Cómo funciona la donación de una vivienda paso a paso

Analizamos qué es exactamente la donación de una propiedad, cómo se debe hacer y cuánto se debe pagar

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En 2022 se registraron un total de 22.669 donaciones de vivienda en España, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Si bien el año anterior esta cifra fue ligeramente superior (25.304), se trata de una práctica cada vez más habitual en nuestro país.

Por ello, en este artículo de Fotocasa queremos explicar qué es exactamente la donación de una vivienda, cómo debe llevarse a cabo y qué impuestos se deben pagar al hacerla, entre otros aspectos.

¿Qué es la donación de una vivienda?

La donación es un acto jurídico mediante el cual una persona, denominada donante, transmite su propiedad a otra, conocida como donatario, sin recibir ningún tipo de compensación económica a cambio. Se trata de un acuerdo voluntario que, generalmente, se da entre padres e hijos.

Si bien, como decimos, se hace de forma gratuita, es decir, el donatario no debe comprar el inmueble, sí que se deberán pagar una serie de gastos e impuestos asociados, como veremos más adelante.

La donación es un acto jurídico mediante el cual una persona transmite su propiedad a otra sin recibir ninguna compensación económica a cambio

¿Qué requisitos se tienen que dar para hacer la donación de una vivienda?

El requisito principal para poder hacer la donación de una propiedad es que el donante esté vivo; de hecho, es lo que diferencia a este acto de la herencia. Además, tendrá que ser el titular de la vivienda y ésta deberá estar libre de cargas y estar al corriente de pago del IBI.

Si no se dan todos estos requisitos la donación no se podrá llevar a cabo. Si, por el contrario, se cumplen, el beneficiario de la donación deberá aceptarla y, posteriormente, se tendrán que hacer nuevas escrituras ante notario, en las que conste quién es el nuevo propietario de la vivienda. También se deberá cambiar la titularidad en el Registro de la Propiedad.

Para poder hacer una donación el donante tiene que estar vivo, ser el titular del piso y éste debe estar libre de cargas y al corriente de pago del IBI
que es una donacion

¿Cómo hacer la donación de una vivienda?

Como hemos comentado, el donante -o donantes- tiene que ser el titular del inmueble y acreditarlo. Para ello, deberá solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad, en la que aparecerá, además de la titularidad, si hay cargas sobre la vivienda.

También deberán disponer de las escrituras de la vivienda y el último recibo del IBI, para demostrar que está al corriente de pago.

Cuando ya se disponga de toda esta documentación tanto el donante como el donatario deberán acudir al notario, donde firmarán la escritura de donación, mediante la cual aceptarán sus respectivas voluntades: donar y recibir el inmueble, respectivamente.

Cuando se disponga de toda la documentación, el donante y el donatario deberán acudir al notario donde firmarán la escritura de donación

Una vez firmada la escritura de donación, se tendrán que hacer nuevas escrituras de la vivienda, para hacer constar en ellas quién es el nuevo propietario, y cambiar la titularidad en el Registro de la Propiedad, como hemos mencionado anteriormente.

como hacer una donacion de vivienda

¿Cuánto hay que pagar para hacer la donación de un inmueble?

Aunque el donatario transmite su propiedad sin recibir ninguna compensación a cambio, una donación implica una serie de cargas fiscales, por ambas partes.

¿Qué impuestos debe pagar el donatario?

La persona que recibe la donación deberá pagar, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha de transmisión, dos impuestos:

  • El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que viene regulado por cada Comunidad Autónoma
  • La plusvalía municipal, también conocida como impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que está regulada por los respectivos ayuntamientos.

La plusvalía municipal sólo se deberá pagar si el valor del inmueble ha incrementado desde que se adquirió, como en el caso del IRPF.

¿Qué impuestos debe pagar el donante?

Si el valor del inmueble es superior al precio que el propietario pagó por él cuando lo adquirió, deberá pagar el IRPF, dado que deberá declararlo como ganancia patrimonial en la declaración de la renta. Tributará entre un 19% y un 26%, en función de la ganancia obtenida.

Cabe mencionar que hay dos excepciones por las cuales el donatario puede quedar exento de abonar el IRPF.

  • Si la propiedad es la vivienda habitual del donante y éste tiene más de 65 años
  • Si el donante se queda el usufructo del inmueble y dona sólo la nuda propiedad, hasta su fallecimiento.

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Francisco Javier Cobo Guzmán
1 año

Una cosa que no está clara: dice el IRPF debe pagarlo el donante y, poco después, que hay dos excepciones por las cuales el donatario puede quedar exento de abonar el IRPF. ¿En qué quedamos? ¿El IRPF lo paga el donante aunque no haya tenido beneficio alguno o el donatario?