Por lo tanto, “acudir” a la junta y votar a través de otra persona es posible (siempre que esta acepte libremente). De hecho, la LPH explica cuál debe ser el procedimiento para hacerlo.
Para autorizar a otra persona a acudir en su nombre a la junta, el propietario deberá firmar por escrito una autorización, en la que tiene que hacer constar su nombre, apellidos y DNI, los datos del inmueble que le pertenece y el coeficiente de participación. En el mismo documento también se deberán indicar todos los datos de la persona autorizada, incluyendo su DNI.
Cabe destacar que para que el delegado pueda ejercer su voto, el propietario al que representa debe estar al corriente de pago de los gastos de la comunidad; de lo contrario sí podrá acudir a la junta y dar su opinión, pero no podrá votar.
¿Se puede autorizar a cualquier persona para acudir a la junta de propietarios?
En efecto. Esta tercera persona puede ser cualquiera: otro vecino, un familiar, un amigo, un representante legal o, incluso, un inquilino, si tiene la vivienda alquilada. En cualquier caso, es imprescindible que antes de que empiece la junta presente el documento que le acredita como representante, y su DNI.
Por lo tanto, como hemos podido comprobar, la ley permite que un propietario delegue el voto en otra persona que actúe como representante, siempre que se firme por escrito una autorización.
Preguntas frecuentes sobre delegar el voto en las juntas de vecinos (FAQ)
¿Es válido un poder verbal para delegar el voto en una junta?
No. La representación debe constar por escrito y estar firmada por el propietario. El documento se debe presentar al empezar la junta junto con el DNI del representante.
¿Qué pasa si el propietario está en deuda con la comunidad?
Un propietario moroso puede asistir a la junta, pero podría no tener derecho a votar ni a delegar su voto. Para recuperar ese derecho, debe ponerse al día con los pagos antes de la reunión.
¿Se puede delegar el voto en el presidente de la comunidad?
Sí, es legal delegar el voto en el presidente o en cualquier otro propietario. Sin embargo, para evitar conflictos de interés, es recomendable hacerlo solo si existe confianza plena.
Buenos días. En mi comunidad hay dos bares que ponen la terraza en el soportal de la comunidad, sin ofrecer contraprestación económica alguna, generan continuos conflictos con los vecinos, por lo que se hizo una reunión para retirarles el permiso, llevaron autorizaciones de los vecinos ausentes y ganaron la misma por dos votos, tengo varias preguntas.
-Una mayoría simple en este caso sería suficiente para mantener la terraza?
-Cuál es la distancia que deben guardar con la fachada?
– se entiende por fachada tanto la zona de portal, como la zona de columnas?
Gracias
¿Puede el administrador de fincas, ser el delegado del voto de propietarios no asistentes a la junta?
Sí
En el caso de que un propietario reciba a su nombre votos delegados de otros propietarios, debidamente cumplimentados . Puede ese propietario delegar a su vez su voto y los recibidos en otra persona ?
Puede una comunidad prohibir delegar el voto? Gracias
No
Cuantos votos puede tener alguien delegado, aparte del propio
Me gustaría que alguien contestara a esta pregunta ya que uno llevó 60 votos y llevaba más que todos los asistentes y realmente lo que se votase salía lo que el decía.
La administradora de fincas envía la carta de delegación de voto en su propio nombre, es legal? Como se puede denunciar eso?