El pasado 7 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el convenio entre el Ministerio de Vivienda y el Instituto de Crédito Oficial para la gestión de los avales del Gobierno para la compra de una primera vivienda a jóvenes y familias con menores a cargo.
Tras analizarlo, desde Fotocasa, hablamos sobre cuáles son los requisitos a cumplir en el momento de solicitar el aval ICO para comprar casa y cuáles pueden ser las consecuencias en caso de haber errores relevantes o entrega de documentos falsos por parte del hipotecado. ¿Qué puede ocurrir si no se cumplen los requisitos del aval ICO?
¿Cuáles son los requisitos del aval ICO?
Los compradores de vivienda que soliciten el aval ICO deberán ser personas físicas mayores de edad y con residencia en España. Estas son las condiciones que deben cumplir para acceder a esta ayuda del Gobierno, según el convenio publicado en el BOE:
- La vivienda debe destinarse a residencial habitual y permanente. No podrá utilizarse para el ejercicio de una actividad económica o segunda residencia. De hecho, deberá firmarse una declaración responsable (anexo II) conforme la vivienda financiada se destinará a residencia habitual.
- Los compradores no podrán ser propietarios de otro inmueble, a no ser que este no cumpla con las condiciones de accesibilidad o se acredite la no disponibilidad por separación o divorcio.
- El aval no es compatible con CIRBE en situación de morosidad. Al formalizar el préstamo, los compradores no podrán figurar con mora en el Centro de Información de Riesgos del Banco de España.
- El patrimonio del comprador no puede superar los 100.000 euros. En caso de que la vivienda se compre en pareja, serán 100.000 euros de patrimonio máximo por persona.
- El precio de la vivienda no puede superar el máximo establecido para la CCAA. Cada autonomía tiene fijado un precio máximo para comprar vivienda con el aval, que va desde los 200.000 euros a los 325.000 euros










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