La resiliencia en la actividad de los agentes inmobiliarios

José Merino Tapia
José Merino Tapia Asesor jurídico del Consejo General de COAPI

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Resiliencia: ¿por qué aplicamos este concepto al sector inmobiliario?

La liberalización de la actividad profesional de intermediación en el ámbito inmobiliario producida en el año 2000 marcó el inicio de lo que hoy puede denominarse “resiliencia” en la actividad inmobiliaria, porque los valores de seguridad jurídica y garantías que ofrecía dicha actividad quedaron arrinconados en el remolino de la ola privatizadora de sectores económicos y actividades que irrumpió en los mercados desde la década de los noventa. Por el camino, lo que ha resultado es que se ha dejado a los consumidores indefensos o, si se quiere ser más benévolo, despojados de recursos para protegerse de las malas prácticas inmobiliarias que están al orden del día.

El año 2000 marcó el inicio de lo que hoy puede denominarse “resiliencia” en la actividad inmobiliaria

Los agentes inmobiliarios se han visto obligados a especializarse

Por tanto, con anterioridad a que se pusiera en boga el término “resiliencia”, los agentes inmobiliarios dedicados a la intermediación de compraventa y alquiler de bienes inmuebles aprendieron a buscar nuevas fórmulas para sobrevivir y a sobreponerse a todo un cúmulo de dificultades que iban apareciendo paulatinamente en el tráfico inmobiliario ante la ausencia de regulación. Ello les obligó a extremar la atención y la precaución en la prestación del asesoramiento, de tal forma que la especialización y la formación en las diferentes vertientes que rodean a cualquier operación -financieras, legales, administrativas- se convirtió en su baza para poder alcanzar la excelencia ante el consumidor. En definitiva, han sido capaces de afrontar una situación adversa, superarla y salir fortalecidos de la misma.

Las diferencias entre autonomías repercuten en consumidores y profesionales

El sistema constitucional de reparto de competencias entre el Estado y las autonomías es evidente que no ha ayudado a mejorar el escenario, pues la competencia de vivienda puede ser desarrollada con amplitud a través de las respectivas leyes autonómicas, acentuándose las diferencias entre zonas geográficas dentro del Estado.

De tal forma que, desde cualquier enfoque con que se analice la situación, la desprotección no sólo existe para el consumidor, sino incluso para el propio profesional. Es cierto que la iniciativa de aprobar registros de profesionales – unos de carácter voluntario y otros de carácter obligatorio – pretende paliar en algo todo este vacío, pero las propias diferencias existentes entre autonomías introducen más dudas que certidumbre en la práctica jurídica.

Actualmente existe desprotección en el sector inmobiliario, tanto para los consumidores como para los propios profesionales

Efecto del Covid-19 en la resiliencia inmobiliaria

Asimismo, el efecto de la pandemia provocado por el Covid-19 también afectó al mercado inmobiliario, como a muchos otros, habida cuenta de la magnitud del shock sobre la economía que produjo esa crisis sanitaria. La actividad descendió bruscamente en los primeros meses de la crisis, afectada por las restricciones adoptadas. Desde entonces, se ha recuperado lentamente y sigue muy influida por los desarrollos epidemiológicos y su impacto en las perspectivas económicas de los agentes que han requerido de nuevas habilidades para reposicionarse en un mercado cada vez más difícil, de ahí que el agente inmobiliario con un buen grado de resiliencia podrá convertirse en un profesional mucho más efectivo, logrando ser un activo capaz de enfrentarse a cualquier tipo de situación adversa, gestionarla e incluso transformarla en algo positivo.

Los agentes inmobiliarios han requerido de nuevas habilidades para reposicionarse en un mercado cada vez más difícil

Regulación de la intermediación inmobiliaria

Estos extremos, son precisamente las razones por las que se reclama una regulación de la actividad profesional de la intermediación inmobiliaria, que puede traducirse en la necesidad de que la Administración Pública, estatal y autonómica, preste atención para llenar las lagunas descritas. Uno de ellos sería la configuración de una normativa homogénea de consumo o de buenas prácticas del ámbito inmobiliario que tuviera un mayor arraigo de cumplimiento – incluyendo la mejora del régimen sancionador – que alcanzara no sólo al ámbito meramente comercial entre las partes, sino al sector bancario y financiero. Otra esfera relevante que está pendiente de cubrir es la propia regulación de la actividad profesional, unificando los aspectos positivos y relevantes como el aseguramiento, una formación reglada y la Deontología.

La Administración Pública, estatal y autonómica debería desarrollar una regulación de la actividad profesional de la intermediación inmobiliaria

Los objetivos para avanzar en todo ello son positivos, en cualquier caso. Primordial es el aumento de garantías de una mayor seguridad jurídica para los consumidores; seguidamente permitiría apostar por los propios profesionales y finalmente redundaría en un impulso de la actividad económica, porque en los ordenamientos jurídicos en los que existe certeza jurídica, aumenta la inversión o, al menos, de entrada, la facilita. Nunca dos materias competenciales, consumo y vivienda, estuvieron tan unidas y coincidentes en sus propósitos.

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