¿Cómo se debe pagar el alquiler en un piso compartido?

Desde la aprobación de la nueva Ley de Vivienda, la renta debe abonarse de una forma específica. ¿Qué ocurre con las viviendas compartidas?

Agustina Battioli
Agustina Battioli Experta en el sector inmobiliario

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Hasta hace poco, el pago de la mensualidad del alquiler podría hacerse a través de varios métodos: en metálico, por transferencia, por Bizum o por domiciliación bancaria. Sin embargo, desde la aprobación de la Ley de Vivienda, en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de mayo de 2023, cambia la forma en la que debemos pagar la renta todos los meses.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establecía en el apartado 17 número 3 que el «pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada». Tras la actualización acordada en la nueva Ley de Vivienda, la forma en la que los inquilinos pagan el alquiler queda modificada: ahora «el pago se efectuará a través de medios electrónicos«.

Pero ¿qué ocurre con las viviendas compartidas?, ¿cómo deben pagar el alquiler las personas que comparten vivienda o alquilan una habitación? Desde Fotocasa, analizamos lo que dice la ley sobre la forma de pago de la renta en pisos compartidos.

Pagar el alquiler si se comparte piso o se alquila habitación

No es lo mismo alquilar una vivienda entera con compañeros o amigos que alquilar una habitación por separado: el precio, la oferta y la ley que regula cada contrato es distinta.

La ley aplicable a los contratos de vivienda alquilada y a los contratos de alquiler de habitación es distinta, por lo que varía la normativa relativa a la forma de pago

Por un lado, el contrato de una vivienda alquilada de forma completa por varios inquilinos se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece las cláusulas que deben figurar en el contrato y los derechos y obligaciones de los propietarios e inquilinos de la vivienda. Por otro lado, el contrato de habitación en una vivienda compartida está regulado por los artículos 1554 y siguientes del Código Civil.

¿Cómo se debe pagar el alquiler en una vivienda compartida?

De acuerdo la modificación expresa en la nueva Ley de Vivienda del número 3 del apartado 17, «El pago se efectuará a través de medios electrónicos. Excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y a solicitud de esta, se podrá efectuar en metálico y en la vivienda arrendada».

Es decir, aquellos inquilinos que alquilen una vivienda entera para compartir deberán abonar la renta mensual del alquiler a través de medios electrónicos: por transferencia, Bizum, domiciliación bancaria… De forma excepcional, el pago de la renta se podrá abonar en metálico si una de las dos partes no dispone de cuenta bancaria o no tiene acceso a medios electrónicos. En este caso, el abono se podrá efectuar en metálico y en la vivienda que se alquila.

El pago de la renta se debe efectuar a través de medios electrónicos, de acuerdo con la nueva Ley de Vivienda

Lo más común es que uno de los inquilinos pague el alquiler mensualmente y que el resto le transfiera su parte mediante transferencia, Bizum…

¿Y cómo se abona la mensualidad del alquiler de habitación?

Muchos inquilinos que comparten vivienda prefieren elegir esta otra alternativa: alquilar una habitación y disfrutar del derecho de uso de las zonas comunes de la casa, como la cocina, el salón o el baño. Esta modalidad de arrendamiento es una opción ideal para quienes recién empiezan sus estudios en una nueva ciudad o para los que quieren seguir pagando siempre el mismo precio por el alquiler.

Quienes alquilan una habitación y no una vivienda completa siempre pagan el mismo precio que pactaron con el propietario, independientemente de si el resto de habitaciones están libres u ocupadas. En este caso, los contratos de alquileres de habitaciones están regulados por el Código Civil, cuyo texto no especifica la forma de pago que debe emplearse para abonar el importe mensual de la renta.

Las partes pueden acordar la forma de pago en el caso de los contratos de alquiler de habitaciones por separado, regulados por el Código Civil

En los alquileres de habitaciones por separado, las partes podrán acordar cuál será la forma de pago de la renta: en efectivo, por transferencia… Este aspecto es uno de los elementos que debe contener el contrato de alquiler de habitación, incluyendo el importe de la renta y la periodicidad.

En este caso, la persona que alquila la habitación deberá abonar cada mes el importe de la renta a través de la forma de pago acordada con el propietario.

La forma de pago del alquiler más habitual: la transferencia bancaria

Hoy en día, el abono de la renta mensual mediante transferencia bancaria es la modalidad de pago más utilizada. Los inquilinos pueden transferir el importe de la renta a sus caseros en cuestión de segundos o programar transferencias periódicas a principios de mes para asegurarse de abonar el alquiler sin retrasos ni olvidos.

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Andrea
1 año

¿Puede exigirme mi casera que solo se lo pague uno de los inquilinos? Aunque figure cuenta bancaria en el contrato. Es un contrato de carácter solidario.