Cómo es la nueva ayuda del Gobierno de alquiler con opción a compra

El Gobierno ofrecerá una nueva ayuda a los jóvenes a través del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030

Joaquín Hernández
Joaquín Hernández Experto en el sector inmobiliario

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Acceder a una vivienda en propiedad es uno de los principales retos para muchas personas jóvenes. El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 incorpora una nueva ayuda pensada precisamente para facilitar ese paso intermedio entre el alquiler y la compra, a través del alquiler con opción a compra en viviendas protegidas.

Desde Fotocasa te explicamos en qué consiste esta ayuda, quién puede acceder y qué conviene tener en cuenta antes de optar por ella.

¿En qué consiste la nueva ayuda de alquiler con opción a compra?

La nueva ayuda al alquiler con opción a compra no se concede directamente a la persona joven, sino a la persona física o jurídica vendedora de viviendas protegidas con protección permanente.

El objetivo de esta ayuda es incentivar que promotores y propietarios ofrezcan viviendas protegidas en régimen de alquiler con opción a compra y faciliten así el acceso progresivo a la propiedad por parte de personas jóvenes.

La medida se aplicará exclusivamente a viviendas protegidas con protección permanente

A cambio de esta ayuda pública, el contrato debe cumplir una condición clave: todas las rentas pagadas durante el periodo de alquiler deben descontarse íntegramente del precio final de compra, dentro de los límites establecidos para la vivienda protegida.

¿Quién puede pedir esta ayuda?

La ayuda económica se podrá conceder a cualquier persona física o jurídica propietaria de una vivienda protegida con protección permanente, pero para que pueda solicitarla es imprescindible que las personas jóvenes inquilinas cumplan una serie de requisitos.

En concreto, la persona inquilina no podrá tener más de 35 años en el momento de firmar el contrato de alquiler con opción a compra.

Si la vivienda es ocupada por dos personas, ambas deben cumplir el requisito de edad. Además, el programa no permite que la vivienda sea adquirida por más de dos personas.

La persona inquilina no podrá tener más de 35 años en el momento de firmar el contrato de alquiler con opción a compra

No podrán acceder a esta ayuda aquellos casos en los que los inquilinos sean propietarios o usufructuarios de una vivienda en España que puedan ocupar, o no hayan cumplido correctamente con las obligaciones del contrato de alquiler, como el pago puntual de la renta.

¿Qué requisitos económicos se tendrán en cuenta?

Se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia beneficiaria, que no podrán superar los máximos fijados para el tipo de vivienda protegida correspondiente. Estos ingresos se comprobarán en el momento de ejercer la opción de compra.

Además, la ayuda está condicionada a que:

  • el contrato recoja el precio final de compra, el importe del alquiler, y el plazo para ejercer la opción de compra, que tendrá que ser entre uno y tres años desde la firma,
  • el precio de venta no supere los máximos de vivienda protegida,
  • el alquiler se ajuste a los límites establecidos,
  • el 100 % de las rentas abonadas durante el alquiler se descuente del precio final de compra.
La ayuda al vendedor será de hasta 28.800 euros por rentas antes de la venta más un incentivo máximo de 25.290 euros

El proyecto del Plan Estatal de Vivienda establece que la persona vendedora podrá recibir hasta 28.800 euros por vivienda equivalentes a las rentas de alquiler o precio de cesión que haya pagado la persona joven hasta ejercer la opción de compra, y contempla un porcentaje adicional de esa cantidad con un límite máximo de 25.290 euros por vivienda.

Serán las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla las que a lo largo del año abrirán las convocatorias y definirán las condiciones exactas de ingresos y precios, por lo que será imprescindible consultar las bases de cada administración.

¿Qué pasos hay que seguir para pedir la ayuda?

El acceso a esta ayuda requerirá seguir una serie de pasos similar a la de otras ayudas públicas de vivienda:

  • Comprobar si hay convocatoria activa: las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla serán las encargadas de convocar la ayuda.
  • Formalizar un contrato de alquiler con opción a compra que reúna las condiciones requeridas por el programa.
  • Solicitud de la ayuda por la parte vendedora: la solicitud se tramitará ante el organismo autonómico competente, previsiblemente por vía telemática.
  • Esperar la resolución administrativa: la administración comprobará que el promotor o propietario ha acreditado la elegibilidad del inquilino y del contrato para la ayuda y definirá su concesión.

¿Qué documentos habrá que presentar?

La persona física o jurídica vendedora de la vivienda protegida será quien deba presentar la solicitud de la ayuda y la documentación asociada.

No obstante, para que la ayuda pueda concederse, la persona joven inquilina debe aportar la documentación necesaria que acredite que cumple los requisitos de edad, ingresos y situación residencial. Aunque el joven no realiza el trámite directamente, su documentación es imprescindible para que el propietario pueda solicitar la ayuda.

La documentación se concretará en cada convocatoria autonómica  De forma general será necesario aportar:

  • documento de identidad,
  • contrato de alquiler con opción a compra,
  • justificantes de ingresos,
  • certificado de empadronamiento,
  • declaración responsable de no disponer de otra vivienda en propiedad.
El plazo para ejercer la opción de compra podrá ser de entre uno y tres años desde la firma

Se recomienda consultar al detalle las bases de cada convocatoria que defina cada administración.

¿Cómo se aplicará la ayuda?

La ayuda económica se concede a la persona vendedora de la vivienda protegida y puede reconocerse e incluso abonarse antes de que se firme la escritura pública de compraventa.

El pago anticipado estará condicionado expresamente a que finalmente se formalice la compraventa con el otorgamiento de la escritura pública, que deberá recoger de forma expresa que la vivienda se ha beneficiado de esta ayuda pública.

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