Las derramas son gastos extraordinarios que suelen estar dirigidos al mantenimiento o reparación de la escalera, la aparición de goteras, la rotura del ascensor o la renovación de la fachada por necesidades tanto estéticas como de seguridad. Las derramas, en muchas ocasiones, son de carácter imprevisible, ya que suelen ser necesarias cuando menos te lo esperas.
Pero ¿quién debe abonarlas en una compra de vivienda? Para saberlo, se debe preguntar al propietario, al administrador de fincas o al presidente de la comunidad si la propiedad está pagando una derrama actualmente. Desde Fotocasa, te traemos todas las respuestas a las preguntas habituales sobre si se puede vender piso con derrama pendiente.
¿Se puede vender una casa con derrama pendiente?
Esta es una pregunta que se hacen muchos vendedores. Sí, es posible vender un piso con una derrama extraordinaria ya aprobada o pendiente de aprobación, pero hay que tener en cuenta algunos aspectos.
En primer lugar, el vendedor deberá poner de manifiesto que existe una derrama prevista o aprobada en la comunidad, así como informar de las cuotas abonadas si las hubiera o las que habría que abonar en caso de que se trate de una derrama extraordinaria prevista no ejecutada.











buenas tardes.Al vender un piso le deje un deposito al comprador para que pagase una derrama que tenia pendiente de aprobar dicho piso. ¿ Ese deposito lo puedo desgravar como gasto deducible en la venta del piso ??
El notario manifiesta en la escritura lo siguiente:
«La parte transmitente manifiesta no adeudar cantidad alguna por gastos generales de la comunidad de propietarios a que pertenece la finca objeto de esta escritura con el certificado expedido por D. xxxxxxxxx secretario/administrador de la Comunidad de Propietarios en que se encuentra la finca transmitida que me entrega y dejo incorporado a la presente»
En el citado certificado, al final y en letra MUY PEQUEÑA dice:
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: El Administrador informa que según acuerdo de la Junta de fecha 13-8-2020 a esta propiedad le corresponde una cuota extraordinaria mensual de 19,73 € hasta enero del 2025 correspondiente a la amortización de préstamo de obras de rehabilitación.
La pregunta es quien es el sujeto obligado, el comprador ha sido ignorante, durante la compran y el notario es el que dice que esta al corriente de pago.
Según el articulo de fotocasa, hasta la fecha de compra-venta será el vendedor quien pagará esa cuota extraordinaria y después será el nuevo propietario
Buenas tardes.
Compré un garaje y después de escriturar me enteré que estaban pagando una derrama para reparación de fachada. El vendedor no me informó de ello. ¿Estoy obligado a pagar? ¿Puedo reclamar judicialmente?.
Gracias
Tengo la casa en venta nos pasaron un presupuesto de 125pg por un arquitecto que pasó el administrador con el acuerdo del presidente de la comunidad de 3999e sin comunicarnos si estábamos de acuerdo en hacerlo con él para pasa ITE en al año 2026
El lunes 22tenemos reunión
Me puedo negar a pagar el presupuesto ya que no tenía información sobre el mismo
Gracias
Según tengo entendido, el administrador certifica que está al día en cuotas comunitarias, pero no si hay derramas pendientes o aprobadas. Creo que deberían hacer constar ese dato en el certificado
Buenas tardes, compre un piso que, ni la vendedora ni la administración de fincas, me comunico los problemas que habían en la comunidad.
Son los siguientes:
Hace años se reparo la fachada, escepto la parte del ático porque la propietaria debía dinero y decidieron no reparar esa zona.
Esta persona está demandada sin resultados de resolución.
La ITE ha dado plazo hasta el 2025 para que se repare la zona que en su día no se hizo porque entra agua en el interior de su piso.
Somos muy pocos vecinos y el gasto es grande.
Tengo la obligación de hacerme cargo de la derrama, de la cual me siento engañada?
Tengo que demandar a la antigua propietaria que omitió este problema?
Es injusto que en aquel momento decidieran no arreglar la parte de la fachada, que estaba en curso que la ITE diera un plazo, y yo que no vivía en el bloque, con lo cual, no tome ninguna decisión al respecto, y ahora me veo involucrada en un gasto que no me corresponde.
Gracias
Les expongo mi caso.
Unos meses antes de vender mi vivienda, la comunidad de propietarios aprobó en junta, realizar la rehabilitación de la cubierta del edificio de viviendas, pero todavia no se habían solicitado presupuestos a los diferentes gremios, por lo que se desconocía el importe al que ascenderian los gastos a pagar por dichas obras.
Así las cosas, a la hora de la venta de la vivienda acordé con el comprador que los gastos derivados de las obras de rehabilitacion de la cubierta correrian de mi cuenta, y asi lo indicó el notario en la escritura de compraventa.
Después de más de un año, la comunidad ya ha aprobado el presupuesto de la obra pero todavía no han iniciado las obras porque hay un vecino que no quiere pagar.
Por lo que, la comunidad de propietarios ha decidido que antes del inicio de las obras, recaudar el 50% del importe total del presupuesto apribado, solicitanto el importe de dicha derrama de acuerdo a la cuota de participacion de cada vivienda en el edificio.
Y la administradora de la comunidad me está solicitando que proceda a ingresar en la cuenta bancaria mancomunidad de la comunidad de propietarios, la derrama correspondiente a la vivienda que vendí.
Y tengo estas preguntas:
1° ¿A quién debo de pagar los gastos de las obras, a la compradora de la vivienda o a la comunidad de propietarios?
3° ¿Debo de pagar ahora el importe que me solicitan aunque las obras todavia no han comenzado y no tengo la seguridad de que las vayan a realizar en breve plazo?
4° ¿Puedo no pagar ningún importe hasta que se inicien las obras y exigir que previamente me presenten justificante del gasto acreditándolo con las correspondientes facturas?
Agradeceria si puedieran indicarme y aconsejarme de como debo de procerder?
Muchas gracias.
Buenas tardes.
Tenemos un bajo que ya está prácticamente vendido. El caso es que hace unos meses se empezó a buscar presupuestos para el arreglo de la fachada y la cubierta. Bueno, empezar se empezó hace tres años. Pero ninguno de esos presupuestos que se han presentado a la comunidad se ha aceptado hasta ahora en junta. Los propietarios de las viviendas están poniendo cada mes una cantidad para hacer frente al gasto final. En nuestro caso, preferimos pagar de una vez.
En esta situación, le hemos pedido al presidente de la comunidad que formalice escrito conforme a que no tenemos deudas con la comunidad y su contestación ha sido que la obra la tenemos que pagar en el porcentaje que nos corresponde. Porque el que se hayan presentado esos presupuestos (recuerdo que ninguno aceptado), es según la presidenta de la comunidad «un compromiso aceptado» y nosotros no estamos de acuerdo.
Si alguien pudiera echarnos un poco de luz, lo agradecería.
Un saludo.
Si en el contrato de arras se manifiesta que el comprador se hará cargo de la derrama aprobada,se entiende que el vendedor se exime de abonar nada