¿Puede vivir un perro de servicio en un piso de alquiler que no acepta mascotas?

Coincidiendo con el Día Mundial de los Animales, analizamos si los perros guía tienen el derecho de vivir de alquiler en pisos que no aceptan mascotas

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Cada 4 de octubre se celebra el Día Mundial de los Animales, una efeméride creada por la Organización Mundial de Protección Animal con el objetivo de velar por sus derechos, eliminar la crueldad hacia ellos y evitar la extinción de muchas especies.

Desde Fotocasa ya hemos hablado sobre si ciertas mascotas, como las que ofrecen apoyo emocional, pueden vivir en un piso de alquiler que no acepta animales. Hoy, coincidiendo con el Día Mundial de los Animales, desde Fotocasa queremos analizar si pueden hacerlo los perros de servicio, también conocidos como perros guía.

¿Qué es exactamente un perro de servicio?

Antes de entrar en detalle es importante saber qué son exactamente los perros de servicio, y por qué hay que diferenciarlos de las mascotas de apoyo emocional. Son “cualquier perro que esté entrenado individualmente para trabajar o realizar tareas en beneficio de una persona con discapacidad, incluyendo una discapacidad física, sensorial, psiquiátrica, intelectual u otra discapacidad mental».

Un perro de servicio es aquél que está entrenado individualmente para trabajar o realizar tareas en beneficio de personas con discapacidad, según ADA

Los perros de servicio suelen estar entrenados para cada situación específica; es decir para ayudar en la discapacidad concreta que tiene cada persona que requiere de su apoyo.

A pesar de que los perros de servicio ofrecen ayuda de todo tipo a las personas en situación de discapacidad, no se consideran animales de apoyo emocional en sí, según la Ley 5/2018. Por ello, la normativa en los pisos de alquiler no es la misma en un caso que en el otro, como veremos más adelante.

¿Es legal prohibir animales de compañía en un piso de alquiler?

La Ley de Bienestar Animal ha traído consigo numerosos cambios en lo que respecta a los derechos de los animales. Para empezar, éstos han pasado a ser pasarán a ser “seres que sienten” y que, además, forman parte del núcleo familiar.  Por lo tanto, tienen una serie de derechos que se deben respetar.

Sin embargo, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula los alquileres en España, no se ha modificado. Esto significa que la legislación se mantiene igual a la de antes de aprobar esta normativa; es decir, deja libertad a los propietarios para decidir si aceptan animales o no en el piso que tienen alquilado.

La normativa respecto a los alquileres no ha cambiado, por lo que los caseros pueden decidir si aceptan o no mascotas en su vivienda

¿Pero qué sucede con los perros de servicio? ¿Pueden vivir en un piso de alquiler que no acepta animales? ¿Qué dice la normativa?

¿Puede un casero prohibir perros de servicio en un piso de alquiler?

Si un inquilino puede demostrar legalmente que tiene una discapacidad igual o superior al 33%, y que para poder llevar a cabo sus tareas diarias necesita de la ayuda de un perro de servicio, el casero deberá aceptarlo en su vivienda. Y es que, según la ley, un propietario no tiene la virtud de rechazar a un potencial inquilino sólo por su discapacidad.

Un propietario debe aceptar un perro de servicio si el inquilino demuestra que tiene una discapacidad y que lo necesita para hacer sus tareas

Y no sólo eso. Los perros de servicio tienen un régimen distinto al resto; de hecho, no se consideran animales de compañía y, por lo tanto, pueden eludir la “política de no mascotas” en pisos de alquiler. La Ley 5/2018 en su Artículo 9 indica el derecho de las personas con discapacidad al acceso de un perro de asistencia.

Sin embargo, como decimos, a la hora de alquilar una vivienda deberán demostrar que tiene una condición de discapacidad, presentando su carné correspondiente y su identificación de la unidad de vinculación entre él y su perro de asistencia.

El perro de asistencia tendrá derecho de acceso a la vivienda y también a las zonas comunes del edificio.

¿Qué hacer si el casero se niega a aceptar un perro de servicio en su piso de alquiler?

Como hemos visto, siempre que el inquilino pueda demostrar que por su condición de discapacidad necesita la ayuda de un perro guía, y que el animal cumple con una serie de requisitos, el casero no podrá negarse a aceptarlo en el piso que tiene alquilado. Entre ellos, se encuentra:

  • Estar adiestrado específicamente para cubrir las necesidades concretas de la persona en situación de discapacidad
  • Contar con el adiestramiento de un centro reconocido y homologado
  • Llevar un microchip
  • Cumplir con unas condiciones higiénicas estrictas
  • Estar al día de las revisiones veterinarias anuales
  • Mantener actualizado el documento sanitario y/o el pasaporte europeo

Si, a pesar de ellos, el casero se niega, el inquilino podrá interponer una demanda, alegando que el propietario le estará rechazando por su condición de discapacidad. Para ello, deberá contratar los servicios de un abogado especializado que le asesore al respecto, o bien buscar otro inmueble de alquiler.

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