¿Cuándo avisar a la comunidad de vecinos que vendes tu piso?

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Si estás pensando en vender tu casa de cara al año que viene seguro que te estarás haciendo una serie de preguntas al respecto, como en cuánto tiempo la venderás, qué precio puedes establecer por ella, o si es mejor contar con los servicios de una agencia inmobiliaria o no, entre otros.

Y es que son muchos los trámites que hay que llevar a cabo antes de vender una vivienda. Por ello, es habitual que otras cuestiones un tanto menos relevantes se nos pasen por alto, como por ejemplo, si tenemos que avisar a la comunidad de vecinos de que tenemos pensado vender nuestro piso.

Dado que vender un piso implica llevar a cabo muchos trámites, otras cuestiones menos relevantes suelen pasarse por alto, como avisar a la comunidad de vecinos

¿Te lo habías planteado alguna vez? Tanto si, como decimos, tienes pensado vender tu vivienda como si eres el presidente de la comunidad, te interesará saber si hay que avisar al resto de vecinos, cuándo y las posibles consecuencias de no hacerlo. Te lo contamos desde Fotocasa.

¿Es obligatorio avisar a la comunidad de vecinos sobre la venta de un piso?

La Ley de Propiedad Horizontal determina que es obligatorio avisar a la comunidad de vecinos que la que hasta ahora ha sido nuestra vivienda tiene un nuevo propietario.

Por ley, es obligatorio avisar a la comunidad de vecinos que la que hasta ahora ha sido nuestra vivienda tiene un nuevo propietario

Por lo tanto, por ley sí que debemos comunicar la venta a la comunidad de vecinos, una vez la hayamos formalizado; antes no estamos obligados a dar a conocer nuestra intención de vender el inmueble.

Y ¿por qué debemos hacerlo, si se trata de una decisión personal? Pues porque si hay deudas en la comunidad de propietarios que se originen después de la venta de la vivienda, es decir, a cargo de nuevo dueño, puede que nos toque responder por ellas si éste no lo hace, “de forma solidaria con el nuevo titular”, según la LPH.

De hecho, la LPH recoge que “Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste.”. Esto significa que si no se comunica la venta a la comunidad el anterior propietario está dispuesto a compartir los gastos con el nuevo.

Si no comunicamos la venta y el nuevo propietario genera deudas con la comunidad, puede que nos toque responder por ellas si éste no lo hace

Así pues, si no queremos tener que hacernos cargo de posibles deudas del nuevo propietario es imprescindible comunicar la compraventa al presidente de la comunidad o, en su defecto, al secretario o al administrador de fincas.

Deberemos hacerlo por escrito, ya sea por email, entregándolo en persona o, mejor aún, para que quede constancia de ello, a través de un burofax. En cualquier caso, es importante recibir una respuesta escrita por parte de la persona a quien se la entreguemos y, además, guardarnos una copia firmada del escrito.

Debemos comunicar la venta del presidente de la comunidad, al secretario o al administrador de fincas, mediante un escrito que deberán firmarnos

Es importante mencionar que, a pesar de que tanto el presidente de la comunidad o el secretario, como el administrador de fincas estén al corriente de la venta, es imprescindible presentar el escrito, para evitar cualquier tipo de problema.

Muchos propietarios creen que el documento que certifica que están al corriente de pago con la comunidad -que debe entregarse obligatoriamente en el momento de firmar la escritura de compraventa- es suficiente; sin embargo, no lo es.

Y es que aunque será el mismo presidente quien a priori nos entregue este documento, no servirá para lo mismo, ya que existe para fines distintos. El documento que nos dará para firmar la compraventa sólo certifica que estamos al corriente de pago con la comunidad, pero no que ha habido un cambio de titularidad.

No debemos confundir este escrito con el documento que se entrega al firmar la escritura de compraventa conforme estamos al corriente de pago

Por lo tanto, el certificado que entregaremos al presidente y que nos deberá firmar, nos servirá para confirmar que estamos al corriente de pago y que, además, ha habido un cambio de propietario; el que a partir de ahora deberá responder como tal a las obligaciones para con la comunidad. Asimismo, también servirá para notificar la venta al resto de los vecinos, que deben estar al tanto de ello.

En el documento sólo deberemos notificar la compraventa del inmueble y los datos principales del nuevo propietario.

En el documento sólo deberemos notificar la compraventa del inmueble y los datos principales del nuevo propietario

Cuando tengamos todos los documentos necesarios podremos publicar un anuncio gratis en Fotocasa para vender nuestra vivienda lo antes posible. Y, como hemos visto en este artículo, no debemos olvidarnos de avisar a la comunidad de propietarios una vez la hayamos vendido.

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