¿Sabes quién paga qué en una compraventa de vivienda? Haz el test

Gastos de notaría, de Registro, ITP, Plusvalía… ¿Quién paga qué al comprar casa? ¿Comprador o vendedor?

Agustina Battioli
Agustina Battioli Experta en el sector inmobiliario

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Comprar una vivienda no consiste únicamente en abonar su precio de venta y recibir las llaves. Se trata de un proceso que implica el desembolso de una serie de gastos para ambas partes, tanto para la compradora como la vendedora.

¿Sabrías decir cuáles son los gastos que debe abonar cada parte al comprar casa? En el artículo de hoy, podrás comprobar si estás al día sobre los costes asociados a la compraventa de una vivienda y quién tiene la responsabilidad de abonarlos. Desde Fotocasa, aclaramos quién paga cada gasto y en qué momento de la operación es necesario abonar cada uno. ¡Empezamos!

10 gastos que deben abonarse en una compraventa de vivienda: ¿quién paga cada uno?

1- Certificado de Eficiencia Energética

El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es un trámite que debe tramitar y abonar el vendedor para poder vender la propiedad. De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 390/2021, el certificado energético es un documento obligatorio para cualquier vivienda que sea objeto de venta o alquiler.

Se trata de un certificado que evalúa la eficiencia energética de una propiedad, calificándola en una escala que va desde la A (la más eficiente) hasta la letra G (la menos eficiente).

2- Cancelación de hipoteca de la vivienda

En el caso de que la vivienda que vaya a venderse esté hipotecada, será el vendedor quién deberá tramitar su cancelación en el Registro. Este proceso es necesario para poder vender la vivienda y corroborar que está libre de cargas. Así, el comprador podrá inscribir un nuevo préstamo hipotecario sobre la propiedad.

La cancelación registral de la hipoteca puede tramitarse a través del banco, de una gestoría o por nuestra cuenta. Esta última opción es la más económica, aunque no será la más rápida ni cómoda.

La cancelación de la hipoteca en el Registro es necesaria para corroborar que está libre de cargas

3- Tasación de la vivienda

Si el comprador necesita financiación para la compra de la vivienda, la tasación de la propiedad será un paso esencial para que el banco pueda concederla. El comprador será el encargado de abonar este trámite, que consiste en determinar el valor de mercado de la vivienda para que el banco analice la concesión del préstamo.

Recuerda que los bancos no conceden hipotecas sobre el precio de venta, si no que se requiere de una tasación oficial y homologada realizada por un técnico.

4- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava las operaciones de compraventa de inmuebles de segunda mano, y van a cargo del comprador. La tasa impositiva aplicable varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentra el inmueble y puede estar bonificada en casos determinados: compraventa de viviendas de protección oficial, compradores jóvenes menores de 35 años…

5- La escritura de compraventa en la notaría

Cuando las partes acuden al notario para formalizar la operación de compraventa, ambas firman la escritura de compraventa, un documento legal indispensable para que la transacción sea válida.

Según el artículo 1455 del Código Civil, «Los gastos de otorgamiento de escritura serán de cuenta del vendedor y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario». Sin embargo, en la práctica, lo que suele acordarse es que estos gastos vayan a cargo del comprador.

6- Inscripción de la propiedad en el Registro

Una vez formalizada la compra de la vivienda, el comprador deberá inscribirla en el Registro de la Propiedad si es que quiere obtener una hipoteca para financiar la compraventa. Este trámite, además, protege al titular de la vivienda otorgándole una mayor seguridad jurídica ante posible cargas ocultas o acreedores del anterior vendedor.

El coste de la inscripción de la vivienda en el Registro oscila entre el 0,1% y el 0,25% del valor, por lo que su importe puede variar entre los 200 euros y los 500 euros.

7- Plusvalía municipal

La plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) es un impuesto local que se aplica sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos. Este gasto debe abonarlo el vendedor siempre que exista un aumento del valor en la venta respecto al valor de compra. Desde 2021, ya no se debe abonar el impuesto en los casos en los que no se obtenga una ganancia patrimonial.

8- Honorarios de la agencia inmobiliaria

En el caso de que el vendedor haya contratado el servicio de una agencia inmobiliaria para promocionar la venta del inmueble, este deberá asumir los honorarios de la prestación de este servicio, que suelen corresponder a un porcentaje del valor de venta o a un precio fijo, dependiendo de lo acordado en el contrato.

9- Gastos de gestoría

En una compraventa se requiere de la tramitación de distintos documentos, la liquidación de tasas e impuestos, la coordinación con ambas partes… Este tipo de servicio suele ir a cargo del comprador, aunque en ocasiones puede ser compartido, según lo acordado entre comprador y vendedor.

Los gastos de gestoría (tramitación de documentos, liquidación de tasas...) acostumbran a ir a cargo de la parte compradora

10- Impuesto sobre las Personas Físicas (IRPF)

Finalmente, el Impuesto sobre las Personas Físicas (IRPF), cuya responsabilidad de pago recae sobre el vendedor en caso de haber obtenido ganancias con la venta. Al año siguiente a la venta, esta debe declararse en la Declaración de la Renta. Eso sí, el vendedor podría estar exento de pagar por la ganancia patrimonial si la vivienda era su vivienda habitual y realiza una reinversión del beneficio en otra vivienda habitual.

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