Cómo y cuándo se puede subir la cuota de la comunidad de vecinos

Estos son los pasos a seguir para poder aplicar una subida en la cuota de una comunidad de propietarios

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Estamos acostumbrados a que, a principio de año, la cuota del seguro del hogar, la del gimnasio o el precio del transporte suba. Y es que, como todos los años, es habitual que el precio de la vida aumente de forma general, incrementándose ligeramente el valor de los bienes y servicios, lo que se conoce como la inflación.

Sin embargo, ¿es legal subir anualmente la cuota de la comunidad sin avisar a los propietarios? ¿Están obligados a pagarla si no están de acuerdo? ¿Cómo y cuándo se puede incrementar? A continuación, desde Fotocasa, profundizamos sobre las cuestiones relacionadas con la subida del precio de la cuota de la comunidad de vecinos, uno de los gastos que deben abonar los propietarios de las viviendas.

¿Están todos los propietarios obligados a pagar la cuota de la comunidad de vecinos?

Sí. De acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) todas las personas que tengan un inmueble en propiedad están obligadas a pagar de forma periódica una serie de gastos, conocidos como gastos ordinarios.

Los gastos ordinarios son, como decimos, de pago obligatorio, dado que permiten el correcto mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad de propietarios. Dependiendo de lo que estipulen los estatutos de la comunidad, estos se pagarán de forma mensual, trimestral o anual.

Según la LPH, es obligatorio para cada propietario contribuir a los gastos generales para el adecuado mantenimiento del inmueble

Los propietarios también deberán abonar los gastos extraordinarios, conocidos como derramas, para hacer frente a gastos adicionales de mantenimiento, como por ejemplo el cambio de tuberías o la instalación de un ascensor. Eso sí, solo estarán obligados a pagarlos si son para mejorar la seguridad y/o accesibilidad del edificio. Si son con fines estéticos, como por ejemplo, mejorar la apariencia de la fachada, no estarán obligados a abonarlos (Art. 17.4 de la LPH).

¿Es obligatorio abonar las derramas para mantener la vivienda o mejorar la accesibilidad?

En el supuesto de que se trate de obras de conservación o mantenimiento del edificio, de sus servicios e instalaciones comunes, seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, estos gastos son obligatorios para todos los propietarios.

Otra cuestión son las obras de mejora, es decir, aquellas que no son necesarias para el mantenimiento del edificio pero que, pese a ello, la comunidad decide llevarlas a cabo. En este caso, a diferencia del anterior, si el importe de las obras supera las tres mensualidades de gastos comunes, el propietario que vote en contra del arreglo no estará obligado a contribuir a su pago.

¿A cuánto asciende la cuota de la comunidad de vecinos?

Depende. En primer lugar, cada comunidad de propietarios dispone de unos servicios e instalaciones distintas. Además, la cuota también depende del número de pisos entre los que repartirse los gastos.

Hay que tener presente que algunos vecinos pagan más gastos de comunidad que otros, en función de su cuota de participación estipulada según las dimensiones de la vivienda.

Generalmente, a cada inmueble se le atribuye una cuota distinta, a pesar de formar parte del mismo edificio, aunque en algunas comunidades todos los vecinos pagan una cuota fija igual para todos, la correspondiente a los gastos ordinarios. Esta suele ser de entre 100 y 110 euros al mes de media.

¿Cómo y cuándo se puede subir la cuota de la comunidad de vecinos?

En la junta general de propietarios ordinaria, que en muchas comunidades es habitual que se celebre durante el primer trimestre del año, el presupuesto previsto para el ejercicio económico se calcula teniendo no solo en cuenta los gastos previstos para este ejercicio sino también los ingresos.

La subida de la cuota suele votarse en la junta general de la comunidad, tras aprobar el presupuesto para ese año

Estos gastos se distribuyen entre los propietarios teniendo en cuenta su coeficiente de participación. Eso sí, siempre que el presupuesto se apruebe por mayoría simple de los propietarios asistentes de la junta.

¿Están obligados todos los propietarios a pagar la nueva cuota?

Todos los propietarios están obligados a pagar los gastos originados de la comunidad y las derramas que sirvan para mejorar la seguridad y accesibilidad al edificio, según la LPH.

Eso sí, para llevar a cabo la subida se debe obtener la unanimidad de los votos en la junta de propietarios, además de justificarse debidamente el motivo del aumento (inflación, incremento del precio de la energía, nuevos gastos en mantenimiento o limpieza…).

En caso de no estar de acuerdo con la subida, el propietario tiene derecho a impugnar la junta de propietarios si considera que el motivo de aumento de la cuota es injustificado. Cabe recordar que la impugnación debe respaldarse con argumentos sólidos y válidos.

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Carla Mas
2 años

Nos han subido la cuota de la comunidad sin ser aprobada en una reunión ¿Es legal hacerlo sin aprobarlo? Gracias

Marc Jima
1 año

….supera las tres mensualidades de gastos comunes…..¿es una errata? ¿son 12 mensualidades correcto?

De Niro
1 año

En una comunidad de vecinos con recinto cerrado ,de tres edificios con 24 viviendas cada edificio, la junta de gobierno ha decidido instalar 20 camaras de video exteriores por toda la zona comunitaria e incluso en los propios portales interiores. ¿esto es LEGAL? si hay algun vecino aunque sea solo uno,se puede considerar como valido desde el punto de vista de la ley de Propiedad Horizontal ? Estan todos los vecinos obligados a pagar la cuota que se ha asignado como coste mensual a la empresa de seguridad como un servicio de mantenimiento . ?

Avelino
1 año

En una Urbanizacion de viviendas se aprovo pintar las fachas de los tres edificios por que esteticamente decian que hacia ya 15 años que no se pintaba y estaban algo sucios , estan en color blanco y se han vuelto a pintar del mismo color. En este caso ha habido algunos vecinos que se han negado a realizar esta propuesta que ya se llevo a cabo hace varios meses.
¡ Mi pregunta ¿ Es obligatorio el pago de la derrama mensual que nos ha hipotecado durante 5 años debido a un prestamo bancario que hubo que pedir para asumir el costo de la Pintura de las fachadas,que ademas hay intuiciones de que ha habido mordida con la empresa contratada, por parte de algun miembro de la junta. SIN PRUEBAS.Lo cual no es posible llevarlo al juzgado .