¿Quién debe arreglar los electrodomésticos en un piso de alquiler?

Los electrodomésticos, a veces, se estropean. ¿Quién debe arreglarlos? Analizamos qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre quién paga las averías de los electrodomésticos en un piso de alquiler.

Javier Mezcua
Javier Mezcua Experto en el sector inmobiliario

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Seguro que alguna vez se nos ha roto la lavadora, la nevera o cualquier otro electrodoméstico de nuestra vivienda. Si somos los propietarios y el aparato lo hemos roto nosotros, no hay discusión, tendremos que comprar uno nuevo o repararlo.

Sin embargo, ¿qué ocurre si vivimos de alquiler? ¿El casero está obligado a solucionar las averías de los electrodomésticos o es responsabilidad del inquilino hacerse cargo de las reparaciones? Para resolver quién se encarga de las averías en un piso de alquiler debemos acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos?

La ley nos proporciona un marco jurídico al que atenernos en estos casos. El artículo 21.1 de la LAU señala que el casero «está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido».

Sin embargo, la norma anterior no se aplicaría cuando el deterioro se debiese a una negligencia del inquilino. Por ejemplo, si rompiésemos la puerta de la nevera o del lavavajillas por forzarla, nos correspondería a nosotros pagar la factura.

El casero "está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda"

Además, es nuestra obligación como inquilinos informar al casero de la necesidad de las reparaciones «en el plazo más breve posible», de acuerdo con el artículo 21.3 de la LAU. Podemos informar a nuestro casero por escrito, así dejaremos constancia del aviso.

Casero o inquilino: ¿quién debe arreglar las averías de los electrodomésticos?

Aunque la LAU no hace referencia directa a las averías de los electrodomésticos en un piso de alquiler, deja claro que el casero debe hacer las reparaciones necesarias para conservar la vivienda. ¿Esto incluye los electrodomésticos?

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de abril de 2018 ayuda a poner algo de luz en este asunto. En este caso, el juzgado consideró que la sustitución de un electrodoméstico averiado que venía incluido en la vivienda no podía atribuirse al inquilino.

La sentencia señala que «cuando se alquila una vivienda amueblada, el contrato comprende tanto el inmueble como los muebles que contiene, y es obligación del arrendador […] efectuar las reparaciones necesarias para mantener los diversos elementos en buen estado«. El texto añade que «una cosa es que, conforme al artículo 21.4 Lau, las pequeñas reparaciones sean de cargo del arrendatario, y otra que en caso de avería que inutilice el bien, sea éste el que deba sustituirlo y comprar otro nuevo».

¿Qué electrodomésticos debe reemplazar el casero?

Visto lo anterior, si hemos alquilado un piso equipado, en principio, el casero debería ser el responsable de arreglar los electrodomésticos o cambiarlos si se rompen, a menos que hayamos hecho un mal uso de ellos.

Si hemos alquilado un piso equipado, el casero debería ser el responsable de arreglar los electrodomésticos

Por ejemplo, si el inventario de nuestro contrato de alquiler incluye una lavadora, una nevera y un horno y se estropean, el casero debería encargarse de las averías, siempre y cuando el deterioro no sea producto de un mal uso por nuestra parte. En cualquier caso, habría que atender a las circunstancias de cada situación.

Caso contrario sería si la casa la hemos alquilado sin electrodomésticos y los aparatos son nuestros. En estos casos, seríamos nosotros los encargados de arreglarlos.

¿Qué ocurre con las reparaciones del día a día?

No todos los problemas vienen ocasionados por la avería total de un electrodoméstico. Por ejemplo, podría romperse el plato del microondas o una balda de la nevera, aunque el electrodoméstico siguiese funcionando. Como ya hemos adelantado más arriba, las pequeñas reparaciones corren a cuenta del inquilino.

La LAU, en su artículo 21.4, dice que «las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario».

Algunos ejemplos de reparaciones menores:

  • Cambiar las bombillas fundidas.
  • Limpiar la cal de una lavadora.
  • Sustituir piezas pequeñas de bajo coste de un electrodoméstico.

¿Podemos arreglar un electrodoméstico y luego pedirle al casero que nos dé el dinero?

A veces, hay averías en casa que son muy urgentes. Una nevera rota o una lavadora que pierde agua y que podría estropear otras partes de la vivienda son un problema que requiere una actuación rápida. En estos casos, esperar a que el casero dé el visto bueno a la reparación o compre otra puede alterar nuestro día a día. ¿Podemos arreglar las averías de los electrodomésticos nosotros y luego entregarle la factura al propietario?

Una nevera rota o una lavadora que pierde agua son problemas que requieren una actuación rápida

En este caso, debemos recurrir de nuevo a la LAU, concretamente al artículo 21.3, que indica que el inquilino «en todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador«.

Si debemos solucionar averías de los electrodomésticos en un piso de alquiler nosotros mismos, lo primero que deberíamos hacer es avisar al casero e informarle del problema. Si llevamos a cabo la reparación, deberíamos conservar la factura para reclamar el reembolso.

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