Con 586.913 operaciones firmadas, el pasado 2023 se convirtió en el segundo mejor año tras el boom del 2007. Y, de todas estas transacciones realizadas en el ejercicio anterior, tanto compradores como vendedores se ven obligados a abonar impuestos.
Por un lado, quien adquiere el inmueble debe abonar los gastos que conlleva la compraventa (ITP, Registro, gastos de hipoteca…) y, por otro, quien vende, debe pagar impuestos tras firmar la operación (IRPF, Plusvalía..).
En el artículo de hoy, desde Fotocasa, nos centramos en los tributos que deben pagar los vendedores de vivienda: ¿cuáles son?, ¿cómo se calculan?, ¿en qué momento se pagan tras la venta? ¡Atento!
¿Qué impuestos paga el vendedor tras una venta de vivienda?
Tres son los impuestos, tanto estatales como municipales, que debe pagar el vendedor al finalizar una operación de compraventa de vivienda:
- IRPF por la ganancia patrimonial. Se debe abonar en la Declaración de la Renta del año siguiente a la venta.
- Plusvalía municipal (IIVTNU). Se debe pagar en un plazo de 30 días tras firmar la compraventa.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Quien a día 1 de enero es el propietario de la vivienda es quien se hace cargo del impuesto. En muchas ocasiones, vendedor y comprador llegan a un acuerdo para repartirse el gasto.



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Muy buen artículo y muy claro
Si vendo mi vivienda y no obtengo beneficios