Cómo saber las cargas de una vivienda

Te contamos qué son exactamente las cargas que pueden recaer sobre un inmueble, cuáles son las más habituales y cómo saber si existen

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En más de una ocasión hemos hablado sobre las posibles cargas que puede tener una vivienda. Sin embargo, si nunca hemos comprado una casa o no estamos muy familiarizados con el mundo inmobiliario puede que se trate de un concepto desconocido para nosotros.

Las cargas son las posibles deudas pendientes que recaen sobre una vivienda. Dado que suelen traspasarse al nuevo propietario, es muy importante saber si existen y cuáles son, especialmente si tenemos pensado comprar una vivienda en los próximos años. Te lo contamos en este artículo de Fotocasa.

¿Qué son las cargas de una vivienda y cuáles son las más habituales?

Las cargas de una vivienda son las deudas u obligaciones económicas que recaen sobre ella. Como decimos, aunque las haya generado el anterior propietario, al vender la casa pasarán a ser responsabilidad del comprador, por lo que es importante saber si existen y, en tal caso, acordar entre las partes quién se hará cargo de ellas en el momento de la compraventa.

Las cargas de una vivienda son las deudas económicas que recaen sobre ésta y que suelen traspasarse al nuevo propietario en una compraventa

Aunque la carga más habitual que suele recaer sobre una vivienda es la hipoteca, existen otro tipo de deudas o impuestos que, como decimos, tendremos que abonar en el caso de adquirir el inmueble sobre el que recaen.

Las deudas en las comunidades de propietarios son otras de las más comunes, así como el impago de suministros o, incluso, posibles embargos judiciales. Veamos una por una, cuáles son las cargas más comunes que pesan sobre los pisos.

  • Préstamos hipotecarios
  • Embargos judiciales
  • Alquiler del inmueble
  • Usufructo y servidumbre
  • Comunidad de propietarios
  • Suministros
  • Impuestos municipales

Préstamos hipotecarios pendientes de cancelar

Es, como apuntamos, la carga más común, dado que lo habitual es vender la vivienda antes de terminar de pagarla. Sin embargo, ésta suele subsanarse, dado que se cancela gracias a la compraventa o bien pasa al nuevo propietario, mediante subrogación hipotecaria.

Embargos judiciales por posibles impagos

Aunque son mucho menos comunes que las hipotecas, también se presentan en muchas ocasiones. Aparecen cuando el propietario tiene la vivienda y, posiblemente, otros bienes embargados, para poder hacer frente a alguna deuda pendiente. Lo ideal es que se cancele el embargo del inmueble que vamos a adquirir, para que no acabe repercutiendo en nosotros.

Las hipotecas son las cargas más comunes, dado que lo habitual es vender la vivienda antes de terminar de pagarla

Contratos de alquiler no finalizados

Según el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), cuando se vende un inmueble que está alquilado el nuevo propietario está obligado a mantener a los inquilinos hasta que termine el contrato de arrendamiento.

Derecho de usufructo y servidumbre sobre la vivienda

Vender una casa con usufructo es bastante habitual, aunque se trata de un concepto que puede ser complicado de entender. El usufructo es el derecho de uso y disfrute sobre un bien, pero no de ser su dueño; es decir, en este caso, el inmueble que adquiramos será de nuestra propiedad pero no tendremos derecho a vivir en él.

Impagos en la comunidad de propietarios

Además de las cargas anteriores, que estarán inscritas en el Registro de la Propiedad, existen otras deudas que, si bien no aparecen en él, sí que pueden pasar al nuevo propietario, por lo que es conveniente asegurarnos de si existen o no.

Los impagos en las comunidades de vecinos es, como hemos dicho, una de las cargas más habituales; de hecho, vender un piso con deudas en la comunidad es bastante habitual, por lo que hay que tener mucho cuidado, porque pasan a los nuevos propietarios.

Las deudas en las comunidades de vecinos y en los suministros son de las cargas más habituales y, además, pasan a los nuevos propietarios

Deudas en los suministros de la vivienda

También es habitual mudarse a casas con deudas en los suministros que, aunque no son cargas propiamente dichas, sí que son deudas que también pasarán a los nuevos propietarios.

Impagos en los impuestos municipales sobre el inmueble

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la plusvalía municipal y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) son impuestos municipales cuyos impagos tampoco aparecen en el Registro y que, sin embargo, pasan al nuevo comprador.

En la mayoría de los casos, para saber si una vivienda tiene cargas bastará con solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad

¿Cómo saber si una vivienda tiene cargas?

Ahora que ya sabemos qué son las cargas de una vivienda y cuáles son las más habituales, es importante analizar cómo podemos averiguar si la que vamos a comprar las tiene.

Para la mayoría de ellas bastará con solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad, que es un documento en el que aparece información tan importante como quién es el titular de una vivienda y qué cargas recaen sobre ésta (préstamos hipotecarios, embargos judiciales, arrendamientos, impuestos municipales y usufructo). Para ello deberemos ir personalmente al Registro o pedirla a través de su página web.

Para conocer la mayoría de cargas que tiene una vivienda bastará con solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad

Para saber si existen deudas en la comunidad de vecinos, bastará con pedir al propietario un documento firmado por el presidente de la comunidad, el secretario y el administrador de fincas, en el que conste que está al corriente de pago.

Si lo que queremos saber es si existen deudas con los suministros deberemos solicitar dicha información a las respectivas compañías suministradoras, para liquidar dichos importes, y tramitar un cambio de titularidad o una nueva alta, en cada caso.

Como hemos podido comprobar, saber si existen cargas en una vivienda es uno de los trámites imprescindibles que tenemos que hacer antes de mudarnos.

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Mikel M
1 año

Pregunta: Certificado de libre de cargas, puede entrar daños en bajante externo por la fachada y humedades paredes pintura zona escaleras por lluvia y viento, que estábamos a punto de firmar en la notaría. Cuando habíamos notificado que no teníamos ninguna deuda?… Quién se tiene hacer cargo?
Muchas gracias!
Un Saludo!