¿Qué gastos tendré que pagar siendo propietario de una vivienda?

Si te vas a convertir en propietario por primera vez, ten en cuenta los gastos fijos que tendrás que pagar como titular de la vivienda

Fotocasa
Fotocasa Actualidad y cultura inmobiliaria

Promedio de puntuación 4.1 / 5. Recuento de votos: 70

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Comprar una vivienda no implica solo pagar una hipoteca todos los meses. Hay gastos asociados a tu inmueble que, como propietario, tendrás que pagar. Si es tu primera vivienda de compra y andas un poco perdido, es normal que te surjan dudas acerca de los gastos que deberás pagar siendo propietario.

Además de los básicos como la cuota del préstamo si has decidido comprar tu vivienda con hipoteca, el agua o la luz, tendrás que pagar otros gastos que no son tan evidentes. Para sacarte de dudas, en este artículo de Fotocasa te contamos cuáles son los gastos mensuales de una vivienda que pagan los titulares de una propiedad.

7 gastos que pagan los propietarios de viviendas

¿Qué gastos deben pagar los propietarios de una vivienda? Estos son los siete costes que debe asumir el comprador una vez se convierte en propietario:

1. La hipoteca

Si el piso se compra con financiación, este es el gasto fijo más elevado que pagan los titulares de una vivienda. Para que lo veas con un ejemplo, el préstamo medio que se contrató en España en el mes de octubre de 2025 según el INE fue de 167.080 euros, con un plazo de devolución de 26 años, por lo que la cuota mensual de hipoteca media ronda los 755 euros al mes si se tiene en cuenta un tipo de interés medio del 2,81%.

Según los últimos datos del INE sobre hipotecas (octubre 2025), el préstamo medio fue de 167.080 euros con un plazo de 26 años

Es un gasto elevado, aunque si el préstamo es entre dos titulares, el importe que deberá pagar cada uno se reduce. Ten en cuenta que lo ideal es que pagues una hipoteca que no suponga más del 35% de los ingresos del hogar.

2. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El IBI es un impuesto regulado por cada Ayuntamiento, por lo que pagarás un importe u otro dependiendo de dónde residas. Este gasto deben pagarlo los propietarios de una vivienda, pero también de garajes o locales.

En España, el precio del IBI ronda entre el 0,4% y el 1,3% sobre el valor catastral de la vivienda. Por ejemplo, las capitales de provincia que más pagarían para una vivienda con valor catastral de 80.000 euros serían: Girona (832 euros) con un IBI del 1,04%, Tarragona (816 euros) con un IBI del 1,02% y Lleida (752 euros) con un IBI del 0,94%. De media, los propietarios pagan entre 320 euros y 832 euros de IBI.

3. La comunidad y las derramas

A no ser que tu vivienda sea una casa unifamiliar o independiente, deberás pagar los gastos de comunidad por el uso de los espacios comunes. Por lo general, los dueños de las viviendas afrontan la parte proporcional según la superficie del inmueble.

Los gastos de la comunidad incluyen servicios como la electricidad en zonas comunes, el agua, el seguro, el mantenimiento del ascensor o el servicio de limpieza y portería. Adicionalmente, si se aprobasen derramas para realizar obras o arreglos en la fachada, el gasto de la cuota de la comunidad puede dispararse. En España, el gasto medio de comunidad es de entre 100 y 110 euros mensuales.

4. El seguro del hogar

Para estar cubierto ante eventualidades, las viviendas requieren de la contratación de un seguro del hogar que te proteja ante robos, incendios, inundaciones…

El precio del seguro dependerá de varios factores, como la cobertura, la compañía elegida o de tu vivienda. Para que te hagas una idea, el precio medio de una póliza de seguro del hogar ronda entre los 190 y los 296 euros, según el tipo de vivienda, de acuerdo con datos del Acierto.com.

5. Tasa de basuras

La tasa de basuras, junto con el IBI, es otro de los gastos municipales que deben pagar los propietarios de vivienda tanto de primera como de segunda residencia. Se trata de una cuota que cobra el Ayuntamiento para asumir los gastos del servicio de recogida de basuras.

Casi todas las grandes ciudades o capitales de provincia en España aplican este gasto a los propietarios de inmuebles, sin embargo, no todos pagan lo mismo. De acuerdo con un estudio de la OCU, «para una vivienda con un valor catastral de 79.000 euros donde viven tres personas que consumen 175 m3 de agua al año, el importe varía entre los 62 euros de La Coruña y los 202 euros de San Sebastián».

El precio de la tasa de residuos depende de cada ayuntamiento. Puede variar entre los 62 y los 202 euros al año

6. Gastos de mantenimiento

A diferencia de los inquilinos de pisos de alquiler, los propietarios de una vivienda son los responsables de pagar todos los gastos de mantenimiento. Es común tener que renovar electrodomésticos tras un tiempo de uso, reparar humedades, renovar la caldera o el aire acondicionado, realizar inspecciones obligatorias…

Es muy importante contar con un buen seguro del hogar que incluya la reparación de daños en la vivienda.

7. Otros gastos: suministros e Internet

Estos gastos también los pagarías siendo inquilino, pero no está de más recordarlos. A tu presupuesto mensual de gastos de casa deberás añadirle todos los servicios básicos:

  • Factura de la luz.
  • Factura del agua.
  • Factura del gas.
  • Alarma de seguridad.
  • Factura del teléfono e Internet.
  • Plataformas de streaming.
  • Limpieza.

A esta lista tendrás que añadirle o quitarle aquellos servicios concretos que usas personalmente, los llamados gastos hormiga. Nuestro consejo es que contrates solo aquellos servicios que necesites y que siempre compares opciones para conseguir las mejores ofertas.

¿Cuánto se paga de media en España por tener un piso en propiedad?

Para que lo veas con un ejemplo, vamos a calcular cuánto puede pagar, de media, un propietario de vivienda en España según los siete gastos detallados anteriormente:

  • Cuota media de hipoteca: la cuota media de hipoteca, según los datos de octubre de 2025, se sitúa en los 755 euros (9.060 euros al año).
  • IBI: el coste medio anual del IBI es de 576 euros.
  • Cuota de la comunidad: la cuota de la comunidad media en los edificios colectivos de España es de 105 euros al mes, 1.260 euros al año.
  • Seguro del hogar: el precio medio del seguro del hogar es de 243 euros anuales.
  • Tasa de basuras: la tasa media de basuras es de 132 euros al año.
  • Gastos por reparaciones: este valor puede variar considerablemente según las necesidades de la vivienda, por lo que vamos a estimar una media de 1.000 euros anuales.
  • Suministros: de media, el precio de los suministros mensuales asciende a unos 130 a 250 euros al mes, entre 1.560 y 3.000 euros al año.

De acuerdo con estos datos, el gasto medio para mantener un piso en propiedad (con hipoteca) ronda entre los 13.831 y los 15.271 euros al año.

En Fotocasa, contamos con un excelente equipo de profesionales dedicados a crear contenido relevante para nuestros lectores. Si te ha gustado este artículo, estaremos encantados de que lo publiques en tu web. En tal caso, no olvides que debes mencionar a Fotocasa como la fuente original del contenido. Muchas gracias por tu apoyo

Integridad editorial de Fotocasa Life

41 Comentarios
Más antiguo
El mas nuevo
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Eva
2 años

Y quien que paga la puntura de las paredes

Stevenson
2 años

Ha sido de bastante ayuda,el tema de impuestos al propietario de una vivienda
Y para el tema de terrenos??
Supongo que será solo pagar el agua al año.un saludo gracias

Pablo
1 año
Responder a  Stevenson

Todo bien está sujeto a impuestos. En terrenos secano (muy poco) o regadío (no tan poco). Nos exprimen como a limones por todos los flancos, para malgastarlo en asesores.

Maribel
2 años

Yo kisiera vender mi piso..es de propiedad..y no hay hipoteca..tengo 3 hijos ya mayores y cada uno en su casa..y me apoyan para vender.. yo soy viuda..y esta casa trae muchos recuerdos..mi pregunta es.. una vez vendido..como van las reparticiones.. el piso está en nombre de mi marido y mio..un saludo gracias

Manuel
2 años
Responder a  Maribel

Al estar tu marido fallecido, si no se hizo una escritura de aceptación de herencia.
Tendrás que hacer una escritura de aceptación parcial de herencia de esa propiedad ante notario para establecer los propietarios y/o herederos del fallecido, y poder vender la propiedad.

Joyce Sánchez Revilla
1 año
Responder a  Manuel

Cuánto es el costo de su casa

Nacho
1 año
Responder a  Maribel

El Piso lo heredaran sus hijos. Usted tiene ahora el usofructo del piso. Es decir tiene el uso y disfrute del piso. hablelo con su gestor y mire las escrituras. Asi podra verlo. Mi madre esta igual, tiene el usufructo, pero el piso cuando ella muera ira a mis hermanas y a mi. La particion no se como ira si lo quiere vender. Siento su perdida.

Sonia
1 año
Responder a  Maribel

Dónde vende el piso ?

Jose
10 meses
Responder a  Maribel

Mientras no lo venda puede usarlo. Si lo vende 50% es para usted, y el otro 25% para un hijo y el otro 25% para su otro hijo entendiendo que tiene e dos hijos

Suzie
8 meses
Responder a  Maribel

Pues primero habrá que comprobar el régimen por el cual estaban casados, gananciales, separación…Pongamos como ejemplo que el piso está valorado en 100.000€. Si no hay testamento, el 50% es de propiedad de la señora 50.000€ , porque además está también a su nombre. El otro 50% del marido 50.000€ es el que se reparte en herencia. La mitad 25.000€ para la señora y el resto a repartir en partes iguales entre los hijos. Está información se habrá tramitado cuando se hizo la autoliquidación del impuesto de sucesiones y luego en la aceptación de la herencia del marido fallecido.

José María González Golpe
2 años

Me gustaría saber si teniendo una minusvalía del 80%, y comentando el tema de la instalación del ascensor a la presidenta de la comunidad y diciéndome que cómo se sabe que no están de acuerdo en la instalación, que se debe hacer, tenemos un edificio de 5 plantas que son casi dobles, ya que va desde el 1°A al 1°B, y subes otra planta,1°C al 1°D, y así sucesivamente hasta el 5°A,5°B, y que en total somos 18 vecinos y dos locales comerciales, ellos están obligados también, sí es que se puede hacer algo,y que anteriormente se inició los pasos para la instalación del ascensor, y se cometió el error de hacerlo por el patio interior, obteniendo la negativa por parte del ayuntamiento por tema que no reunía las condiciones de seguridad,y que el edificio de al lado,es el mismo portal y edificio que él nuestro, y ellos sí han podido instalar el ascensor por el portal y la escalera hasta el tejado, y la empresa que nos llevo la primera iniciativa nos robo 1266€por vecino, aunque hubo muchos que no han puesto nada, que puedo hacer para poder instalar el ascensor, por tema del divorcio, no e podido vivir en la vivienda, hasta ahora, estoy empadronado en el domicilio, después de 11 años, y no tengo otro remedio que vivir en el domicilio, y cada vez que me toca subir, me cuesta más que un riñón, y sicológicamente me afecta, que debo de hacer, gracias por adelantado a Fotocasa, por su atención y colaboración, con personas cómo yo, que no sabemos cómo actuar en los problemas, gracias a Fotocasa por adelantado.

Lydia
2 años

Gracias

Soufiane
2 años

Hola

Jose
2 años

Esta muy bien redactado, muy interesante.

Josefa blanco
2 años

Yo tengo una vpo en niebla huelva y pago de cuota por hipoteca de 240€, y me quedan 4 años 40 mensualidades para terminar el préstamo que pasos tengo quedar después,y que valor tendría la casa?

Miguel Angel
1 año
Responder a  Josefa blanco

El valor catastral total de una vivienda protegida y sus anejos es sólo la mitad del precio máximo legal de venta, y no la mitad del precio de mercado libre, que es mucho más caro. Tenéis que reclamar ante el Catastro para que os apliquen la argumentación de estas sentencias, y así pagar menos por el IBI y otro impuestos. Además, también podéis ampliar este razonamiento para pedir que el valor catastral del suelo sea sólo la mitad del precio máximo legal de venta del suelo, que en las viviendas de protección oficial es sólo el 15 % del precio máximo legal de venta de la vivienda y sus anejos, y no el carísimo precio del suelo del mercado libre. Y es un porcentaje algo superior en otros tipos de viviendas protegidas; consultad normativas autonómicas.
Me gustaría enlazar a tres sentencias de Tribunales Superiores de Justicia autonómicos, pero aquí no permiten links externos.

De Niro
1 año
Responder a  Josefa blanco

El valor de la vivienda seria el precio de mercado oferta y demanda. Una vez cancelado el prestamo hipotecario hay que pagar la cancelacion de la hipoteca con los consiguientes gastos .

Shammas
2 años

Yo buscando una piso de alquiler Miranda de Ebro

Bianca
1 año

Quisiera saber si para optar al alquiler de un piso me pueden obligar a contratar y pagar un seguro?? O es algo que deberia asumir el propietario??

Rosa mateos Avila
1 año

Yo quiero vender mi casa,tengo 70 años y no se lmpuesros que tengo que pagar si la vendo,
También me gustaría comprar algo semuna planta,para no tener escaleras,pero no se es de segunda mano que tengo que pagar…Me lo podeis aclarar..??? Un saludo

Yoli
1 año

Hola,me parece mal que los bancos tengan un tope de hipoteca en 50.mil y haya casas en 20 u 30 mil, donde está la hipotecas para esas casas ? Y no entiendo porque no dan el x , ? Así no ayudan , antes te daban hipoteca para comprar la casa , muebles y hasta el coche dentro de la misma hipoteca, que alguien me guíe

Yoli
1 año

El 100 x 100

Yoli
1 año

Mi pregunta es,como consigo una hipoteca 100 x 100 para una casa de 35mil con una pensión de 900 a 20 años ? Necesito poner un aval ? Gracias ‍♀️ un saludo

Marta
1 año

El IBI se paga todos los meses?
El seguro sobre la propiedad es obligatorio?

Conchi Acuña
4 meses
Responder a  Marta

El I.B.i , es una vez al año !

ANTONIO LÓPEZ CARRASCO
14 días
Responder a  Conchi Acuña

O TODOS LOS MESES EN UN REPARTO DEL TOTAL. EN MADRID SE LLAMA «PAGO A LA CARTA Y CON ESTE MÉTODO SE OBTIENE UNA BONIFICACIÓN DEL 5%

Rosa. Maria
1 año

Es una pregunta si en mi bloque hay 5 pisos que no tiene acceso al ascensor y no tienen puerta ni cuota de ascensor si hay que arreglarlos pagamos los 5 pisos voy a vender mi casa y tengo que comunicarlo al comprador

antonio jesus
1 año

He vendido una casa por 140.000 euros cuanto tengo que pagar a hacienda el año que viene?

María
1 año

Buenos días,
Soy viuda y mi marido murió sin hacer testamento, con lo cual soy propietaria del 66,6% de dos casas junto a mis hijas, propietarias del 16% cada una. No tengo buena relación con mis hijas y pago todos los gastos comunes de las dos viviendas yo sola. Ahora me exigen que pague también los gastos de internet de la casa en la que están viviendo ellas, pero yo no. ¿Estoy obligada a ello?.
Una de las casas la tengo alquilada y también me exigen su parte de alquiler, aunque ellas no pagan nada de los gastos de las casas, como ya he dicho. ¿Tengo que pagarles el porcentaje del alquiler como ellas me reclaman? Un saludo.

Eva Duarte
1 año
Responder a  María

Si no cumplen con sus obligaciones, el pago de los gastos, no pueden exigir derechos. Al vivir ellas en una de las casas deberían pagar tu porcentaje de alquiler, al final estás dando más que recibiendo, te están tomando el pelo exigiendo el pago del Internet, yo las denunciaría

Raquel
5 meses
Responder a  María

A esas malas hijas le corresponde pagar parte de los gastos de ambas casas y también cobrar parte del alquiler. Pero si no cubren gastos, no pueden exigir ganancias.
Lo ideal sería que se sentaran a conversar con un mediador neutro para evitar discusiones e injusticias y sino resuelve pues le tocará denunciarlas porque así no se puede vivir, a la larga se enfermará denunciarlas porque así sufrimiento si es que Ud es buena madre..

Fouad
1 año

Hola,
os habéis dejado los gastos de la cédula de habitabilidad y certificado energético. Son cada 5 o 10 años depende de la vivienda.

un saludo.

Fanny flores
1 año

Buena informacion y muy clara para quien quere tener un piso en propiedad solo q lo que se paga por las basuras en salt es el triple de lo q se calcula.lo peor q todos los ocupas no pagan nada y el ayuntamiento no hace nada.

Francisco
1 año

Voy a comprar una vivienda de 2 mano y tengo una discapacidad del 65%,En Cataluña ¿que ITP, voy a pagar?

Mari Carmen
1 año

Yo tengo una discapacidad del 66%. Me ahorraría algo en Guipúzcoa?

María José
11 meses

Hola!
Yo quisiera saber qué hay que pagar cuando heredas un piso para pasarlo a mi nombre

María José Gómez
11 meses

Hola quisiera saber qué impuestos se pagan cuando has heredado un piso y lo quieres poner a tu nombre. Gracias

Edgar Antonio Beltrán sGonzalez
10 meses

Interesado en alquiler en Colmenar

CarlosGonzálezjimeno@gmail.com
8 meses

Muchas gracias por toda la información

Sara
7 meses

No mencionan hacienda

Carlos B S
3 meses

Exactamente información Gracias!