Se trata de un valor administrativo, por lo que no suele superar el valor del mercado. Eso sí, no hay que confundir el valor catastral con el valor de referencia de los inmuebles, efectivo desde el 1 de enero de 2022 y que se usa como base imponible para el cálculo de impuestos como el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) o el ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones).
¿Qué impuestos se calculan con el valor catastral?
Como ya hemos señalado, el valor catastral es clave para el cálculo de algunos impuestos para vivienda. Veamos, a continuación, cuáles son los tributos que usan el valor catastral como base imponible para su cálculo:
1. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
El valor catastral es la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, un tributo municipal que deben pagar los propietarios de las viviendas todos los años. El valor catastral de la vivienda se multiplica por el tipo impositivo aplicable en la localidad (que suele rondar entre el 0,4% y el 1,3%), siendo el resultado la cantidad que debe pagar el propietario anualmente al ayuntamiento por ser titular de la vivienda.
2. Plusvalía municipal (IIVTNU)
La plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o IIVTNU) es un impuesto local que se paga cuando se transmite una vivienda, ya sea por una venta, donación o herencia. Desde la reforma de 2021, se puede calcular a través de dos mecanismos:
- El mecanismo objetivo. Aquí entra en juego el valor catastral de la vivienda. Para calcular la plusvalía mediante este sistema se multiplica el valor catastral por un coeficiente fijado por el ayuntamiento en función de los años transcurridos tras la compra.
- El mecanismo real. En este sistema de cálculo se calcula la plusvalía real comparando el precio de compra con el precio de venta del inmueble. Si no hay ganancia patrimonial, no se debe abonar plusvalía.