¿Cuál es el máximo que podrán subirme el alquiler en 2026?

Según la fecha en que firmaste tu contrato de alquiler, este es el aumento máximo que podrán aplicarte en la renta durante 2026

Agustina Battioli
Agustina Battioli Experta en el sector inmobiliario

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Como cada año, el precio de las rentas del alquiler puede subir, siempre y cuando así se estipule en el contrato. Tras la aprobación de la Ley de Vivienda, que entró en vigor el 26 de mayo de 2023, las rentas ya no se actualizan en todos los casos con el IPC (Índice de Precios al Consumo), sino que en función de cuándo se haya firmado el contrato de alquiler, se usa o el IRAV (Índice de Referencia de Arrendamiento de Vivienda) o el IPC.

En 2026, la actualización del precio del alquiler funcionará como hasta ahora: los contratos firmados después de la aprobación de la Ley de Vivienda se actualizarán con el IRAV, mientras que el resto se seguirá actualizando con el IPC.

¿Cuánto me podrán subir el alquiler en 2026?

La subida en 2026 del precio del alquiler dependerá de la fecha en la que se firmó el contrato:

  • Contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023: actualización del precio en base al IPC.
  • Contratos firmados después del 26 de mayo de 2023: actualización del precio en base al IRAV.

Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el propietario debe avisar al inquilino con 30 días de antelación sobre la actualización de la renta del alquiler, estableciendo el porcentaje de subida correspondiente según el último dato publicado del IPC o el IRAV.

Cuánto subirá el precio del alquiler en 2026 en contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023

De acuerdo con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, en los contratos de alquiler firmados antes del 26 de mayo de 2023 (es decir, antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda) la actualización del precio seguirá estando sujeta en 2026 al IPC. En la página del MIVAU puedes seleccionar el tipo de contrato según la fecha de firma y el precio de la renta que pagas anualmente para calcular la posible subida máxima de tu alquiler en 2026.

Cuánto subirá el precio del alquiler en 2026 en contratos firmados después del 26 de mayo de 2023

En 2025, el Instituto Nacional de Estadística definió un nuevo índice de referencia, el IRAV, que según el Instituto Nacional de Estadística se define como «el valor mínimo entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y del IPC subyacente». Es decir, se calcula tomando el valor más bajo entre varios índices de precios (como el IPC o el IPC subyacente), por lo que nunca podrá superar la inflación.

Así, los contratos de alquiler firmados después del 26 de mayo de 2023 se revisan en base al IRAV, de acuerdo con la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

El Índice de Referencia de Arrendamiento de Vivienda (IRAV) de octubre de 2025, el último dato publicado, es del 2,25%

De nuevo, para conocer cuál podría ser la subida máxima, en la página del MIVAU puedes introducir el importe de la renta que pagas actualmente, seleccionar cuándo firmaste el contrato y conocer cuánto podrías pagar tras la siguiente actualización del precio de tu alquiler.

Por ejemplo, según los últimos datos del IPC y del IRAV, un alquiler de 1.000 euros actualizado con la fórmula del IPC alcanzaría los 1.031 euros, mientras que con la del IRAV subiría a 1.025 euros.

Cambios en la actualización del precio del alquiler en los últimos años

En 2022, el Gobierno aprobó una serie de medidas para paliar los efectos de la guerra en Ucrania, que indirectamente afectó a los bolsillos de todas las familias españolas. Entre ellas, estableció la desvinculación temporal del IPC para la subida de los alquileres.

Recordemos que hasta la fecha la actualización de los precios del alquiler estaba ligada al Índice de Precios al Consumo (IPC), siempre que el contrato recogiera esta posibilidad, según lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Sin embargo, dado que el IPC se disparó, alcanzando el 10,8% en julio de 2022, el Gobierno decidió establecer esta medida para dar un respiro a los bolsillos de los inquilinos españoles.

¿Puede ser acumulativa la subida del precio del alquiler?

¿Qué ocurre si durante 2025 no nos han subido el precio del alquiler? ¿Cuánto puede subir el alquiler el casero en 2026? Si durante 2025 no nos han aplicado la subida correspondiente, según indica el Artículo 1964 del Código Civil, la subida en 2025 podrá ser acumulativa.

Eso sí, la subida aplicada en 2026 correspondiente al 2025 no podrá ser retroactiva, es decir, el casero deberá cobrarla a partir de la actualización del precio en 2026 y siempre avisando con 30 días de antelación al cumplimiento de la anualidad de la firma del contrato.

Por lo tanto, el propietario no podrá pedir al inquilino las cantidades no cobradas por no haber avisado sobre la subida del alquiler en 2025.

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francisco gutierrez melendo
2 años

al tener una vivienda alquilada mas de 5 años , entiendo que el contrato se prorroga año a año, si no llegamos a un acuerdo de incremento en el precio de alquiler puedo optar por anular dicho contrato ???

Marcos
2 años

No estoy seguro pero me parece que es dependiendo de la fecha de inicio del contrato.
Si el contrato empezò en 2019 y te acaban los 5 años en 2024 tienes 2 opciones.
O notificas al inquilino con 4 meses de antelacion la no renovacion del contrato o en caso de querer continuar tiene otros 3 años mas.
Despues de esos 3 años supongo que ya se podrá rescindir el contrato cada año.

Si alguien nos sabe responder a esto con certeza agradeceriamos el comentario.

Un saludo.

Marcos
2 años

Supongo que no se puede negar a la subida del 3. En el caso de negativa creo que lo podrias echar en cualquier momento si la subida está pactada en contrato.

Mariano
2 años
Responder a  Marcos

Ya te digo yo que no es posible echarlo por no pagar el 3%. No los puedes echar casi ni que no paguen el alquiler….

Feli
1 mes
Responder a  Mariano

Si dispones de un seguro de impagos si k lo puedes echar

Francisco gutierrez melendo
2 años

Peseteros

Lupu
1 año

Quienes?

Elena
2 años

Hola,estoy viviendo en alquiler desde hace casi 17años en el mismo piso,renovando los contractos cuando tocaba,ahora nos toca renovar el contrato en febrero,estamos pagando 565€ al mes en este momento pero la propietaria quiero subir el alquiler en el nuevo contracto desde 700€ a800€,en 17 años los propietarios no han hecho mejorías.Es normal que suba tanto ,teniendo en cuenta que somos los mismo inquilinos,hay alguna ley en este sentido , gracias.Yo entiendo que es la casa de ellos y están en su derecho de subir pero tanto de repente…?gracias

Vanesa
2 años
Responder a  Elena

Yo estoy en la misma situación, llevo 10 años y me dice exactamente lo mismo.

Úrsula
2 años
Responder a  Vanesa

Yo 8 años y también me está pasando…

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Vanesa

Creo que el arrendador está en su derecho de hacerlo. Tendrás que intentar negociar con él.

Sánchez Gutierrrez Genoveva
1 año
Responder a  Antonio Manuel

Exacto. En este caso el propietario está en todo derecho de fijar el precio que prefiera para alquiler de su propiedad.

Victor19.09
2 años
Responder a  Elena

Ya he comprado piso;por favor no me mandéis más información, no tiene sentido….gracias

Elena
2 años
Responder a  Victor19.09

Darte de baja !

Marisa
2 años
Responder a  Elena

El 8 de enero del 2024 cumplimos q0 años de alquiler y no nos lo renueva.Resciende el contrato y nos hace uno nuevo.Estamos pagando 440 y nos pide para el contrato nuevo 650.Eso puede ser?

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Marisa

Me temo que sí puede ser

RED Soluciones
1 año
Responder a  Marisa

Depende la comunidad autónoma donde te encuentres, ya que algunas están reguladas

Sánchez Gutierrrez Genoveva
1 año
Responder a  Marisa

Exacto. Puede ser. El propietario fija el precio de su producto o bien al precio que considere. Saludos

Yanella
2 años
Responder a  Elena

Algo parecido me esta sucediendo ,porfa alguien que nos diga que hacer

May
2 años
Responder a  Yanella

si. quien es el que nos va a responder ,para que ponen a hacer preguntas y no responden. se supone que la ley dice el 3% por qué le suben lo que ellos quieren? por favor alguien puede responder ?que se debe hacer en este caso?

Antonio Manuel
2 años
Responder a  May

Durante los años que el contrato esté en vigor, rige los máximos de subida que establece la ley, pero si vuestro contrato vence, me temo que el arrendador puede redactar un nuevo contrato con un nuevo precio para el que no hay límite legal.

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Yanella

Me temo que legalmente puede hacerlo, sólo te quedaría la opción de negociar

Joaquim Maria
2 años
Responder a  Elena

Entiendo que al inquilino le puede costar pagar un alquiler pero, por este precio pocas reformas puede hacer la propiedad. Si muchos inquilinos se informaran del valor de la vivienda y calcularan la rentabilidad de según que alquileres después de pagar gastos de comunidad, derramas, etc… se darían cuenta que aunque no haya problemas en el cobro, la rentabilidad es menos que mínima.

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Elena

Creo que está en su derecho de poner el precio que considere en el nuevo contrato.

nene
1 año
Responder a  Elena

Si, y es entendible, tu sabes cuanto paga de hipoteca el propietario?? quizas pague mas que tu de alquiler, todas estas subidas son producidas por el gobierno que tenemos, que nada mas hay subidas y subidas. Ponte a pensar IBI, impuesto de basuras, Seguro Hogar, Comunidad,etc… todo esto corre por parte del propietario…. de eso no nos damos cuenta… Cuando se rompe la caldera, el frigrorifico, la lavadora y asi todo….

Antonio
2 años

Lo ideal sería que los alquileres subieses sólo el 1% y dejaría satisfechos a inquilinos y propietarios. Pero dadas las circunstancias actuales, pediría a los que dictan las normas del BOE que compren ellos mismos unas decenas o centenas de pisos y los pongan en alquiler. No vale decir que no tienen medios para hacerlo, ya que su «posición» les abre de par en par las puertas del crédito bancario. Por tanto, adelante y a predicar con el ejemplo y dentro de un tiempo les digo «arrieros somos y en el camino nos encontraremos».. para ver como les va. Animo que falta poco.

Joaquim Maria
2 años
Responder a  Antonio

Un 1%? lo que se a de leer…

Francisco
1 año
Responder a  Antonio

Por un 1% de actualización no alquila nadie una casa o no renueva el contrato y en cuanto pueda hace uno nuevo.

Roberto
2 meses
Responder a  Antonio

Así pasa lo que esta pasando… nadie desea alquila prefiriendo dejarlo a hijos o a ellos mismos para estudio etc y así no perder dinero, es el colmo subir el 1% por debajo de la inflación ¿tb ha de cargar el dueño con eso? ES DE RISA

Vicenç Boza
2 años

Estas notificaciones están muy bien. asín que gracia a FOTOCASA por las informaciones

João Borges Cano
2 años

Muy interesante!

Miguel Llario Cantó
2 años

Mi contrato Finaliza en Febrero 2025,el propietario me duplica el Alquiler, así sin más
Le comunico al propietario que la lavadora no funciona.lo primero que me dice es que yo soy el que la husa que la cambie y que no hay lavadora si no firmo el nuevo contrato «Acoso» que di no me gusta que me busque otra vivienda después de más de 10años

Antonio Manuel
2 años

Mientras el contrato esté en vigor y no finalice, tu casero no puede subirte el alquiler más del 2% del año 23 y el 3% del año 24.

Julian
2 años

Muy buenas firme en 2020 el 1 de enero un contrato de alquiler por cinco años.

En todo este tiempo no me han subido el alquiler y ahora me manda un aséptico mensaje mi casero diciendo que » habrá que regularizar el alquiler conforme al IPC de diciembre de 2023 que saldrá publicado en febrero de 2024 » comenta.

Me he puesto a leer y estaba casi tranquilo cuando he visto que como mucho podría subirme o un dos o un 3% pero ahora veo que es acumulativo lo que no sé es si es acumulativo de estos cuatro años o solo puede acumularse dos años…

Y si en el caso de que los IPCs previos no estuvieran limitados por el gobierno si podría cobrarme también los IPCs pasados aunque fueran a un siete o a un 10% eso sería una barbaridad….

No sé si alguien puede sacarme de esta duda. Es decir mi contrato vence el cuarto año este 1 de enero de 2024 y supuestamente dice que hay que esperarse a febrero para ver el IPC que sale pero en 2024 está limitado al 3% también….

Un lio todo.
Pagamos 600.

Gracias

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Julian

Si no te ha subido el precio hasta ahora, como mucho podrá subirte el 2% del año pasado más el 3% de este año 24. El resto de años anteriores no puede subirte nada.

Ivonne
1 año
Responder a  Antonio Manuel

Hola Antonio Manuel.
Mi abogado me dice otra cosa. Yo tengo un contrato desde oct 2020. Pago 800€ y nunca me han subido el alquiler. Ahora me lo quieren subir un 16,9% porque calculan el ipc acumulado de oct 2020 a oct 2023 según esa página: y mi abogado dice que eso es lo que puede hacer mi casero. Es decir que de repente tengo que pagar 935,20€.
Según la respuesta que das a Julián no es así. Yo entiendo que lo máximo que puede subir mi casero el alquiler es el 2% del año 2023 y ya en oct 2024 puede subirlo otro 3%. ¿Es correcto? Y en el caso que si ¿cómo puede defender eso delante de mi casero? Ya que mi abogado dice otra cosa.

Ana
2 años

Buenos días MARCOS,

Cuanto puedo subir a mi inquilina entiendo que un 2% como minimo y un 3% maximo si se llega a un acuerdo . Pero ningún inquilino quiere ese acuerdo del 3%.

Los propietarios no siempre somos los malos de la pelicula ya que mi inquilina lleva 8 años y nosotros no podemos ejercitar nuestros derechos ya que la hice firmar año a año la renovación del contrato pensando que iba unido a la renovacion del aval que es anual.

Mi inquilina lleva 8 años en el piso de mis padres desde 2015. Yo pensaba que se renovaba dicho contrato año a año firmando una hoja de clausulas y en 2020 se planto y me dijo que todo lo anterior no tenia validez y se hizo un segundo contrato . Me dijo que todo lo anterior no contaba ya que estaba mal hecho. Se firmo un segundo contrato en 2020 y hasta 2025 .
Por tanto es como si llevara ahora 3 años y en realidad lleva 8 años……

Sánchez Gutierrrez Genoveva
1 año
Responder a  Ana

Hay que tener mucho cuidado. Yo también soy propietaria. A los 5 años podemos pedir realizar nuevo contrato con subida de precio o no renovación. Y así es la forma de proceder correcta. Deben elegir.

Miguel PC
2 años

Mi contrato de alquiler comenzó el 29 de Dic de 2022. El decir cumple el año el 29 de Dic de 2023. Me quieren aplicar una subida del 3% a partir del 1 de Enero del 2024. Es correcto?

Mari
2 años
Responder a  Miguel PC

Yo creo que debería aplicarte el 2% pues la subida del 3 es a partir de enero. Podéis pactar un 2,5% y así todos contentos. Es lo que yo haría

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Miguel PC

En mi opinión, en diciembre 23 te pueden haber subido hasta un 2% máximo. En diciembre del 24 te podrán subir hasta un 3% máximo.

Angy
2 años

Hola a todos ! En 2023 no me subieron el alquiler, y ahora me indican que subirá un 3% por 2024 y le suma un 2% del presente 2023 cuando ya está acabando el año. Me pueden exigir ese 2 % ????

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Angy

Sí pueden, pero sin efecto retroactivo

Javier
2 años

Buenas tardes..
Les agradecería que me pudieran asesorar en este tema.
Mi casera no me subió el alquiler en septiembre del año pasado y este año si lo va a hacer (3 meses tarde pero bueno). Según su articulo entiendo que me puede subir un 2%+ 3%, es decir un 5%. Ella alega que como estamos en Baleares esta ley solo ha entrado en vigor para este año y me quiere subir un 8,9 % de la renovación de septiembre de 2022 + un 2% de septiembre de 2023, total un 10,9% .
Me pueden confirmar si esta ley es a nivel nacional o existen salvedades segun la comunidad autónoma en la que se resida.
Mil gracias

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Javier

La ley de vivienda se aplica en toda España.

Laura
2 años

Buenas tardes

Mi contrato de alquiler en Barcelona, termino en diciembre de 2023, la agencia hasta hoy 2 de enero nos han notificado sobre el incremento de un 10% de el alquiler con el nuevo contrato. Es legal y correcto este incremento?

Elena
2 años

Yo firmé el contrato en Abril, la subida del 3% del 2024 ,la pago en Enero o desde Abril? no me queda claro.

Antonio Manuel
2 años
Responder a  Elena

Desde abril

Marivi Riera
2 años

No me subian el alquiler desde el diciembre de 2021 y alhora me qui eren subir un 9% con efectiu retroactivo desde enero de 2024. És legal?

Alina
2 años

Hola, si alguien sabe, por favor, en caso de que el alquiler que pago es bajo del precio de la área superior de zona, al vencimiento del contrato el casero puede subir el precio a ése máximo + 3% para el 2024? Por ejemplo si pago 850€ y el máximo sería 1127€, puede subir a éste máximo, aunque es más del 3% de la ley de vivienda? Mi contrato empezó en 2019, hemos echo una prórroga en 2021, en vencimiento sería en 2024. Gracias!

Ingrida
1 año

Buenos días,me gustaria saber,somos inquilinos,que se rompe algo…como Lavadora, calentador…, quien tiene que arreglar?Nuestra casera dice,tú vives tú y compras!Es a si?Gracias

Daniel Sánchez
1 año
Responder a  Ingrida

No, no es así. Por norma general, las averías las abona el propietario, salvo aquellas que se han producido por un mal uso (negligencia) o daño intencionado (dolo) por parte del arrendatario. El inquilino es quien debe correr con los gastos de un mantenimiento normal, excluidas las averías.

En relación con la obligación del propietario arrendador de realizar las reparaciones necesarias en la casa arrendada, el art. 1554.2 del Código Civil dispone que el arrendador está obligado a hacer «todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla (la vivienda) en estado de servir para el uso a que ha sido destinada». Por otra parte, en el art. 21.1º de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), bajo el título ‘Conservación de la vivienda’ se reitera esta obligación al imponer al arrendador el deber de «realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo que el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario…».

Geo
1 año
Responder a  Daniel Sánchez

Depende de quien sea. Por ejemplo, mi inquilina compró su frigorífico: si se le estropea lo tiene que arreglar ella…

Juan
1 año

Tengo un contrato de alquiler de dos años, con un importe d 850€ y si quiero prorrogarlo tendré que pagar 1.200€ es posible que me obliguen a pagar esta subida.

César
1 año

Y si en 2024 me han subido el alquiler un 10%? Me lo pueden volver a subir en 2025 el % que diga la ley?

Maria
1 año

Si tienes un contrato de renta antigua, es decir de hace 53 años y el contrato no lo especifica, te pueden subir el alquiler?.

Nielia
1 año

Me suben 50 euros el alquiler para Enero 2025.
El año pasado me lo subieron 70 Euros , sino me echaban del piso.
La verdad no sé si están en derecho o no.
Aún encima que está lleno de humedad ( Negro ) y no lo quieren arreglar que dicen que tengo que hacerlo yo.
Desde Vigo

Laura
1 año

Estoy de alquiler desde el 1 noviembre de 2023.
Desde noviembre de 2023 a octubre de 2024 he estado pagando 995€.
El 1 de octubre de 2024 ( un mes antes de cumplir el año) el arrendador me mandó una carta avisándome de una subida del 1,5% por incremento del IPC, por lo que 995€ ➕ el 1,5% paso a pagar 1009,92€ los meses de noviembre y diciembre de 2024.
Y ahora en diciembre de 2024 , me ha mandado otra carta avisándome de otra subida del 2,4% del IPC para enero de 2025 por lo paso a pagar 1009,92€ + 2,4%= 1034,15€…
Es legal?

antonio
1 año

EN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DISTINTO DEL DE VIVIENDA FIRMADO EL 1 DE ENERO DE 2024 CON CLAUSULA DE SUBIDA ANUAL DE 100 € MENSUALES, ¿QUE PREVALECE LOS ESTIPULADO POR LA LEY O LA VOLUNTAD DE LAS PARTES

Sergio f
1 año

Buenas tardes, tengo un contrato de alquiler que inició el día 1 de febrero 2024, la actualización de la renta será según ipg, que mes se actualiza y como o cuánto será la subida de actualización por el importe de 660€ mensuales ?

Juan
11 meses

Buenos días.

Tengo una duda respecto a la actualización de la renta. Espero me puedan ayudar.

Mi contrato comenzó en Diciembre de 2022. durante los años anteriores no me han actualizado y ahora quieren actualizar la renta para 2025. Creo que es OK acumular las subida sin carácter retroactivo.
Pero mi duda surge porque me han comunicado la subida en febrero y no tengo claro si debían haberme notificado esta subida 1 mes antes de la fecha donde se cumpla el año de contrato. Entiendo que en noviembre de 2024. Y si esto invalida la actualización para 2025?

Agradezco su respuesta. muchas gracias.

Carmen torres
11 meses

Cuánto me podrá subir en este año 2025 si no e renovado mi contrato de arrendamiento dese el 2018

Karen Winn
8 meses

Yo soy dueña de un piso para el cual me pagan mensualmente €1.100. Originalmente el alquiler fue de €1.200, luego, por una variación del IPC, €1.190, y desde septiembre, 2021, por la bajada general de alquileres entonces, €1.100. ¿A cuánto les podría subir el alquiler a partir de septiembre, 2025?

Josue Lopez
5 meses

Pago 750 cuanto deberían subirme.. me dice la dueña del piso que son 90 euros por año 450 en 5 años así que pagaría a partir del nuevo contrato 1200 euros

Bartolome
2 meses

He renovado el contrato el 1 de enero de este año y ya me han avisado de una subida del ipc del 3 % para el próximo año , es correcto o ðebian de aplicarme el otro indice establecido por el gobierno a partir de mayo de 2023

Bartolome
2 meses

Hola , mi caso es que he renovado el contrato el 1 de enero de este año y ya me han informado la subida para el próximo año conforme al ipc quería saber si es aplicable la su ida del IRAV o del ipc porque hay diferencias de uno u otro . Muchas gracias

Itxasgane
1 mes

Hola a todos yo llevo 10años de alquiler he llevado 5 años pagando 350 y luego los otros 5 estoy pagando 400 y se me acaba ahora en febrero el contrato y me ha dicho que ya hablaríamos cuanto me tiene que subir si me renueva el contrato y sobre todo que tengas en cuenta que yo le he echo la obra del baño le he quitado la bañera y le he puesto la ducha por eso lo pregunto aver si alguien me puede contestar gracias