El Tribunal Constitucional ha anulado una parte de la ley catalana de alquileres, en específico la limitación del precio de los alquileres, por entender que las bases de contratación es una competencia del Estado y no de la Comunidad Autónoma. Las sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional van confirmando los defectos y la inadecuación de la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, que introdujo la limitación en el mercado de las rentas.
Este fallo supone una liberación para los propietarios obligados a rebajar el precio de sus alquileres acorde al índice de precios establecido en las zonas tensionadas. De esta forma se devuelve la libertad al mercado, levantando las medidas coactivas y no voluntarias impuestas a los arrendadores.
Sin embargo, la aplicación de la norma durante año y medio ha tenido efectos en el mercado catalán. Desde entonces, la oferta de vivienda en alquiler en ciudades limitadas como Barcelona se ha reducido en más de un 20%. La consecuencia más directa de su estancia en vigor ha sido la retirada de parte de la vivienda en alquiler del mercado, al considerar -el propietario-, que la obligación de alquilar por debajo del precio de mercado no le compensaba. Esta contracción de la oferta ocasiona que los colectivos más vulnerables se encuentren con más dificultades a la hora de poder acceder a una vivienda, ya que la oferta es mucho más escasa.





