El próximo 11 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la renta 2022 por Internet. A partir de dicha fecha, los contribuyentes podrán conocer si les toca a pagar o a devolver en la renta correspondiente al ultimo ejercicio fiscal.
¿Qué claves deben conocer los particulares para obtener los máximos beneficios fiscales en su declaración de la renta? Si has vendido o reformado una vivienda en el pasado ejercicio, existen algunas ventajas fiscales y deducciones que te interesará conocer. Desde Fotocasa, analizamos las claves a tener en cuenta en caso de haber vendido o reformado una vivienda en 2022. ¡Toma nota!
Claves fiscales si has vendido o reformado tu vivienda
Entre las ocho claves fiscales a tener en cuenta que comparten desde Legálitas para conseguir sacarle el máximo partido a nuestra economía, destacamos dos de ellas, relacionadas con la venta y las reformas en una vivienda.
Revisa cada una de las siguientes claves para descubrir si cumples los requisitos para estar exento de pagar ciertos impuestos o deducir gastos. ¡Atento!
Perfiles que están exentos de tributar las ganancias en una venta
En España, al vender una vivienda, se debe pagar IRPF en la declaración de la renta si se obtienen beneficios económicos. El vendedor debe reflejar en la renta la ganancia patrimonial obtenida (si vendió el inmueble por un precio mayor que el de compra) o la pérdida (si valor fue inferior).
Las beneficios patrimoniales de una venta de vivienda tributan actualmente entre el 19% y el 26%. No obstante, no todos los ciudadanos están obligados a pagar impuestos por las ganancias generadas en una compraventa de vivienda.
Estos son los perfiles que pueden beneficiarse de esta exención:
- Personas mayores de 65 años. Si la persona que vende el piso es mayor de 65 años y vende su vivienda habitual, no tendrá que pagar impuestos por las ganancias generadas en la venta.
- Particulares que reinviertan el importe en una nueva vivienda. Si el vendedor reinvierte el importe que recibió por la venta en otra vivienda habitual en un plazo de dos años, la ganancia patrimonial quedará exenta de tributación.
- Particulares que hayan vendido varias viviendas. Si se vende una vivienda con ganancias y otra con pérdidas o se tienen acciones que generan pérdidas, se podrán compensar las pérdidas con las ganancias.









