¿Me pueden echar de un piso compartido?

Desgranamos qué dice la ley al respecto y si hay excepciones, de la mano del área jurídica de Alquiler Seguro

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Un 3% de particulares busca alquilar una habitación en un piso compartido, según el análisis “Perfil de las personas que comparten vivienda”, el último elaborado por el portal inmobiliario Fotocasa al respecto.

De hecho, compartir piso en nuestro país es bastante habitual, dado que el elevado precio de la vivienda en alquiler impide que muchas personas puedan alquilar un piso en solitario.

Un 3% de particulares mayores de edad busca alquilar una habitación en un piso compartido en España, según un estudio de Fotocasa

Sin embargo, vivir bajo el mismo techo no siempre es sencillo, así que es recomendable seguir una serie de reglas de convivencia para compartir piso. Pero ¿qué sucede si éstas no se cumplen? ¿Es posible echar a alguien de una vivienda compartida? Desde Fotocasa analizamos qué dice la normativa, en función de los posibles escenarios.

¿En qué escenarios es posible echar a un inquilino de un piso compartido?

A grandes rasgos, la respuesta a esta cuestión es siempre que haya un incumplimiento del contrato por parte del inquilino. Sin embargo, es importante destacar que no es obligatorio disponer de un contrato de alquiler para alquilar una habitación, por lo que demostrar un incumplimiento de éste no siempre será posible.

Y es que se trata de un documento no sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la normativa que regula todo lo relativo a los alquileres en nuestro país. Pero ello, según recogen los artículos 1554 y posteriores del Código Civil, bastará con un pacto expreso entre las partes.

Dado que no es obligatorio disponer de un contrato de alquiler para una habitación, demostrar un incumplimiento de éste no siempre será posible

Al ser un pacto expreso entre las partes, serán éstas quienes decidan las condiciones del alquiler, tales como el precio, la duración y el reparto de gastos, entre otras. Si bien será el propietario quien tenga la potestad de decidir todas las cuestiones relativas al alquiler, tanto éste como el inquilino podrán desestimar el contrato cuando así lo consideren.

Miriam Nasser, responsable del área jurídica de Alquiler Seguro, asegura que «es necesario examinar las posibles resoluciones del contrato de arrendamiento cuando se está compartiendo piso. Lo primero a comprobar es que tipo de contrato de arrendamiento hemos suscrito y las obligaciones dispuestas para las partes: ¿Me han arrendado la vivienda entera y aparezco como titular del contrato de arrendamiento como cotitular? o ¿Me han arrendado únicamente una habitación?».

Veamos qué escenarios se pueden dar y cómo proceder en cada uno de ellos al alquilar una habitación en un piso compartido.

  • ¿Me pueden echar si alquilo una habitación dentro de una vivienda?
  • ¿Me pueden echar si alquilo un piso con varias personas y todas aparecen en el contrato?
  • ¿Me pueden echar si alquilo un piso con varias personas pero no todas aparecen en el contrato?
"Es necesario examinar las posibles resoluciones del contrato de arrendamiento cuando se está compartiendo piso", asegura Nasser

¿Me pueden echar si alquilo una habitación dentro de una vivienda?

En este caso que nos echen o no del inmueble dependerá exclusivamente del casero, que tendrá el derecho de hacerlo si hemos incumplido con alguno de los aspectos y cláusulas pactadas en el contrato de alquiler. Entre ellos, podemos encontrar:

  • impagos en la renta
  • subarriendo de la habitación
  • no respetar las normas de convivencia

En este caso, lo ideal sería que el casero nos exponga la situación e intentar llegar a un acuerdo con éste; de lo contrario, tendremos que abandonar el inmueble.

Así pues «si has suscrito un contrato de arrendamiento de habitación, en caso de que se incumplan las obligaciones contenidas en el contrato, se podrá instar la resolución del contrato de arrendamiento de habitación, acción que se dirigirá en exclusiva al arrendatario que ha incumplido sus obligaciones contractuales.»

“Si alquilas una habitación, el casero podrá resolver el contrato, en caso de que incumplas las normas establecidas”, recuerda Nasser

¿Me pueden echar si alquilo un piso con varias personas y todas aparecen en el contrato?

Esta situación es un tanto diferente a la anterior, aunque también será el casero quien decida si nos echa de su vivienda o no. Sin embargo, en este caso será más complicado resolver el contrato, dado que al aparecer todas las personas en el contrato será responsabilidad común cumplir lo que se estipula en él.

Así pues «si eres inquilino de una vivienda compartida, los derechos y obligaciones son comunes para todos los inquilinos. En caso de incumplimiento , se instará la resolución del contrato de arrendamiento frente a todos los arrendatarios,» asegura Miriam Nasser.

“Si eres arrendatario de una vivienda compartida, los derechos y obligaciones son comunes para todos ellos, sin excepción”, asegura Nasser

Eso sí, el resto de inquilinos podrán avisar al casero del incumplimiento de las normas por nuestra parte, aunque en este caso el propietario podrá poner fin al contrato de alquiler en su totalidad.

Nasser recuerda que «La Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 27 establece que como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones en el contrato de arrendamiento, se podrá instar la resolución del contrato de arrendamiento. Entre las causas de resolución que se recogen en la ley de arrendamientos urbanos, destacan el impago de la renta, el subarriendo de la vivienda, o que en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

¿Me pueden echar si alquilo un piso con varias personas pero no todas aparecen en el contrato?

Este caso es similar al primero, dado que aunque no todos los inquilinos aparezcan en el contrato de alquiler sí que existirá -o es recomendable- un documento en el que las partes acuerden qué  derechos y deberes tendrá cada una.

Así pues, de nuevo, el casero podrá echarnos, en el caso de que incumplamos con lo pactado. También podrá poner fin al contrato de alquiler en su totalidad, lo que también nos afectará, aunque no aparezcamos en él.

La LAU establece que el incumplimiento de las obligaciones en el contrato de alquiler podrá instar en su resolución

Por lo tanto, estos son los principales escenarios que se pueden dar al alquilar una habitación en un piso compartido, en el caso de que nos quieran echar de él.

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Jose Luis
2 años

Pero no queda nada claro quien determina el cumplimiento de lo pactado en contrato (suponiendo que este exista), si lo decide el propietario o hay que ir a juicio, lo que sería un gran problema.
Lo normal será que haya “encontronazo”, es decir, que si tú incumples, que si yo si que cumplo.
¿Se podría estipular en el contrato que el propietario pueda cancelar el mismo y obligar al desalojo inmediato de la vivienda o habitación unilateralmente sin tener que justificar nada? Parece lógico pensar que ningún propietario quiera prescindir un buen inquilino que pague bien y no de problemas.
Si esto lo firman las partes a priori entendiendo que esta posibilidad le facilita al propietario la resolución de problemas futuros y que ello pueda implicar un importe más bajo del alquiler, ¿sería legal? ¿o bien el arrendatario puede acogerse a que se trata de una clausula abusiva y no abandonar la habitación?
Si el propietario intuye problemas y que un inquilino problemático se le puede enquistar y que no tenga facilidad para resolver el tema tiene dos opciones: repercutir el riesgo incrementando el precio del alquiler o la más sencilla, NO ALQUILAR y vender la vivienda, dedicando su dinero a otro tipo de inversión.
El problema está en la falta de oferta de vivienda para la gente más vulnerable y si no se dan facilidades a los propietarios para que estos pongan sus viviendas en el mercado de alquiler, la oferta seguirá en descenso y los posibles inquilinos cada vez lo tendrán más difícil.

Julián
2 años
Responder a  Jose Luis

Hola José Luis, coincido totalmente con tu criterio, pero la situación se agrava cuando los políticos no solucionan el problema de los vulnerables y transmiten su responsabilidad a los propietarios, como si fueran un Ente Público o una ONG, impidiendo los desalojos, encareciéndolos y alargándolos. Si los políticos no son capaces de solucionar el problema, ¡¡¡que alojen a los vulnerables en sus casas!!!

Montserrat
1 año
Responder a  Julián

Completamente de acuerdo

Afri
1 año

He leído este artículo más que por saber si me pueden echar de un piso compartido, por si hay alguna manera echar de casa a una compañera de piso si no incumple ningún punto del contrato , pero hace la convivencia imposible al resto. El casero está al tanto y nos respalda a las otras cuatro compañeras de piso, pero no sabe como actuar él tampoco para que no le repercuta legalmente.
Hemos probado con mediadores externos remunerados, en un primer momento con el casero, con abogados por injurias y calumnias a nuestras personas llegando a mandar un burofax. Alguna sugerencia?. Llevamos mas de un año en esta situación y ella está en pie de guerra con el resto sin ningún tipo de repercusión,más bien lo contrario, se regodea y actúa de modo arrogante porque sabe que no podemos hacer nada. estamos planteando irnos nosotras cuatro, pero no es justo que se tengan que ir cuatro por la mala convivencia con una. Ayuda por favor!!

Inquilina
1 año

En mi caso comparto piso y alquilamos todas las partes y una de las personas es violenta y se le ha interpuesto una denuncia por amenazas ante la autoridad competente. En ¿este caso incurriría un desahucio parcial por el tipo de situación?
Saludos

Magdalena
1 año

Mi hija ha alquilado una habitación en un piso de estudiantes en el que sólo deberían ser chicas y en menos de un mes de convivencia han descubierto que una de las chicas es trans y se autolesiona, saliendo ensangrentada cada dos por tres y la verdad que nos da miedo. Qué podemos hacer?