¿Se puede alquilar una habitación sin contrato de alquiler?
Sí, se puede alquilar una habitación sin contrato escrito, porque la ley no obliga a que este acuerdo se haga por escrito.
En nuestro ordenamiento jurídico, rige la libertad de forma, es decir, un acuerdo verbal también es válido si cumple con los elementos esenciales: precio cierto y duración determinada, tal y como indica el artículo 1543 del Código Civil, ya mencionado.
Sin embargo, alquilar sin contrato por escrito puede acarrear muchos problemas tanto para el propietario como para el inquilino. Te mostramos dos ejemplos reales de lo que puede pasar en estas situaciones:
Ejemplo 1: Inquilino sin contrato, pero con justificantes de pago
Javier es estudiante y alquiló una habitación en Madrid, en septiembre, sin firmar contrato, pero sí acordó con el propietario quedarse todo el curso académico. Ahora, dos meses después, el casero le pide que se marche.
Aunque no hay contrato por escrito, Javier puede demostrar los pagos mensuales por transferencia y, además, presentar su matrícula universitaria, que coincide con las fechas del curso. Esto puede servir como prueba para acreditar que la duración del acuerdo del alquiler al estudiante era hasta final de curso, como se pactó verbalmente.
Conclusión: como no hay contrato firmado, el inquilino debe aportar pruebas claras de los pagos e indicios de la duración acordada (como la matrícula) para hacer valer sus derechos.
Ejemplo 2: Propietario sin contrato y sin prueba de duración
Ana es propietaria de un piso con tres habitaciones. Alquila una de ellas por meses, pero sin firmar contrato. Al cabo de unos meses, quiere cancelar el contrato y que su inquilino se marche, pero este se niega alegando que acordaron quedarse un año.
Ana no tiene nada firmado, ni mensajes, ni una cláusula que indique la duración del acuerdo. No puede demostrar que el contrato era por meses y se ve obligada a negociar o, en el peor de los casos, acudir a los tribunales, donde todo dependerá de las pruebas que puedan aportar ambas partes.
Conclusión: el mayor problema de alquilar sin contrato es que no consta la duración, lo que complica mucho cualquier desalojo o finalización del acuerdo. La ley presume el acuerdo si hay uso y renta, pero todo lo demás se interpreta según las circunstancias.