La Ley de Arrendamientos Urbanos establece, en su artículo 36, que “todos los inquilinos están obligados a pagar al propietario el equivalente a un mes de alquiler en concepto de fianza”, para garantizar el cumplimiento legal del contrato de arrendamiento. Este importe debe entregarse en efectivo en el momento en el que se firma el contrato de alquiler.
La LAU también es clara sobre cuándo se debe entregar la fianza del alquiler: pasados 30 días desde la entrega de las llaves, siempre que el inquilino haya cumplido con sus obligaciones. Pero ¿puede éste dejar de pagar el último mes a cambio de la fianza? Desde Fotocasa analizamos qué dice la ley al respecto.








