Es decir, si en el contrato de arrendamiento no aparece una cláusula que indique de forma clara que en la vivienda se prohíbe la tenencia de animales, por defecto se pueden tener. Eso sí, es conveniente que las partes lleguen a un acuerdo, para evitar cualquier tipo de problema en el futuro.
¿Cómo conseguir que acepten mascotas al firmar el alquiler?
Es recomendable que, en caso de aceptar mascotas, se pacten los detalles al respecto. Así, por ejemplo, los inquilinos pueden comprometerse a contratar un seguro de hogar que se haga cargo de los posibles desperfectos que sus animales puedan ocasionar en el inmueble.
De esta manera, es más probable que los propietarios se queden más tranquilos y, en consecuencia, estén más abiertos a aceptar mascotas en sus respectivas viviendas, mientras que los inquilinos podrán seguir viviendo con sus mejores amigos peludos.
¿Cuándo me pueden echar de un alquiler por tener perro o gato?
Si como inquilinos convivimos con un perro o un gato y en el contrato aparece específicamente que no podemos hacerlo, estaremos incurriendo en un incumplimiento del contrato de alquiler y, en consecuencia, el propietario tendrá derecho a su resolución; es decir, a echarnos de la vivienda.
Además, la convivencia con el resto de vecinos tiene que ser respetuosa; es decir, debemos mantener el inmueble limpio, así como las zonas comunes de la comunidad de propietarios. También debemos evitar que nuestra mascota haga ruidos molestos en la vivienda.
Según el artículo 27 de la LAU, el propietario puede resolver el contrato «Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas». Por lo tanto, en caso de ladridos excesivos y recurrentes, daños materiales en las zonas comunes o agresividad, los vecinos podrían quejarse formalmente, lo que podría derivar en la resolución del contrato.
¿Y si el contrato de alquiler no menciona a las mascotas?
¿Sabías que, según un estudio de Fotocasa, 6 de cada 10 propietarios aceptaría inquilinos con perros o gatos, pero solo un 4% lo publica en el anuncio? En caso de que el contrato no contenga cláusulas sobre mascotas, no habrá problema si vamos a entrar a la vivienda con una mascota o si decidimos, durante el plazo que dure el alquiler, adoptar un perro o un gato.
Eso sí, antes de nada, será esencial revisar el contrato y, además, avisar al casero con antelación para que esté al corriente de que viviremos con una mascota en la vivienda.