Qué pasa si no se da el preaviso de la actualización del precio del alquiler con suficiente antelación

¿Qué dice la LAU sobre el proceso de preaviso al inquilino? Descubre cuál es el plazo de preaviso estipulado por ley y qué ocurre si el casero lo incumple

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Uno de los temas que causan más dudas y malentendidos de un contrato de alquiler de vivienda está relacionado con la actualización del precio anual. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, el precio de la renta puede actualizarse solo una vez al año, cada vez que el contrato cumpla la anualidad.

Sin embargo, no se trata de una actualización de precio automática. Para que sea efectiva, el propietario debe notificar al inquilino en un plazo concreto y, además, esta posibilidad debe recogerse en el contrato de alquiler firmado por las partes.

¿Qué pasa si el casero no avisa o avisa tarde al inquilino de la actualización de la renta? ¿Qué dice la ley sobre el procedimiento correcto para notificar la subida del alquiler? Desde Fotocasa, aclaramos las preguntas más frecuentes relacionadas con el preaviso de actualización de la renta. ¡Atento!

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el preaviso de actualización del alquiler?

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es el que estipula la posibilidad de actualizar la renta anualmente. «Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos».

Como indicamos al inicio, solo los acuerdos por contrato que incluyan la cláusula sobre la actualización de la renta con el IPC o el índice que corresponda serán susceptibles de cambios de precio anuales.

Pero ¿qué hay sobre proceso de preaviso? ¿Qué dice la LAU al respecto? Esta indica que «La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística».

En otras palabras, la actualización del precio de la renta se hará efectivo un mes después de la fecha de preaviso del propietario al inquilino sobre el nuevo precio de la renta. Por lo tanto, si, por ejemplo, un contrato de vivienda cumple la anualidad el 20 de octubre, el casero deberá notificar sobre la subida al inquilino un mes antes, para el 20 de septiembre.

La actualización del precio de la renta se hará efectivo un mes después del preaviso del propietario

¿Qué ocurre si se avisa tarde de la actualización del precio del alquiler?

Cuando el contrato cumpla la anualidad, el propietario tiene varias opciones: puede avisar un mes antes del cumplimiento de la anualidad (lo más recomendable) para que el precio se actualice debidamente el mes correspondiente o bien puede hacerlo una vez cumplido el año o más adelante.

En ese caso, la actualización del precio de la renta se haría efectiva a partir del mes siguiente a la fecha de previso. No habría más complicación. Eso sí, este deberá asegurarse de que el inquilino reciba la notificación. Por lo general, un correo electrónico o un burofax con acuse de recibo serán opciones viables para comunicar la actualización. Incluso, la LAU dice que «Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente».

¿Qué pasa si no se avisa al inquilino de la subida del precio del alquiler?

Como apuntamos, según el artículo 18 de la LAU, para que la actualización del precio de la renta se haga efectiva se requiere la notificación del propietario de manera formal. Sin una notificación escrita, el inquilino no tiene la obligación de pagar un precio distinto al acordado en el contrato de alquiler, ya que no ha habido aviso oficial del cambio de precio.

Si no hay aviso al inquilino sobre la intención de actualizar la renta, esta no podría aplicarse

¿Cómo proceder para actualizar la renta al inquilino correctamente?

Estos son los pasos recomendables para que un propietario de vivienda en alquiler pueda actualizar debidamente la renta una vez el contrato de alquiler cumpla la anualidad:

  1. Revisar el contrato para comprobar que figura la cláusula de actualización del precio. Si el contrato no la incluye, no tendrás derecho a actualizar la renta cada año.
  2. Calcular el nuevo importe en base a lo estipulado por la Ley de Vivienda. En 2024, el límite de actualización del alquiler está fijado en el 3%. A partir de 2025, el INE elaborará un nuevo índice de referencia.
  3. Preparar una notificación escrita. Redacta de forma clara cuál será el nuevo importe de la renta, cómo se ha calculado y a partir de qué fecha se aplicará.
  4. Enviar el aviso un mes antes de la fecha de actualización. Comunica el cambio de precio un mes antes de la fecha de cumplimiento del contrato.

Recuerda que una comunicación transparente entre propietario e inquilino es clave para evitar problemas y disputas durante el plazo que dure el arrendamiento.

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José M. Lopez Rodríguez
1 año

La notificación de actualización de la renta del piso, puede ser notificada por otros medios, como wasap? Gracias

Antonio
1 año

Comunicado de «Renta actualizada» Como Vd. bien dice, a partir del mes siguiente…. (la ley no dice 30 días después del aviso) por tanto, con independencia del medio de aviso convenido, y SIEMPRE que sea veraz el importe comunicado, el nuevo alquiler será efectivo el MES SIGUIENTE si se comunicó al arrendatario el MES ANTERIOR. Por otra parte está el I.N.E. que facilita datos definitivos con 2 meses de retraso.

Miguel
1 año
Responder a  Antonio

Totalmente de acuerdo con Antonio. No sé porqué existe este error tan común de decir que el preaviso tiene que ser con un mes de antelación. La ley dice «será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito(…) «
Es decir, que hay que notificar durante el mes anterior al que se quiere actualizar, no con un mes de antelación.

Juan
10 meses
Responder a  Miguel

Preaviso de 30 días antes del cumplimiento de la anualidad del contrato, no cuando tú quieras. Y el incremento se hace efectivo al mes siguiente.

Juan
10 meses
Responder a  Antonio

La actualización de la renta por ipc deberá realizarse en cada fecha del cumplimiento del contrato. No antes ni después. Si quieres incrementar la renta de tu inquilino con el ipc debes notificarle la subida al menos un mes antes. Si el contrato tiene fecha 04 de marzo de 2024, pues antes del 4 de febrero de 2025. No puedes notificarle el 10 de marzo para aplicarle el incremento a partir del 10 de abril.