Al alquilar una vivienda en negro, los propietarios evitan declarar las rentas percibidas por el alquiler de los inmuebles en el IRPF. Sin embargo, se trata de una práctica muy arriesgada, que puede derivar en el pago de multas por evasión fiscal de hasta el 150% de la cantidad no declarada, de acuerdo con el artículo 191 de la Ley General Tributaria.
A continuación, desde Fotocasa, analizamos todo lo que debes saber sobre el alquiler de inmuebles en negro, así como los riesgos que conlleva esta práctica, cada vez más vigilada y castigada por la Agencia Tributaria.
¿Qué es alquilar una vivienda en negro?
Los alquileres de viviendas deben ser declarados y registrados oficialmente en la Agencia Tributaria. Cuando hablamos de alquilar una vivienda en negro nos referimos a los arrendamientos en los que no se inscribe el contrato en el Registro de la Propiedad, no se deposita la fianza en la organismo que corresponda, ni se declaran los ingresos percibidos por las rentas mensuales cobradas al inquilino en la Declaración de la Renta.
Los propietarios de viviendas que alquilan sus viviendas en B se enfrentan a la pérdida de ventajas fiscales y al pago de elevadas multas tributarias.
¿Es legal alquilar una vivienda en negro y sin contrato?
Lo cierto es que alquilar una vivienda sin contrato por escrito, es decir, mediante un acuerdo verbal, es legal siempre que el propietario cumpla con las obligaciones estipuladas por la Ley: solicitar una fianza y depositarla debidamente en la entidad que corresponda y declarar los ingresos del alquiler en la Declaración de la Renta. Sin embargo, cuando esto no se produce, hablamos de una práctica ilegal.
A pesar de que la Agencia Tributaria lleva años investigando a fondo el arrendamiento de viviendas en negro, se trata de una práctica muy arraigada a nuestro país y que más ha contribuido a la economía sumergida. Tanto es así que, gracias a las campañas de avisos de datos fiscales a presuntos arrendadores, se ha «favorecido la incorporación de más de 1.182.000 declaraciones que incluyen rendimientos del capital inmobiliario, con una mayor base imponible declarada de más de 7.700 millones de euros y una recaudación asociada a estas campañas que se estima en 933 millones de euros«, indican desde La Moncloa.









Vivo hace dos años en una casa de alquiler en la cual no tengo contrato ni los recibos de pago no tiene cédulo no tiene boletín de contadores no puedo tener empadronamiento qué puedo hacer que pagado honradamente
Mi pareja vive en un piso que eran oficinas. En total son de 5 a 8 convivientes, de las cuales 4 pagan 200€/mes en conceptos de alquiler y gastos. El propietario invade junto con amigos o familia la vivienda llegando a entrar en las habitaciones sin consentimiento, no permite empadronarse, no pone luz en las escaleras y el edificio está en un estado lamentable.
El propietario no realiza mantenimientos ni reparaciones.Hay roedores y bichos varios, Ni ha cocina, ni lavadora… Cada uno se apaña en su habitación como buenamente puede.
Mi pareja es el más antiguo inquilino, lleva casi año y medio allí. Que pasaría si él u otra persona externa a la vivienda realiza una denuncia en Hacienda por alquiler ilegal?