2. Por vencimiento del plazo pactado (art. 513.2 CC)
Si el usufructo se creó con una fecha límite y finaliza cuando llega ese momento. Puede ser por años, meses o incluso al cumplirse una condición (como cuando el hijo menor cumple 25 años, por ejemplo).
3. Por renuncia del usufructuario (art. 513.3 CC)
El usufructuario puede renunciar voluntariamente a su derecho, comunicándolo al propietario. A partir de ese momento, el usufructo deja de tener efecto.
4. Por pérdida o destrucción del bien (art. 513.4 CC)
Si la vivienda se destruye completamente por un incendio, un derrumbe o cualquier otro motivo, el usufructo también desaparece.
5. Por consolidación: cuando el usufructuario se convierte en propietario (art. 513.5 CC)
Si por cualquier motivo el usufructuario adquiere la nuda propiedad de la vivienda, el usufructo se extingue automáticamente porque ambas cosas pertenecen a la misma persona.
6. Por abuso de derecho o mal uso (art. 513.6 CC)
Si el usufructuario daña el inmueble o no cumple sus obligaciones (como hacer las reparaciones necesarias o informar de daños graves), el propietario puede acudir a los tribunales para solicitar que se extinga el usufructo.
7. Por prescripción (art. 513.7 CC)
Si el usufructuario no hace uso del bien durante mucho tiempo, podría perder el derecho por prescripción, dependiendo del caso y del criterio del juez.
Como ves, conocer bien los derechos y obligaciones del usufructuario de una vivienda es clave para evitar malentendidos entre propietarios y usufructuarios y para tomar buenas decisiones si estás pensando en comprar o alquilar una vivienda con usufructo.
Como siempre, en caso de duda, es recomendable contar con asesoramiento legal o inmobiliario especializado.