Entre las obligaciones que tiene un inquilino al alquilar una vivienda se encuentra la de devolverla tal y como la encontró cuando entró a vivir en ella. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos es muy clara al respecto: “el arrendatario deberá devolver el inmueble en el mismo estado en el que se encontraba cuando el propietario se lo entregó”.
De lo contrario, el casero estará en pleno derecho de reclamar los daños en la vivienda alquilada e, incluso, de descontarlos de la fianza del alquiler. Pero ¿qué pasos debe seguir para reclamar estos daños en la vivienda? Lo analizamos en este artículo de Fotocasa.
¿Qué daños se pueden reclamar en una vivienda alquilada?
Entre las comprobaciones que hay que hacer cuando un inquilino deja el piso de alquiler se encuentran los daños o desperfectos que haya ocasionado en el inmueble durante el tiempo que haya estado viviendo en él, ya sea en el mobiliario, como en los electrodomésticos e, incluso, en los elementos estructurales del inmueble.
Y no sólo eso. En el caso de que el inquilino decida hacer ciertos cambios o reformas en el inmueble deberá contar con el consentimiento por escrito del propietario. Eso sí, en el momento en el que deje el piso deberá devolverlo tal y como estaba, a no ser que el casero diga lo contrario. De hecho sólo podrá y “deberá llevar a cabo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario del inmueble”, según recoge la LAU.
Si el inquilino no cumple con todo ello, el propietario estará en pleno derecho a reclamar los desperfectos que haya ocasionado y, como decimos, descontarlos de la fianza e, incluso, de la garantía adicional. Pero ¿qué pasos deberá seguir?








