El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) grava la propiedad en España. Se trata de un tributo municipal que todos los propietarios de inmuebles, locales y plazas de parking deben abonar cada año. Los ayuntamientos de los municipios son los responsables de cobrar este impuesto anual, que puede ser pagado de forma total o a plazos.
Este impuesto se calcula sobre el valor catastral del inmueble, aplicándole un porcentaje que suele rondar entre el 0,4% y el 1,3% y que varía según el ayuntamiento. Pero ¿qué ocurre si dejas de ser el propietario de la vivienda a mitad de año?, ¿tienes que pagar el impuesto en su totalidad? Esta es una pregunta que muchos vendedores se hacen, y es que el impuesto no es precisamente bajo.
En este artículo, te contamos quién debería pagar el IBI en caso de que la vivienda se vendiera a mitad de año y quién sería el responsable de abonar este gasto: ¿vendedor o comprador?
¿Quién paga el IBI en una compraventa?
El IBI grava la propiedad y el derecho de uso de las viviendas, por lo que le corresponde pagarlo al titular del inmueble. El impuesto entra en vigor el primero de enero de cada año, por lo tanto, el responsable de abonarlo siempre será quien, a día 1 de enero figure como propietario de la vivienda.






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