¿Puedo cancelar un contrato de alquiler antes de tiempo? ¿Me cuesta dinero?

Estos son los casos en los que se puede cancelar un contrato de alquiler, tanto siendo propietario como inquilino

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La duración habitual de un contrato de alquiler suele ser de un año, aunque puede prorrogarse por plazos anuales hasta alcanzar los cinco años, o los siete en caso de que el propietario sea una empresa (art. 9 de la LAU). Pero ¿qué pasa si una de las partes quiere cancelar el contrato antes de tiempo?

Desde Fotocasa, analizamos la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la que regula los alquileres habituales y establece cuáles son los supuestos en los que es posible cancelar un contrato antes del vencimiento.

¿Cuándo puede el inquilino cancelar un contrato de alquiler antes de tiempo?

Empezamos por el inquilino: ¿cuándo puede cancelar el contrato de alquiler antes de finalizar el plazo? Estas son las situaciones en las que es posible rescindir el contrato:

  • Han transcurrido los seis primeros meses. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), «El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días».
  • El propietario ha incumplido las cláusulas del contrato de alquiler. En ese caso, el inquilino puede solicitar que finalice la relación contractual antes de tiempo como consecuencia del incumplimiento del acuerdo. Por ejemplo, cuando el propietario no realice las reparaciones y obras necesarias para garantizar el bienestar del inquilino. El propietario debe hacerse cargo de las mejoras y acciones de mantenimiento obligatorias por ley para mantener la habitabilidad de la vivienda (art. 21 de la LAU).
El inquilino podrá desistir del contrato sin indemnización una vez hayan transcurrido los seis meses, avisando con 30 días de antelación

En cualquier caso, para evitar problemas siempre es recomendable que el inquilino comunique la finalización del contrato de alquiler al propietario de forma fehaciente. Es decir, que utilice medios como el burofax, para que quede constancia documental de que ha cumplido el plazo mínimo establecido y desea abandonar la vivienda.

¿Cuándo puede el propietario cancelar el contrato de alquiler antes de tiempo?

El propietario también puede tener motivos para querer rescindir el contrato de alquiler antes del plazo previsto. En este caso, encontramos muchas más casuísticas legales por las que se puede romper el acuerdo:

  • Si el inquilino no paga la renta.
  • Si se produce un subarriendo o cesión no consentida de la vivienda.
  • Si el inquilino lleva a cabo obras no consentidas u ocasiona daños intencionados en el inmueble.
  • Si el propietario tiene constancia de que en la vivienda se realizan actividades molestas, insalubres, ilícitas o peligrosas.
  • Cuando el inquilino deja de utilizar el inmueble como vivienda habitual.
  • Cuando el propietario quiere recuperar la vivienda como residencia habitual para él o para algún familiar de primer grado de consanguinidad, padre o hijos. En este caso, el arrendador estará obligado a preavisar al inquilino con dos meses de antelación y justificar dicha necesidad.

Además, la LAU contempla otro escenario en el que se puede romper el contrato de alquiler: siempre que se produzca la pérdida de la vivienda alquilada por causa no imputable al arrendador, como, por ejemplo, la declaración del inmueble en ruina por parte de la autoridad competente.

¿Se devuelve la fianza cuando el inquilino cancela el contrato?

En el contrato viene estipulada la fecha de inicio del alquiler, así como la fecha de finalización del acuerdo. Como hemos visto, el inquilino podrá abandonar la vivienda antes de tiempo en algunos casos, pero debemos diferenciar dos supuestos:

  • Si lo hace antes de los primeros seis meses (incumplimiento del contrato).
  • Si lo hace después del primer semestre (desistimiento del contrato).

Si el inquilino cancela el contrato de alquiler antes de los 6 meses

Antes de los seis meses no existe derecho legal a desistir. Si el inquilino abandona la vivienda, estaría incumpliendo el contrato y el casero podría reclamar las rentas pendientes hasta cumplir los seis meses.

Por lo tanto, cuando se produzca un incumplimiento del contrato por parte del inquilino, el propietario de la vivienda podría retener la fianza como parte de la indemnización. 

Antes de los seis meses, si el inquilino abandona la vivienda, estaría incumpliendo el contrato

Si el inquilino cancela el contrato de alquiler pasados los seis meses

Si han transcurrido seis meses desde la firma del contrato, el inquilino podrá cancelar el contrato avisando con 30 días de antelación.

Si no hay una cláusula en el contrato que establezca una indemnización para el propietario por cancelación del acuerdo (aunque se hayan cumplido los seis meses de rigor), el arrendador deberá devolver la fianza al inquilino, siempre que no haya daños en el inmueble.

¿Y cuánto tendrá que pagar el inquilino si se ha pactado por escrito una indemnización en caso de desistimiento del contrato? En este caso, la LAU establece que la indemnización será de una mensualidad de la renta por cada año de contrato que reste por cumplirse.

En definitiva, la mejor opción antes de firmar un contrato de alquiler es revisar de forma exhaustiva el documento. Tanto el propietario como el inquilino deben comprobar cuáles serán sus obligaciones durante el tiempo que dure el alquiler y si el acuerdo escrito refleja todo lo pactado verbalmente para evitar problemas en el futuro.

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Daniel
2 años

Un supuesto,
Si hay dos inquilinos que figuran en el contrato y pasado 1 año, uno de los dos decide salirse del contrato, entiendo que puede hacerlo notificando correctamente y sin coste, es así?

Lector
1 año

En el párrafo «Si el inquilino cancela el contrato de alquiler antes de tiempo» .En la segunda frase dice…

» Pero, si no hay nada pactado, el arrendador estará incurriendo en un incumplimiento del contrato y deberá indemnizar al arrendador con la cantidad que ambos acuerden…

no debería decir:

«…Pero, si no hay nada pactado, el INQUILINO estará incurriendo … » ?

Lilian
1 año

Puede el propietario echarme antes de finalizar el contrato?

Asesor
1 año
Responder a  Lilian

Nunca, a no ser que vaya a necesitar la vivienda ppara vivir él, y si no la ocupa en 3 meses, le denuncias y ganas.

Patricia
1 año
Responder a  Asesor

Y si la quiere vender porque se ha divorciado el matrimonio, que periodo tenemos para dejar la vivienda? Y tenemos que dejar visitas de la inmobiliaria con clientes?

Luz
1 año

tengo un contrato de alquiler que inicio el 15/12/23 y yo como propietario necesito la vivienda para uso propio y de un familiar , cuando tengo que enviarles el burofax , en que fecha?

Jose
1 año

Buenas tardes firme un contrsto de 6 meses el 25/6/24 estamos a 20,7/24 me ha salido una vivienda en otro pueblo que me va mejor por tena de médicos, tengo penalizacion? Me cobro 2 meses de deposito
Un sa ludo jose

Samuel
11 meses
Responder a  Jose

Tuviste alguna respuesta? Estoy en una situación similar. Firmé por 5 meses y en el segundo mes tengo un piso mejor para coger y quiero irme…

Alexandre
1 año

Hola, en mi contrato pone que entro el dia 1 de septiembre, estando todavía a 1 mes de que empece el contrato puedo desistir de el aunque ya este firmado? Me pueden devolver la fianza?

angel
1 año

si han pagado la fianza como reserva del piso pero al final no llegan a firmar el contrato, ¿debo devolver la fianza/reserva?

Ceci
1 año

ceci hola una pregunta tengo un contrato de 2 con mi inquilino y quiero mudarme por mi mejoría,y el me dice que si lo ago ante de tiempo tengo que dole un año de renta es legar gracias espero su respuesta.

Santi
1 año

Hola, una pregunta: tengo un contrato de alquiler cómo inquilino. Resulta que en el mismo rellano hay una persona con muchos animales sin limpiar. El olor es insoportable.
Los vecinos llevan años intentando solucionar el tema sin éxito.
Puedo rescindir el contrato antes de los 6 meses? Cuándo he firmado la propriedad no me dijo absolutamente nada.
Gracias

Paloma
1 año

Quiero saber si puedo dejar un piso a mediados de mes. Por supuesto con el preaviso correspondiente y habiendo pasado más de seis meses.

Javier
1 año

Tengo un contrato de alquiler de un año pero ya llevo tres en la vivienda tengo que pagar alguna penalidad y avisé al propietario hace tres meses que me voy

Berta
1 año

Si es el propietario el que requiere la vivienda por necesidad, también hay que dejar pasar 6 meses desde la firma? Habría que pagar alguna indemnización al inquilino? Con cuanto tiempo habría que avisarlo?

Lyliana
1 año

Hola mi consulta es : Por razones de trabajo tengo que vivir en otra localidad ? Hace 6 años que vivo allí el último contrato fue firmado hace 8 meses se puede cancelar el contrato?

María Pérez Ayala
1 año

Si un inquilino tiene contrato de 1 año (prorrogable) y avisa del desestimiento con 7 días de antelación. ¿debería pagar la siguiente mensualidad? ¿se le podría retener la fianza? (es el mismo importe)

AINHOA
9 meses

TENGO CONTRATO DE ALQUILER DESDE HACE 9 AÑOS, RENOVAMOS CONDICIONES EL PASADO OCTUBRE CON UNA PRORROGA DE 4 AÑOS, HOY EL PROPIETARIO ME COMUNICA QUE QUIERE VENDER LA VIVIENDA, Y SOSPECHO QUE ES MENTIRA, SOY MADRE DIVORCIADA DE FAMILIA NUMEROSA. QUE DERECHOS TENGO?, PUEDE HACERLO? ME TIENE QUE INDEMNIZAR POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO?

Conce
7 meses

Buenos dias.He firmado un contrato de arrendamiento en el que dice que el primer año es de obligado cumplimiento. Ahora veo, que la obligatoriedad «legal»es de 6 meses avisando con un mes de antelacion. Me gustaria me lo aclararan.Muchas gracias por su ayuda