Pasos que hacer si no me conceden la hipoteca y he reservado un piso para comprar

Analizamos qué pasos debemos seguir en el caso de haber pagado la reserva y/o las arras de una vivienda y el banco no nos concede financiación

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¿Has encontrado una casa que se adapta a tus necesidades y quieres comprarla? En este caso debes saber que entre los pasos que debes seguir está hacer una oferta formal de compraventa, para asegurarte de que nadie más pueda comprarla durante un cierto periodo de tiempo.

Esta oferta pasa por firmar un contrato de arras -y en algunos casos también pagar una reserva-, y solicitar una hipoteca, en el caso de necesitar financiación para la compra. Pero ¿qué sucede si hemos reservado el piso -mediante un contrato de arras y/o de reserva- y no nos conceden la hipoteca? ¿Perderemos el dinero o podremos recuperarlo? ¿Qué pasos debemos seguir? Lo analizamos desde Fotocasa.

¿Cómo se reserva un piso para comprar?

Antes de entrar en detalle, es importante recordar brevemente que a la hora de comprar un piso deberemos hacer una reserva de la propiedad, para asegurarnos de que nadie más podrá ni visitarlo ni adquirirlo durante cierto tiempo.

Existen dos tipos de “reservas” que, aunque están relacionadas y tienen la misma finalidad no son exactamente lo mismo: la reserva propiamente dicha y el contrato de arras. Ambas suelen incluir una serie de cláusulas que el comprador y el vendedor deben cumplir.

Contrato de arras

Es un contrato privado, recogido en el Código Civil, que suelen firmar el comprador y el vendedor de un inmueble para asegurar su reserva durante un plazo de tiempo determinado. De esta manera, evitan que una de las partes decida no formalizar la compraventa o, si lo hace, la otra queda protegida.

Hay varios tipos de contratos de arras, pero en casi todos se hace un primer pago, que se lleva a cabo en el momento en el que se firma el contrato de arras y en el que suele abonar el 10% del valor del inmueble. Es decir, si el valor de piso es de 200.000 euros, pagaremos 20.000.

El contrato de arras es un documento privado que firman el comprador y el vendedor de un piso para asegurar su reserva durante un plazo de tiempo

Si el comprador incumple con el contrato de arras

Si el comprador decide no seguir adelante con la compraventa perderá el dinero que le entregó al propietario para reservar la vivienda, cuando firmó el contrato de arras.

Si el vendedor incumple con el contrato

Si, por el contrario, el propietario decide no vender la vivienda -o vendérsela a otra persona- debe pagarle al comprador la misma cantidad por duplicado.

Reserva del piso

Existe otra manera de hacer una oferta formal de compraventa: mediante una reserva. El contrato de reserva se diferencia del de arras, principalmente, porque:

  • No tiene una regulación establecida, por lo que es menos seguro jurídicamente
  • No se puede rescindir (a menos que en las cláusulas se establezcan unas cláusulas muy concretas de rescisión)
  • Se paga al vendedor entre el 1% y el 5%, a modo de paga y señal. Siguiendo con el ejemplo anterior, para un piso de 200.000 euros pagaremos entre 2.000 y 10.000 euros.

En cualquier caso, uno no excluye al otro; es decir, se puede firmar primero una reserva y, posteriormente, las arras. Pero ¿qué sucede si hemos pagado una reserva y/o las arras y no nos conceden la hipoteca?

Se puede firmar primero una reserva y, posteriormente, el contrato de arras; es decir, uno no excluye al otro

Pasos que hacer si he reservado un piso para comprar y no me conceden la hipoteca 

Llegados a este punto, debemos analizar qué sucede si hemos reservado una vivienda mediante un contrato de reserva y/o de arras y no nos conceden la hipoteca. Desde Fotocasa analizamos qué pasos debemos seguir.

Buscar financiación en otros bancos

Uno de los pasos que deberemos llevar a cabo es buscar financiación en otros bancos, dado que no en todos piden las mismas garantías.

Solicitar una prórroga del contrato de arras

Otra de las opciones que tenemos es la de solicitar una prórroga del contrato de arras para poder buscar otras opciones de financiación, ya sea en otros bancos o bien mediante un préstamo de dinero para comprar la casa, por parte de familiares, por ejemplo.

Para ello, y siempre que el vendedor acceda a hacerlo, deberemos firmar un anexo de ampliación del contrato de arras.

Solicitar una prórroga del contrato de arras nos permitirá disponer de más tiempo para conseguir financiación para comprar el inmueble

Leer detenidamente el contrato de reserva y/o de arras

Como hemos visto en el punto anterior, tanto el contrato de reserva como el de arras pueden contener ciertas cláusulas de rescisión que permitan que el comprador pueda recuperar el dinero en ciertos casos, siempre que se cumplan todas ellas.

Por ello, antes que nada es importante leer detenidamente el contrato de reserva y/o de arras; puede que contengan algunas cláusulas que contemplen devolución del dinero que hemos entregado al vendedor si el banco no nos concede la hipoteca.

Solicitar la devolución del dinero, en el caso de que alguna cláusula lo contemple

Si, efectivamente, el contrato de reserva y/o de arras contiene alguna cláusula que especifique que el dinero se devolverá si se cumplen ciertas condiciones, como el hecho de que no nos concedan la hipoteca, podremos proceder a reclamar el dinero que pagamos en el momento de la firma del contrato.

Si el contrato de reserva y/o arras contiene cláusulas que especifiquen que si no nos conceden la hipoteca nos devuelven el dinero, podremos reclamarlo

Será suficiente con enviar al vendedor o a la inmobiliaria que se encargue de la compraventa la documentación que lo acredite; en este caso, un certificado emitido por el banco en el que aparezca su negativa a concedernos la hipoteca.

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Antolín
1 año

Muy interesante

Pedro
1 año

Tengo una duda. En un contrato de arras penitenciales hay la cluasula que si el comprador no consigue la hipoteca puede presentar las negativas de dos bancos y se le devuelve el dinero. La pregunta es sobre que pasa si el comprador no presenta las dos degativas y pasado el plazo (30 días) presenta una carta acreditativa de un banco que, si, le concede la hipoteca. ¿A pesar de haber conseguido la hipoteca, pero habiendo pasado el plazo, pierde el dinero de la arras?