Dejar la vivienda tal y como estaba antes de finalizar el contrato de alquiler es una de las principales obligaciones que tiene el inquilino. Si no es así, el casero estará en pleno derecho de quedarse con la fianza del alquiler para cubrir los posibles desperfectos que haya ocasionado en el inmueble.
Pero ¿tiene el casero un tiempo determinado para reclamar estos desperfectos en la vivienda? Y no sólo eso, ¿qué se consideran “desperfectos” causados por el inquilino? En este artículo de Fotocasa repasamos qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) al respecto.







Gracias por comentar estos temas de interés
Interesante, muchas gracias!
Muy interesante e ilustrativo.
Muy interesante conocer estos detalles
Es muy interesante el artículo, pero ¿qué puede hacer el inquilino? Muchas veces el propietario no devuelve la fianza aludiendo a desperfectos sin especificar. Gracias
Y qué puede hacer el inquilino si el propietario no devuelve la fianza o la garantía a pesar de que no haya desperfectos en la vivienda y ésta se haya entregado tal como se recibió?
Y que puede hacer el propietario si el inquilino deja el piso sin decir nada te deja las llaves en el buzon y un mensaje de whatssap ,con desperfectos no contesta las llamadas (contesto. cuando se acordó de la fianza) Y ademas deja una alarma instalada.
Muy interesante. Tu e mi vivienda alquilada durante 5 años a través de un programa de un organismo público. Además de las molestias que los inquilinos causaron a los vecinos durante estos años, me dejaron el piso destrozado: agujeros en los estores, pegotes en los sofás y butacas recién tapizados, encimera del baño destrozada, muebles desconchados, paredes sucias, suelos rayados… durante 5 años estuve atada a este alquiler que no hizo más que hacerme perder dinero. Este organismo que me encantaria citar, pero creo que no debo hacerlo, no se hizo responsable de ningún daño!!! El encargado llegó a decirme, textualmente, que si había puesto el piso a todo lujo era problema mío… impotencia total. Tuve otros dos inquilinos, está vez a título particular, y mis experiencias han sido malisimas, esta vez, más que por desperfectos, por falta de cobro. El último me.dejo dos mensualidades y los suministros de varios meses sin pagar. Luego vendí el piso. La inmobiliaria que lo taso dijo que nunca había visto un piso tan deteriorado. Por supuesto perdí un dineral en la venta. Cuando lo cedi por primera vez era un piso nuevo. Lo compré nuevo, vivi un año en el, me casé y me fui a vivir a otra ciudad… y luego los propietarios somos los aprovechados???
Tienes toda la razón. Normal que la gente no quiera poner en alquiler los pisos. Acabo de alquilar un piso en agosto lo revise bien y ya llevo dos grifos rotos y ahora el de la ducha. No es justo que los propietarios seamos los culpables pues el gobierno no alquila y justo quién lo hace sale normalmente escaldado. Seguro que habrá gente considerada pero son pocos quieren todo nuevo al principio pero lo devuelven mal. Hay que cambiar las leyes para que todo sea más sancionado. Los abusos de uno o otro hay que regularlo. No es abusar los propietarios pues es más comodo venderlo y vivir de esa renta.
Por favor, me puede indicar que Cia. de Seguros cubre el riesgo de «daños causados por inquilinos en pisos de alquiler» ya que todas las que conozco tienen expresamente «excluido» dicho riesgo.
Creo que lo mejor es tener un seguro del hogar aunque no cubre todos los daños. Es una pena que destrocen los pisos pues ese es el motivo que muchos propietarios no quieran alquilar sus pisos.
Y en qué artículo de la LAU o de otro texto legal pone que he de reclamar al anterior inquilino antes de volverlo a alquilar?