¿Me pueden subir el precio del alquiler dos veces en un año?

Descubre si en un mismo año pueden subirte el precio del alquiler más de una vez y cuál es la subida máxima

Fotocasa
Fotocasa Actualidad y cultura inmobiliaria

Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 6

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Muchos temen a la subida del precio del alquiler y dudan de cuánto, cuando y cómo puede ser dicho aumento en el precio de su renta. Desde la aprobación de la nueva ley de vivienda, se aplican cambios respecto a las actualizaciones del precio del alquiler, quedando, por lo general, desvinculadas del IPC.

Sin embargo, ¿es posible que nuestro casero nos la suba más de una vez en un año?, ¿se puede solicitar una bajada en la renta si no podemos pagar?, ¿puede subir el precio del alquiler de varios años de golpe? ¡Resolvemos todas estas dudas a continuación!

¿Pueden subir el precio del alquiler dos veces en el mismo año?

Por un lado, la renta de un alquiler se actualiza de forma anual, y esta actualización no podrá superar el 3%, según la nueva Ley por el derecho a la vivienda, que indica que se limita al 3% en «los contratos de arrendamiento de vivienda en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024».

En adelante, el INE definirá «antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia».

Esto por un lado. En segundo lugar, el propietario también tiene derecho a actualizar el precio de la renta del alquiler si el contrato ha llegado a su fin, lo que se conoce como renovación de contrato de alquiler. Pasados los cinco años desde la formalización del contrato, si se va a firmar un nuevo contrato, el arrendador puede subir libremente el precio de la renta si así lo considera.

Por lo tanto, el casero solo podrá subirte el precio del alquiler si se cumple la anualidad o si hay que renovar el contrato. Estas dos situaciones nunca coexistirán, por lo que no es posible que el propietario de un inmueble de alquiler pueda subir el precio más de una vez al año.

No es posible que el propietario de un inmueble de alquiler pueda subir el precio más de una vez al año

Por lo tanto, recordamos cuáles son las únicas situaciones en las que pueden darse subidas en el precio del alquiler:

  • Cuando el casero actualice anualmente el precio de la vivienda si así lo estipula en el contrato.
  • Cuando, tras finalizar el contrato vigente, el arrendador formaliza un nuevo contrato aplicando una subida en el precio.

¿Cuánto puede subirme la renta del alquiler?

Según lo estipulado en la nueva ley de vivienda, este 2024 el propietario de un piso de alquiler solo podrá subir hasta un 3% el precio del alquiler. Y ¿cómo se actualizarán las rentas en 2025? El próximo año, desde el INE crearán un índice de referencia que servirá para este cometido, con el objetivo de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de alquiler.

Cada vez que el contrato haya llegado a la anualidad, se aplicará el índice de referencia sobre el precio actual de la renta. Eso sí, el contrato que hemos firmado deberá contener una cláusula en la que se especifique que la renta del piso subirá en función del IPC. Si no existe esta cláusula, no podrá aplicarse la revisión anual en el precio.

En 2024, la renta solo podrá subir hasta un 3%. El próximo año, el INE creará un nuevo índice de referencia

¿Cómo se aplica la actualización del precio? Veámoslo con un ejemplo: pagamos una renta de 1.000 euros, por lo que al revisarse el precio y actualizarse este año al 3%, esta subiría 30 euros, con lo cual, pasaríamos a abonar 1.030 euros mensuales por el alquiler.

¿Puedo negociar una bajada del alquiler en cualquier momento?

Sí, es posible. Es legal negociar el importe del alquiler a la baja, aunque se recomienda que se documente por escrito mediante un anexo al contrato si llegáis a un acuerdo, con el fin de que no puedan reclamarte nada. Este documento, además, podrá servirte para justificar ante la Agencia Tributaria la diferencia entre lo que figura en el contrato y lo declarado fiscalmente.

¿Pueden subirme el precio de la renta varios años de golpe?

El propietario de una vivienda en alquiler no puede subir el precio de la renta más de una vez al año, sin embargo, lo que sí puede ocurrir es que suba la renta de varios años de golpe. Según el artículo 1963 del Código Civil «Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan».

Por lo tanto, la ley sí permite la subida del IPC acumulado de los últimos cinco años, pero nunca de forma retroactiva: se puede incrementar el precio de la renta según el IPC acumulado de hasta cinco años, pero el casero no tiene derecho a reclamarle al inquilino las subidas de los años en los que no se ha aplicado el incremento.

En Fotocasa, contamos con un excelente equipo de profesionales dedicados a crear contenido relevante para nuestros lectores. Si te ha gustado este artículo, estaremos encantados de que lo publiques en tu web. En tal caso, no olvides que debes mencionar a Fotocasa como la fuente original del contenido. Muchas gracias por tu apoyo

Integridad editorial de Fotocasa Life

2 Comentarios
Más antiguo
El mas nuevo
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Alberto
1 año

Todo para el casero, pero nunca hay un IPC de bajada que eso nunca han hecho ni caso, hay gente con ayudas y en mala situación económica eso no lo miran, los alquileres suben y las ayudas bajas cobrando 900€ quien paga esos precios de alquiler, un abuso, y los demás desprojetidos.

Antonio Mario Silva Silva
1 año

Hola, me gustaría saber si mi casero me puede subir 90 euros de golpe con el nuevo contrato, ya que el primero ya caducó? Llevo 12 años en una habitación y pago 220 euros, al mes, ahora me han hecho un nuevo contrato, y me exige 300 euros al mes, o sea 90 más. Puede hacer eso, yo solo cobro 500 euros por invalidez permanente. Gracias.