¿Dónde podemos dejar un paquete que hemos recibido si no estamos en casa?

Una de las preguntas que nos solemos hacer cuando recibimos un paquete y no podemos recogerlo es qué podemos hacer con él. ¿Qué alternativas tenemos? ¿Podemos pedir que lo dejen delante de la puerta?

Javier Mezcua
Javier Mezcua Experto en el sector inmobiliario

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La mayoría de los españoles compra por Internet. En 2024, el número de personas que compró por la red ascendió a 29,4 millones en España, según datos del Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (Ontsi).

La popularidad del comercio electrónico ha provocado que la recepción de paquetes en los edificios de viviendas sea una constante, pero ¿qué ocurre si no podemos recibir un paquete? Lo cierto es que no siempre queda claro dónde se pueden dejar. En Fotocasa explicamos dónde podemos dejar un paquete cuando no estamos en casa y qué dice la Ley de Propiedad Horizontal al respecto.

¿A quién podemos dejarle un paquete si no podemos recogerlo?

Adquirir ropa, utensilios o, incluso, comprar muebles por Internet es cada vez más habitual. Sin embargo, hacer una compra online y no poder recibirla no está fuera de lo común. Por distintos motivos, puede ser que cuando llegue el repartidor no estemos en nuestro domicilio. En estos casos, es habitual recurrir a un vecino o, incluso, a un local comercial ubicado en la propia finca.

Eso sí, para que un vecino recoja nuestro paquete, primero, deberíamos preguntarle si no le importa hacerlo y, segundo, deberíamos autorizarlo ante la empresa de reparto. Si tenemos buena relación con los empleados de algún local comercial ubicado en la finca, también podemos hablar con ellos para que recojan el paquete.

¿Puede el repartidor dejar un paquete a un vecino sin nuestra autorización?

El artículo 33.1 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías dice que «el porteador deberá entregar la mercancía transportada al destinatario en el lugar y plazo pactados en el contrato».

"El porteador deberá entregar la mercancía transportada al destinatario en el lugar y plazo pactados en el contrato"

Asimismo, la Ley del Servicio Postal Universal señala, en su artículo 24, que «el operador designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal deberá realizar la entrega de los envíos en la dirección postal que figure en su cubierta» y añade lo siguiente: «Los envíos, según el tipo de que se trate, se entregarán al destinatario o a la persona que este autorice o serán depositados en los casilleros postales o en los buzones domiciliarios, individuales o colectivos». La norma indica que «se entenderá autorizado» cualquiera que se encuentre en el domicilio, salvo oposición del destinatario.

Además, si no hemos autorizado a una tercera persona para que recoja nuestro paquete, podríamos estar ante una posible vulneración de los principios de integridad y confidencialidad de los datos personales recogidos por el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos.

Si no hemos autorizado a un tercero para que recoja el paquete, podríamos estar ante una posible vulneración de los principios de integridad y confidencialidad de nuestros datos

¿Por qué? Porque en los paquetes suele haber una etiqueta en la que aparecen nuestros datos identificativos (nombre y apellidos, dirección y, a veces, teléfono) y esos datos estarían siendo expuestos. En este sentido, la Agencia Española de Protección de Datos ha abierto varios procedimientos sancionadores contra empresas de reparto.

Visto lo visto, el repartidor debería entregarnos el paquete a nosotros, a menos que hayamos autorizado a una tercera persona para su recogida.

¿Es posible dejar el paquete delante de la puerta de la vivienda?

Parece una solución rápida, sobre todo, si el mensajero nos llama para decirnos que está frente a nuestra vivienda y no estamos en casa, pero no siempre es la mejor opción. ¿Por qué? Estas son algunas razones por las que dejar un paquete en la puerta de la vivienda conlleva riesgos:

  • Existe riesgo de robo.
  • Puede generar molestias si el paquete invade zonas de paso como rellanos o escaleras.
  • Puede generar conflictos con la comunidad de vecinos, sobre todo, si es una práctica habitual.
  • Puede contravenir las normas de la comunidad de vecinos.

¿Qué dice la normativa sobre dejar paquetes en las zonas comunes?

El artículo 9.1 de la Ley sobre Propiedad Horizontal (LPH) dice que es obligación de cada propietario «respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».

Asimismo, el artículo 7 de la citada ley señala que los propietarios o inquilinos no pueden llevar a cabo actividades que perjudiquen a la finca o contravengan normas generales sobre convivencia.

Los propietarios o inquilinos no pueden llevar a cabo actividades que perjudiquen a la finca

No obstante, se puede llegar a acuerdos para definir cómo se usan los espacios comunes. El artículo 6 de la LPH dice que «para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior».

Así que, a menos que lleguemos a un acuerdo con los vecinos, no deberíamos usar las zonas comunes para fines privados.

¿Qué podemos hacer si queremos recibir un paquete, pero no podemos recogerlo?

Si necesitamos hacer una compra por Internet y prevemos que no estaremos disponibles cuando llegue el paquete, podemos intentar buscar una solución, así evitaremos posibles pérdidas o robos y conflictos con los vecinos.

Una opción es enviarle el paquete a un amigo o a un familiar. En este caso, si la tercera persona acepta, podemos introducir su dirección durante el proceso de compra.

Otra solución es recurrir a las taquillas inteligentes que algunas empresas están instalando en quioscos, oficinas de Correos, edificios de oficinas, etc., y que en algunos casos están disponibles las 24 horas. Un ejemplo es Correos.

Correos ha instalado 2.249 terminales, de acuerdo con su informe anual de 2024. Podemos encontrarlos en las oficinas de Correos o en lugares como supermercados, gasolineras…

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