1. ¿Cuánto cuesta registrar una propiedad en el Registro de la Propiedad?
No hay un coste fijo, sino que varía según el valor que se le otorgue al inmueble, en función de su ubicación y características y las tablas del . Las tasas son aprobadas por el Gobierno y pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad que indica que la tasa a pagar serán calculadas de la siguiente manera:
| Precio de venta de la vivienda |
Coste |
| Menos de 6.010,12€ |
24,04€ |
| Entre 6.010,12€ – 30.050,62€ |
1,75€ más por cada 1.000€ adicionales |
| Entre 30.050,62€ – 60.101,21€ |
1,25€ más por cada 1.000€ adicionales |
| Entre 60.101,22€ – 150.253,03€ |
0,75€ más por cada 1.000€ adicionales |
| Entre 150.253,04€ – 601.012,10€ |
0,30€ más por cada 1.000€ adicionales |
| Más de 601.012,10€ |
0,20€ más por cada 1.000€ adicionales |
Esto, traducido a un precio medio, equivale a un coste de entre 0,20% y 0,05% del precio de la vivienda o entre 50€ y 300€, según el precio de la compraventa.
La nota simple informativa del Registro de la Propiedad, que verifica quién es el titular y propietario de un inmueble, se expide normalmente el mismo día o al día siguiente de solicitarla.
2. ¿Es obligatorio el Registro de la Propiedad?
No es obligatoria, pero garantiza seguridad jurídica al propietario de un inmueble, que ve protegidos sus derechos en los tribunales ante cualquier controversia. Además, que un inmueble cuente con documento registral facilita que pueda venderse o dejarse en herencia.
Cabe diferenciar el Registro de la Propiedad del Catastro y el valor catastral, que es un registro administrativo en el que obligatoriamente deben inscribirse todos los bienes inmuebles con su correspondiente descripción (rústico, urbano…).
Se confunde la Nota Continuada, que suministra información acerca de una finca concreta durante un tiempo (interesante para saber si se vende o se inscriben cargas sobre la misma), con la Certificación de Dominio y Cargas, que es la que da fe del estado y titularidad de una finca. La nota continuada puede obtenerse por internet. El certificado requiere acudir al Registro físicamente y su coste es más elevado (unos 30 euros por finca).
Buenas tardes:
Es normal que el registro de la propiedad inmobiliaria, cuando una persona supuestamente pida la titularidad del inmueble, el registro de la propiedad le de no solo la titularidad del inmueble, sino también que la vivienda tiene una anotación de embargo, la cantidad en euros y los intereses.
Eso es normal
Lo digo porque a mí me a ocurrido, han ido al registro y el registro le ha dado todos estos datos, yo no lo veo eso muy normal.
Creo que están vulnerando mis derechos, a nadie le importa si mi vivienda tiene un embargo y menos la cantidad exacta.
Muchas Gracias