Teniendo en cuenta el desequilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado de la vivienda en alquiler, cada vez es más común compartir piso. Los precios de las viviendas de alquiler están disparados y la demanda se está dirigiendo hacia la búsqueda de pisos compartidos como única opción para la emancipación. Y una de las opciones más habituales pasa por el subarriendo de vivienda.
Sin embargo, ¿es una práctica legal?, ¿qué se debe tener en cuenta para alquilar un piso a otro inquilino? Desde Fotocasa, hablamos de los pros y contras de esta solución para compartir vivienda y revelamos el paso a paso para cumplir con la normativa.
¿Cuándo es posible subarrendar una vivienda si eres el titular del contrato?
Según lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), «La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador«. Por otro lado, también establece otras limitaciones como que la vivienda compartida sea la vivienda habitual del nuevo inquilino y que el precio a pagar no supere el acordado en el contrato de alquiler ya firmado.
Solo si la posibilidad de alquilar la vivienda a otro inquilino, es decir, el subarriendo, se indica en el contrato de alquiler firmado entre inquilino y propietario podrá llevarse a cabo esta práctica para compartir vivienda. Además, será indispensable el consentimiento por escrito del propietario. Sin esto, el inquilino o inquilinos que aparezcan en el contrato no podrán subarrendar la vivienda a otras personas a través de esta modalidad.








