¿Qué hacer si te roban en tu vivienda de alquiler? El verano es la época del año en que se registran más robos con fuerza en viviendas en España. De acuerdo con el Ministerio del Interior, en 2024 se produjeron un total de 81.040 incidentes de este tipo en los hogares españoles, de los que el 27% se produjeron en los meses estivales.
¿Qué hacer si te roban en tu vivienda de alquiler? Que dice la ley y pasos a seguir
Con más robos en verano y miles de afectados en viviendas alquiladas, es importante saber qué hacer paso a paso si eres víctima de un caso de robo en tu casa
Pasos a seguir si roban en una vivienda de alquiler
Muchas familias se van de vacaciones o pasan más tiempo fuera de casa en verano, por lo que no sorprende que muchos ladrones aprovechen esta ausencia para irrumpir de forma ilegal en sus viviendas y hacerse con sus pertenencias y objetos de valor. De acuerdo con las estimaciones del Observatorio del Alquiler de la Fundación Alquiler Seguro, alrededor de 4.445 de los incidentes que se produjeron en el verano de 2024 tuvieron lugar en inmuebles de alquiler. Pero ¿cómo deben actuar los inquilinos si son víctimas de un robo en sus hogares?
1. Denunciar el robo a la policía
Al descubrir el robo en una vivienda, lo primero que debe hacer un inquilino es llamar a la policía su sospecha que el ladrón puede seguir en el inmueble. De no ser así, deberá presentar una denuncia ante el Juzgado de Guardia o en la comisaría que corresponda para que las autoridades puedan investigar lo sucedido.
2. No tocar nada y documentar los daños causados por el robo en tu vivienda
Antes de que llegue la policía, no se debe modificar nada en la escena del robo para preservar cualquier evidencia. También es recomendable tomar fotografías de los daños, así como de cualquier objeto que haya podido ser alterado o sustraído. Esta documentación será útil para los agentes y para la compañía aseguradora.
3. Informar al propietario del inmueble sobre el robo
El inquilino tendrá también que avisar al propietario de lo que ha sucedido, así como de la presentación de la denuncia. Además, deberá informarle también de las posibles deficiencias de seguridad en la vivienda que hubieran facilitado el robo, si es que existieran, para que puedan ser subsanadas.
4. Contactar con la aseguradora y presentar la reclamación
Por último, si el arrendatario tiene contratado un seguro, deberá ponerse en contacto con la compañía aseguradora para informar de lo sucedido y seguir los pasos que le indiquen para presentar una reclamación. En ese caso, deberá aportar la denuncia, así como cualquier otra documentación que pueda ser requerida para acreditar el coste de los bienes sustraídos.
¿Quién se hace cargo de los daños por robo en un piso de alquiler?
Lo que el inquilino debe tener presente es que, a efectos de reclamar los bienes sustraídos, en general no podrá exigir responsabilidades al propietario del inmueble, salvo que esté haya incurrido en alguna negligencia o no haya cumplido con su obligación de garantizar la seguridad de la vivienda.
Por eso, es muy recomendable siempre que el inquilino tenga suscrito un seguro de hogar que ampare las pérdidas de sus bienes en caso de robo. Además, deberá realizar también un listado de las pertenencias robadas, e incluir documentación para acreditarlo, como facturas. Si no dispone de este tipo de pruebas, deberá realizar una descripción muy detallada de los objetos sustraídos y aportar todas las pruebas que pueda presentar para facilitar su localización.
Si los ladrones se han hecho con algún tipo de soporte que pueda incluir información sensible, como documentación personal o contraseñas, el arrendatario deberá informar a la policía y a su entidad bancaria, si se trata, por ejemplo, de tarjetas de crédito, para que pueda dar de baja su cuenta.
¿Qué ocurre si no tengo seguro en la vivienda en caso de robo?
Ahora bien, si el inquilino no tiene un seguro contratado, no podrá reclamar las pérdidas provocadas por el robo, salvo que pueda demostrar que el arrendador habría incurrido en algún tipo de negligencia.
Solo si se detectan posibles fallos de seguridad, y se han puesto en conocimiento del propietario del inmueble, y no los ha solucionado, podría darse un incumplimiento contractual y se podrían iniciar acciones legales contra el propietario.
¿Qué pasa si se ocasionan daños en la vivienda causados por el robo?
¿Qué ocurre si en la vivienda se han producido desperfectos como consecuencia del robo, como, por ejemplo, puertas forzadas, ventanas rotas o datos materiales en el inmueble? En ese caso, el artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica que “el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable a arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil”.
Por tanto, el coste de la reparación de los daños ocasiones por los ladrones recaerá, por regla general, en el propietario, sin perjuicio de que posteriormente pueda ser indemnizado por su compañía de seguros.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la responsabilidad del propietario se encuentra limitada por el grado de diligencia del inquilino. Es decir, si los daños ocurren como una negligencia del arrendatario, será este quien deba asumir los costes de la reparación, incluso si no fue quien directamente causó los desperfectos.
En este caso, el propietario deberá acreditar la negligencia del arrendatario que ha dado lugar al robo, así como los daños y perjuicios sufridos para que la reclamación que realice al arrendatario pueda prosperar.
En cambio, si el robo se produce por un fallo estructural o de seguridad en el inmueble, el inquilino podría tener derecho a exigir una indemnización al arrendador. Esto se debe a que el arrendador tiene la responsabilidad de mantener la vivienda en condiciones seguras y aptas para su uso.
Por ello, si el arrendatario detecta posibles fallos de seguridad en el inmueble, deberá ponerlo en conocimiento del propietario, quien deberá solucionarlos en el menor plazo posible para que, en el caso de que se produjera un robo, no responda por los daños
En este sentido, es aconsejable que el propietario, con carácter previo al inicio del arrendamiento, compruebe que las puertas, ventanas y demás medidas de seguridad de la vivienda están en buen estado y resuelva los posibles defectos.
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