La entrada en vigor de la Ley de Vivienda ha provocado numerosas y variadas reacciones: Andalucía, Madrid y el País Vasco han tramitado recursos contra esta ley ante el Tribunal Constitucional, mientras que Baleares y Galicia están preparando un recurso y pidiendo modificaciones en la Comisión Bilateral entre Comunidades Autónomas y el Estado.
Cataluña, por su parte, ha acordado presentar un recurso contra la Ley de Vivienda estatal, de la mano de ERC, JxCat y el apoyo de la CUP, afirmando que la norma vulnera competencias exclusivas de la Generalitat.
Ahora, estos recursos tienen visos de prosperar, ya que en su redacción la ley se extralimita en relación con las competencias otorgadas a las Comunidades Autónomas, tal y como analizamos en este artículo.
Las Comunidades Autónomas tienen la potestad de no aplicar la Ley de Vivienda en su territorio
De esta manera, el artículo 148.1. 3ª de la Constitución establece lo siguiente: “Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: 3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda”. Al haber asumido dichas competencias todas las Comunidades Autónomas, a través de sus Estatutos de Autonomía, la nueva Ley de la Vivienda estaría haciendo una injerencia en dichas competencias.








