberá hacer todo lo que esté en sus manos para que dicho conflicto cese; es decir, deberá hablar de nuevo con el vecino y, si fuera necesario, con el administrador de fincas, para que entre ambos, le hagan entrar en razón. Recordemos que el presidente tiene la potestad de exigir el cese de cualquier actividad molesta.

Convocar una junta extraordinaria de propietarios

Si, de nuevo, el vecino hace caso omiso a lo expuesto tanto por nosotros como por el presidente y/o el administrador de fincas, el presidente tendrá la facultad de convocar una junta extraordinaria para que entre todos los propietarios decidan cómo resolver el tema en cuestión.

Emprender acciones legales contra el vecino

En el caso de que el problema persista se deberán emprender acciones legales. De nuevo, será responsabilidad del presidente interponer una demanda judicial en nombre de la comunidad de propietarios. En este caso, el administrador de fincas no tendrá la potestad de hacerlo.

Para ello, es recomendable contar con el testimonio de otros vecinos e, incluso, con grabaciones o fotografías que permitan demostrar qué tipo de actividad molesta o ilegal está llevando a cabo el acusado.

En caso de que el problema persista, el presidente tendrá la potestad de interponer una demanda judicial en nombre de la comunidad de propietarios

En cualquier caso, es siempre necesario respetar las normas de convivencia entre vecinos, por el bien de todos.

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María
1 año

Gracias por la información. Me surge una duda, si el que genera,los ruidos molestos o acciones discriminatorias es el presidente de la comunidad, a quien se reclama?