Los contadores de suministros -también conocidos como aparatos de medición-, permiten controlar el consumo de los respectivos suministros del hogar. Eso sí, lo hacen de maneras distintas, en función de si se trata de los de luz o los de agua.
Pero ¿a quién corresponde su mantenimiento? ¿Funciona igual en ambos casos? Y si se trata de una vivienda alquilada, ¿será responsabilidad del propietario o del inquilino? Lo analizamos en este artículo de Fotocasa.








Pero el concepto del alquiler del contador viene incluido como un pequeño importe dentro del total de la factura del suministro que se trate y lo pagará (propietario o inquilino) aquél que se haya acordado en el contrato de alquiler que pague los suministros. Y no creo que se pongan a desglosar cada mes el importe de alquiler de contador más iva para que lo pague el propietario.
Si bien parece que tiene toda la lógica en Barcelona existe una subsidiaria de Aigües de Barcelona que se llama MUSA que pasa un recibo anual al propietario por mantenimiento de los medidores. Es eso legal o supone una excepción para cobrarnos como tantas? Agradezco si me lo aclaran.